Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-12367

Resolución de 22 de junio de 2006, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de encomienda de gestión a la Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2006, páginas 25827 a 25829 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2006-12367

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Administraciones Públicas y la Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S.A. han suscrito, con fecha 12 de junio de 2006, un acuerdo por el que se encomienda a este último los servicios de apoyo a la comunicación y promoción de las repercusiones de la XXXII Copa del América e inversiones públicas realizadas.

Para general conocimiento, en virtud de lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone su publicación como anexo de la presente Resolución.

Madrid, 22 de junio de 2006.-La Subsecretaria de Administraciones Públicas, María Dolores Carrión Martín.

ANEXO Acuerdo de Encomienda de Gestión entre el Ministerio de Administraciones Públicas y Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S. A. para dar servicios de apoyo a la comunicación y promoción de las repercusiones de la XXXII Copa de América e inversiones públicas realizadas

Madrid, 12 de junio de 2006.-El Ministro de Administraciones Públicas. De una parte el Sr. D. Jordi Sevilla Segura, Ministro de Administraciones Públicas nombrado por R/D 558/2004 de 17 de abril, BOE 18 de abril, y en virtud de la competencia que le asigna el artículo 13.3 de la Ley 6 de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, BOE de 15 de abril de 1997, con domicilio a efectos de esta Encomienda en Madrid, calle P.º de la Castellana, 3, 1.ª planta.

De otra parte D. Carlos Abella Picazo, en nombre y representación de Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S.A. (SEGITUR), constituida en escritura pública otorgada ante el Notario de Madrid D. Enrique Martín Iglesias el 12 de noviembre de 1997, con el n.º 4135 de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el tomo 16.665, libro 0, folio 129, sección 8, hoja M-2013078, inscripción 1, con CIF A81874984 y domicilio en Madrid, Calle José Lázaro Galdiano 4, en su calidad de Presidente de la citada Sociedad, cargo para el que fue nombrado por el Consejo de Administración, en su sesión de 8 de septiembre de 2004, actuando en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas tal cargo por Acuerdo del Consejo de Administración del 24 de abril de 2006. Reconociéndose ambas partes recíprocamente, la competencia y capacidad legalmente necesarias para formalizar el presente Acuerdo, y quedar obligadas en los términos convenidos en el mismo, en la representación en que respectivamente intervienen, acuerdan la formalización del presente Acuerdo entre el Ministerio de Administraciones Públicas y SEGITUR, y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. El Gobierno considera prioritario el apoyo a la celebración de la regata Copa del América en la ciudad de Valencia en el año 2007, como pone de manifiesto las medidas normativas y de impulso institucional adoptadas. Al igual que en otros grandes acontecimientos que han tenido lugar en España ha sido necesario adoptar medidas precisas para asegurar la difusión y apoyo que el acontecimiento requiere, así como la promoción de la ciudad y España como país en el que tiene lugar. Como consecuencia de ello por el Real Decreto 1227/2005, de 13 de octubre, se crea el Comisionado del Gobierno para la celebración de la XXXII Copa del América, bajo la dependencia del Ministro de Administraciones Públicas, recogiendo entre sus funciones las de coordinación en los aspectos relacionados con la promoción nacional e internacional del evento.

II Como consecuencia de este acontecimiento se han realizado ya y seguirán realizándose importantes inversiones de las diversas Administraciones Públicas, y de forma muy destacada por la Administración General del Estado. Por ello también es necesario dar a conocer el alcance de aquellas inversiones, su finalidad y sus repercusiones futuras muy especialmente en los ámbitos turísticos y económicos. Se trata en consecuencia de promocionar la imagen de Valencia y España como organizadores de grandes eventos y manifestaciones deportivas, incluyendo las de mayor complejidad, audiencia y prestigio, las repercusiones que tiene el evento, y el alcance de las inversiones realizadas y su proyección futura en los ámbitos ya citados. III. Para articular de forma ágil y operativa los proyectos de promoción turística y económica a través de las nuevas tecnologías y para impulsar la competitividad española, cuya ejecución e impulso corresponde a la Secretaría General de Turismo, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de septiembre de 2002, se autorizó la adaptación de una sociedad estatal preexistente, actualmente Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S.A., para que pudiera erigirse en un instrumento de gestión y desarrollo del mismo, incluyéndose en su objeto social, entre otras, la realización de cuantas actividades tengan como objetivo la promoción turística y el apoyo a la comercialización de los productos y servicios turísticos mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información. IV. Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S.A. (SEGITUR) tiene asimismo por objeto social, según dispone el art. 2 de sus Estatutos Sociales, la recopilación, tratamiento y difusión de información con relevancia para la promoción del turismo o de otras actividades vinculadas mediante el uso de las nuevas tecnologías, así como la realización de actividades distintas de las que se desenvuelven por los canales tecnológicos mencionados siempre que resulten complementarias a las anteriores o, en general, coadyuven a la promoción de España como destino turístico, así como a la sistematización, integración, distribución y difusión de información con trascendencia para la actividad económica, y a la fluida relación del sector público con los usuarios y consumidores, agentes económicos e instituciones en el ámbito económico antes descrito. En su actividad, conforme a lo establecido en el referido art. 2 de sus Estatutos, seguirá las líneas generales de política turística definidas por los órganos competentes en la materia de la Administración General del Estado. V. El 13 de octubre de 2005, por Acuerdo de Consejo de Ministros se atribuye al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la tutela de SEGITUR, sociedad participada en su totalidad por la Administración General del Estado. De esta forma, se le atribuye el control funcional y de eficacia de esta sociedad, además de la posibilidad de establecimiento de sus líneas de actuación estratégica y prioridades en la ejecución de las mismas. VI. El artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de Derecho público pueden ser encomendadas a otros órganos o entidades públicas, o personas físicas o jurídicas sujetas a Derecho privado, por razones de eficacia o cuando no posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, añadiendo aquel artículo que en el caso de personas privadas el régimen jurídico de la encomienda se ajustará en lo que proceda a la legislación de contratos del Estado. El apartado l) del artículo 3.1. del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, introducido por el artículo 34 del Real Decreto ley 5/2005, de 11 de marzo, establece que queda fuera del ámbito de esta Ley «las encomiendas de gestión que se realicen a las entidades y a las sociedades cuyo capital pertenezca totalmente a la propia Administración Pública». Por razones de eficacia e insuficiencia de medios adecuados por parte del Ministerio de Administraciones Públicas y del Comisionado del Gobierno para la celebración de la XXXII Copa del América para realizar de un modo efectivo y operativo la comunicación y promoción de las repercusiones de ese evento y de las inversiones públicas realizadas con ocasión del mismo y con el fin de encomendar a SEGITUR tales actividades y regular las relaciones con el Ministerio de Administraciones Públicas, quien conserva la titularidad de la competencia y ejercerá las facultades inherentes a la misma, ambas partes,

ACUERDAN

Primero. Objeto.-El objeto del presente acuerdo es la encomienda, por parte del Ministerio de Administraciones Públicas a Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S.A., de la gestión de las acciones necesarias para la comunicación, promoción y difusión de las repercusiones de la XXXII Edición de la Copa América 2007 y de las inversiones públicas realizadas con cargo a los presupuestos generales del Estado con ocasión del mismo.

SEGITUR dispondrá lo necesario para la correcta realización de los servicios encomendados. Segundo. Facultades y competencias derivadas de la presente encomienda de gestión.-Para posibilitar una gestión eficaz de dichos servicios, se atribuye a Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S. A. las siguientes facultades y competencias, que serán desarrolladas en el respeto a las líneas generales definidas por el Ministerio de Administraciones Públicas y, en particular, con la supervisión y coordinación que el Comisionado del Gobierno para la celebración de la XXXII Copa del América ejercerá sobre esos servicios:

La recopilación, tratamiento, sistematización, integración, difusión y comunicación de información con relevancia al objeto de este acuerdo, mediante el uso de cualquier medio y soporte incluidas las nuevas tecnologías y con límites fijados en la L.O. 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La realización de campañas genéricas y específicas de publicidad y comunicación, en cualquier medio o soporte. La realización de eventos, seminarios, presentaciones y actividades culturales. La realización de acciones de apoyo y patrocinio en los ámbitos deportivo, cultural, económico y/o social. La distribución de materiales de difusión. La creación, gestión y puesta a disposición de una página Web. La utilización de los datos de carácter personal obtenidos a través del registro de Usuarios de los portales que, en su caso se implementen, dentro de los limites fijados en la L.O. 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal y en la Ley 34/2002 de 11 de julio de Servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico. Cualesquiera otras facultades necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas y para la gestión eficaz de los servicios encomendados.

Tercero. Servicios a prestar.-Para la ejecución de la presente encomienda SEGITUR se obliga a prestar al Ministerio de Administraciones Públicas en el ejercicio 2006 los servicios que sean necesarios para la adecuada comunicación, promoción y difusión de las repercusiones de la XXXII Edición de la Copa América 2007 y de las inversiones públicas realizadas con cargo a los presupuestos de la Administración General del Estado.

Los servicios a desarrollar serán:

Diseño del Plan de Comunicación y Promoción de las repercusiones e inversiones realizadas con ocasión de la XXXII Edición de la Copa América 2007, incluyendo la definición estratégica de las correspondientes campañas, la estrategia de comunicación, promoción y difusión mediante seminarios, presentaciones, ruedas de prensa, eventos, y otras acciones específicas, y la concreción de un Plan de apoyos y patrocinios en los ámbitos deportivo, cultural, económico y/o turístico.

La estrategia creativa y su materialización, la producción para las campañas y acciones de promoción, comunicación, así como la adaptación, en su caso, de la misma para su difusión en los distintos medios y soportes acordes a los distintos públicos objetivos. La planificación estratégica de los medios de comunicación, su actualización, la contratación de los mismos, así como su consiguiente seguimiento y evaluación que contemplara: el Tipo de medios, soportes on line y off line, formato, n.º de inserciones, duración, precio unitario (precio bruto y neto de cada medio), fecha de publicación, tipo de anuncio en cada una de las inserciones. La ejecución de acciones de comunicación, promoción y difusión mediante seminarios, presentaciones, ruedas de prensa, eventos, y otras acciones específicas. La realización de acciones de comunicación, promoción y difusión mediante patrocinios y apoyos en los ámbitos deportivo, cultural, económico y/o social. La realización y distribución segmentada de materiales de difusión. La creación, gestión y puesta a disposición de una página Web, incluyendo diseño, gestión y actualización de contenidos, y mantenimiento correctivo y adaptativo de la misma. La realización de todas aquellas acciones complementarias o accesorias a las de la publicidad y comunicación que forman parte de la gestión de aquellas acciones de comunicación y, en general, de una campaña promocional y difusión masiva. El estudio previo al inicio de las acciones sobre el grado de conocimiento por el público de las repercusiones e inversiones realizadas con ocasión de la XXXII Edición de la Copa América 2007, el seguimiento continuado de la respuesta del público objetivo a lo largo de las acciones de comunicación, y la realización de un estudio de investigación e informe final que permita conocer la respuesta del público objetivo al final de la campaña. La dirección técnica, gestión y ejecución de las acciones de comunicación, el asesoramiento a los responsables del organismo encomendante en el proceso de toma de decisiones propios de la campaña, y la asistencia técnica al Comisionado del Gobierno para la celebración de la XXXII Copa del América en sus labores de coordinación y seguimiento de estas acciones de comunicación, promoción y difusión.

El Ministerio de Administraciones Públicas adquirirá los derechos de propiedad intelectual y de explotación exclusiva sobre las creatividades y productos desarrollados por SEGITUR en ejecución de la presente encomienda de gestión, en los términos y con la protección prevista en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, que aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

A los efectos oportunos se hace constar que no existe vínculo laboral alguno entre el Ministerio de Administraciones Públicas y el personal de SEGITUR afectado a la ejecución de los servicios objeto de esta encomienda de gestión. Por tanto dicho personal no podrá ser considerado ni de hecho ni de derecho empleado del citado departamento ministerial, dependiendo únicamente de SEGITUR a todos los efectos incluidos los aspectos laborales y de Seguridad Social, hallándose el citado personal, siempre y en todo caso, bajo el control, dirección y poder disciplinario de SEGITUR sin perjuicio del poder de dirección que ostente el Comisionado del Gobierno para la celebración de la XXXII Copa del América sobre aquel personal al efecto de la correcta prestación del servicio. SEGITUR se obliga a estar al corriente del pago de salarios y de cotizaciones a la Seguridad Social de su personal. Cuarto. Presupuesto.-El precio total fijado por la prestación de los servicios que se establecen en la presente encomienda de gestión es de diez millones de euros (10.000.000 euros) IVA incluido, con cargo a la aplicación 22.01 921M 226.02 del Presupuesto de gastos del Ministerio de Administraciones Públicas para 2006. Quinto. Precio y forma de pago.-El precio de los servicios es el que se establece a continuación:

1. Diseño del Plan de Comunicación y Promoción: 150.000 euros IVA incluido.

2. Creatividad y producción: 1.200.000 euros IVA incluido. 3. Acciones de comunicación, promoción y difusión: 7.010.000 euros IVA incluido, con la siguiente distribución:

3.1 Plan de medios y contratación de los mismos: Hasta un máximo de 5.200.000 euros IVA incluido.

3.2 Seminarios, presentaciones, ruedas de prensa, eventos, y otras acciones específicas: Hasta un máximo de 2.000.000 euros IVA incluido. 3.3 Patrocinios y apoyos: Hasta un máximo de 1.000.000 euros IVA incluido. 3.4 Realización y distribución segmentada de materiales de difusión: Hasta un máximo de 600.000 euros IVA incluido. 3.5 Acciones complementarias o accesorias a las de la publicidad y que forman parte de la gestión de una campaña promocional y difusión masiva: Hasta un máximo de 500.000 euros IVA incluido.

La suma total del importe de estos conceptos no podrá exceder del importe total de las acciones de comunicación, promoción y difusión establecido más arriba en 7.010.000 euros IVA incluido.

4. Estudio previo, seguimiento continuado, e informe final que permita conocer la respuesta del público objetivo: 220.000 euros IVA incluido.

5. Creación y gestión página Web: 100.000 euros IVA incluido. 6. Dirección técnica, gestión, ejecución, asesoramiento: 1.320.000 euros IVA incluido.

La facturación de los servicios comprendidos en los puntos 1), 4), 5) y 6) de este apartado, cuyo precio ha sido determinado en base a precios a tanto alzado, se hará en base a los efectivamente prestados, por el total importe consignado en cada uno de ellos distribuido en tres vencimientos de igual importe cada uno de ellos.

La facturación de los servicios restantes, esto es los comprendidos en los puntos 2) y 3), cuyo precio se determina en base a los precios de los recursos y servicios consumidos en la prestación de los mismos, se hará en base a los efectivamente prestados, por el importe de los recursos y servicios efectivamente consumidos en cada uno de los tres vencimientos. Los servicios se facturarán al Ministerio de Administraciones Públicas a través del Comisionado del Gobierno para la celebración de la XXXII Copa del América, en base a los efectivamente prestados y al precio anteriormente señalado, de la siguiente forma:

1. Hasta un máximo del treinta por ciento (30%) del importe total, esto es tres millones de euros (3.000.000 €) IVA incluido, el 30 de junio de 2006. El porcentaje a pagar se deberá corresponder con un porcentaje de servicios cuyo valor alcance la cifra a satisfacer.

2. Hasta un máximo acumulado del setenta por ciento (70%) del importe total, esto es siete millones de euros (7.000.000 €) IVA incluido, el 30 de septiembre de 2006, del que se deducirá el importe facturado en la primera factura correspondiente al 30 de junio de 2006. El porcentaje a pagar se deberá corresponder con un porcentaje de servicios cuyo valor alcance la cifra a satisfacer. 3. El importe restante, hasta un máximo acumulado de diez millones de euros (10.000.000 €) IVA incluido para el caso de la efectiva prestación de la totalidad de los servicios objeto del presente acuerdo, el 15 de diciembre de 2006, del que se deducirá el importe facturado en las dos facturas anteriores. El porcentaje a pagar se deberá corresponder con un porcentaje de servicios cuyo valor alcance la cifra a satisfacer.

Las facturas emitidas por SEGITUR serán pagadas por el Ministerio de Administraciones Públicas, una vez verificadas por el Comisionado del Gobierno para la celebración de la Copa del América, y prestada la conformidad por el citado Ministerio al servicio realizado, al contado mediante transferencia bancaria a la cuenta de SEGITUR n.º 01822370470200203436, o mediante cheque nominativo a favor de Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S.A.

Sexto. Comienzo de efectos y duración del Acuerdo.-El presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, que surtirá efectos desde el día de su firma, durará hasta el 31 de diciembre de 2006. Séptimo. Extinción y resolución del Acuerdo.-El Acuerdo se extinguirá por el transcurso del tiempo pactado en los términos establecidos en el punto sexto o por resolución anticipada fundada en causa justificada y comunicada fehacientemente y por escrito a la otra parte con una antelación de un mes sobre la fecha efectiva de la resolución. Podrá resolverse el Acuerdo si cualquiera de las partes incumpliera, por causa a ella imputable, las obligaciones esenciales derivadas del mismo, o realizara incumplimientos parciales graves y reiterados de obligaciones accesorias. La resolución del presente Acuerdo supone el fin de la capacidad de las partes de asumir nuevas actividades o compromisos al amparo del mismo, y no provocará, por sí misma, la resolución de aquellas actividades y/o compromisos adquiridos por Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S. A. formalizados previamente a aquella resolución, manteniéndose en vigor los términos de este Acuerdo a efectos de dichas actividades y compromisos, salvo y hasta que sean resueltos o venzan sus períodos de vigencia. Octavo. Comisión Mixta de seguimiento del Acuerdo.-Se crea una Comisión Mixta de Seguimiento del Acuerdo que estará compuesta por el Secretario General de Turismo, que ejercerá su Presidencia, el Comisionado del Gobierno para la celebración de la XXXII Copa del América, el Presidente de SEGITUR y el Director General de Recursos Humanos, Programación Económica y Administración Periférica del Ministerio de Administraciones Públicas. Actuará como Secretaria la Abogada del Estado Jefe del Ministerio de Administraciones Públicas. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, los miembros del Comité podrán ser sustituidos por un representante del mismo Ministerio, organismo o entidad, designado por el miembro al que vaya a sustituir. Su funcionamiento y adopción de acuerdo, se regulará por lo previsto en los art. 22 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. SEGITUR someterá a la consideración de la Comisión Mixta el Plan de Comunicación y Promoción a implementar, la estrategia creativa y la creatividad de la Campaña, los Planes de acciones de comunicación, promoción y difusión, y los resultados de los estudios sobre el grado de conocimiento y respuesta del público objetivo. La Comisión Mixta de Seguimiento tendrá la competencia para proponer al Ministro de Administraciones Públicas la resolución de las dudas y controversias que resulten de la aplicación del Acuerdo y efectuar el seguimiento e interpretar las cuestiones que se deriven de su ejecución. Se reunirá, al menos, una vez al trimestre, y elaborará los informes que desde el Ministerio de Administraciones Públicas, la Secretaría General de Turismo y el Consejo de Administración de la Sociedad se le soliciten. Noveno. Naturaleza del Acuerdo.-El presente Acuerdo tiene naturaleza administrativa y queda excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de conformidad con lo previsto en el art. 3.1.l) de dicho Texto Legal.

Décimo. Interpretación, modificación y jurisdicción.-Corresponde al Ministerio de Administraciones Públicas la interpretación y modificación de las condiciones del presente Acuerdo, así como su resolución, fijando, en su caso, los efectos de ésta. Contra las resoluciones del Ministro de Administraciones Públicas sobre interpretación, modificación, ejecución o resolución del Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

Y en prueba de conformidad, con voluntad de obligarse y cumplir de buena fe, se suscribe por ambas partes el presente documento en ejemplar duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.-El Ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla Segura.-El Presidente de Sociedad Estatal de Gestión de la Información Turística, S.A., Carlos Abella Picazo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/06/2006
  • Fecha de publicación: 08/07/2006
Materias
  • Deporte
  • Empresas públicas
  • Encomienda de gestión
  • Ministerio de Administraciones Públicas
  • Publicidad
  • Turismo

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid