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Documento BOE-A-2006-15990

Resolución de 1 de agosto de 2006, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se publica el Protocolo por el que se prorroga para el año 2006 el Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 13 de septiembre de 2006, páginas 32367 a 32368 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-15990

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo por el que se prorroga para el año 2006 el Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 1 de agosto de 2006.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Francisco González de Lena Álvarez.

ANEXO Protocolo por el que se prorroga para el año 2006 el Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo

En Madrid, a 24 de junio de 2006.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, la Excma. Sra. Doña Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid, nombrada por Real Decreto 1427/2003, de 20 de noviembre, y en virtud de las competencias que le otorgan el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, La Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y la Ley 8/1998, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen con plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado (en adelante Protocolo de Prórroga) y

EXPONEN

Primero: Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid, suscribieron en fecha 4 de octubre de 2005 un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo de los mismos.

Segundo: Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismo términos establecidos y acompañado de los correspondientes Anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio. Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de Prórroga del Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio de colaboración: En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2006 y su correspondiente ejercicio económico al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda. Contenido y programa de actuaciones a desarrollar: Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga han de ajustarse a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2006», examinado en la reunión del día 17 de febrero de 2006 del Consejo Superior de Política de Inmigración, que se incorpora como Anexo 1 al presente Protocolo de Prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes y líneas de intervención que en dicho documento se señalan. Los ejes de actuación son los referidos a: acogida, educación, empleo, vivienda, servicios sociales, salud, infancia y juventud, igualdad de trato, mujer, participación, sensibilización y codesarrollo. Las actuaciones a desarrollar por la Comunidad de Madrid en el presente ejercicio se recogerán en el Plan de Acción 2006, aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por la Comunidad Autónoma, con anterioridad a la firma del Protocolo de Prórroga, y que se adjunta como Anexo 2. Entre las actuaciones que cada Comunidad Autónoma recoja en el mencionado Plan de Acción 2006, se incluirá el Programa de Acogida para aquellos inmigrantes en situación de especial vulnerabilidad que desde Canarias, Ceuta y Melilla son trasladados a la Península. La aprobación del Plan de Acción 2006 se formalizará por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, y la Dirección General de Inmigración de la Consejería de Inmigración de la Comunidad de Madrid que se adjunta al presente Protocolo. Tercera. Coste del programa y aportaciones de las partes: El coste total de las actuaciones objeto del presente Protocolo de Prórroga es de cincuenta y ocho millones setecientos noventa y nueve mil ochocientos cuarenta y un euros (58.799.841,00 €). Dicho coste se cofinaciará entre ambas partes y se distribuirá de la siguiente manera:

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2006, aporta como participación a la financiación de este Protocolo de Prórroga, la cantidad de cuarenta millones doscientos dieciocho mil seiscientos cuarenta y seis euros (40.218.646,00 €), consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231B.45500

La Comunidad de Madrid con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2006, aporta la cantidad de dieciocho millones quinientos ochenta y un mil ciento noventa y cinco euros (18.581.195,00.-€), procedente de las partidas presupuestarias que se indican a continuación, en razón del Plan de Acción aprobado:

25410 del programa 981.

22740 del programa 981. 48090 del programa 981. 28010 del programa 980. 22300 del programa 503. 22810 del programa 507. 26090 del programa 507. 29000 de los programas 503, 504, 505 y 507. 29100 del programa 503. 46200 y 48200 del programa 507. 48390 del programa 504 y 507. 48510 del programa 504. 48520 del programa 504. 48570 del programa 505. 48250 del programa 503.

Cuarta. Obligaciones de las partes: La Comunidad de Madrid se compromete a destinar la cantidad de veintiún millones ciento sesenta y cuatro mil setecientos ochenta y dos euros (21.164.782,00.-€) de la aportación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a actuaciones encuadradas en las medidas prioritarias del eje de educación y la cantidad de diecinueve millones cincuenta y tres mil ochocientos sesenta y cuatro euros (19.053.864,00.-€) a las medidas para el desarrollo de los otros ejes enunciados en el Plan de Acción 2006 del presente Protocolo de Prórroga.

Igualmente la Comunidad de Madrid se compromete a derivar a las entidades locales de su territorio con una mayor presión migratoria, como mínimo el 40% de la asignación atribuida con cargo a la aportación que realiza el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se compromete a prestar la colaboración del Departamento para la realización de las actuaciones acordadas y principalmente, aquellas referidas al seguimiento y evaluación de las actuaciones comprometidas en la ejecución de este Protocolo de Prórroga. Quinta. Vinculación con el Convenio: En lo no dispuesto expresamente en este protocolo de prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo de Prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: María Consuelo Rumí Ibáñez, Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración (P.D. Orden Comunicada de 7 de junio de 2006). Por la Comunidad Autónoma de Madrid: Lucía Figar de Lacalle, Consejera de Inmigración (P.D. Decreto 5/2006, de 23 de junio).

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