Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-12423

Orden EHA/2207/2006, de 14 de junio, de autorización de la escisión parcial relativa a la rama de actividad aseguradora de las entidades La Equitativa de Madrid, Compañía de Seguros, S. A., e Instituto Español y Europeo de Seguros, S. A., para su traspaso en bloque a la entidad Seguros Cataluña, Compañía de Seguros, S. A., y cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de las entidades La Equitativa de Madrid, Compañía de Seguros, S. A., e Instituto Español y Europeo de Segu-ros, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 10 de julio de 2006, páginas 25865 a 25865 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2006-12423

TEXTO ORIGINAL

Las entidades La Equitativa de Madrid, Compañía de Seguros, S. A.; Instituto Español y Europeo de Seguros, S. A., y Seguros Cataluña, Compañía de Seguros, S. A., presentaron ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la escisión parcial relativa a la rama de actividad aseguradora de las entidades La Equitativa de Madrid, Compañía de Seguros, S. A., e Instituto Español y Europeo de Seguros, S. A., y su traspaso en bloque a la entidad Seguros Cataluña, Compañía de Seguros, S. A. De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y 73 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, para llevar a cabo la escisión. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Primero.-Autorizar la escisión parcial relativa a la rama de actividad aseguradora de las entidades La Equitativa de Madrid, Compañía de Seguros, S. A., e Instituto Español y Europeo de Seguros, S. A., y su traspaso en bloque a la entidad Seguros Cataluña, Compañía de Seguros, S. A.

Dicha autorización quedará sin efecto si la entidad Seguros Cataluña, no amplía su capital social hasta alcanzar los importes mínimos establecidos en el artículo 13.1.b) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. Segundo.-Acordar la cancelación del Registro administrativo de entidades aseguradoras de las entidades la Equitativa de Madrid, Compañía de Seguros, S. A., e Instituto Español y Europeo de Seguros, S. A., una vez se acredite el cambio de objeto social de las mismas.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 14 de junio de 2006.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid