Visto el expediente de indulto de doña Lidia Esther Alcolea Rodríguez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial de Las Palmas, sección primera, en sentencia de 28 de noviembre de 2003, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.500 euros, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de julio de 2006,
Vengo en conmutar a doña Lidia Esther Alcolea Rodríguez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 14 de julio de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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