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Documento BOE-A-2006-11819

Orden JUS/2098/2006, de 26 de junio, por la que se convoca concurso de traslados para la cobertura de plazas en el Ministerio Fiscal.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 2006, páginas 24807 a 24811 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2006-11819

TEXTO ORIGINAL

A efectos de lo previsto en el artículo 36.3 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, este Ministerio, a propuesta del Fiscal General del Estado, acuerda convocar concurso de traslados para la cobertura de las plazas que figuran como anexo I de la presente orden.

El presente concurso se sujetará a las siguientes bases:

Primera.-Podrán tomar parte en él, los Fiscales de segunda categoría y Abogados Fiscales de tercera categoría que llevasen más de dos años en la plaza a la que hubieran accedido voluntariamente, así como los Abogados Fiscales, nombrados para su primer destino, que llevasen más de un año. En ambos supuestos el tiempo de permanencia se computará desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto o la Orden de nombramiento para el destino que ocupan.

Segunda.-No podrán concursar quienes se hallasen en alguna de las siguientes situaciones:

a) Aquellos en los que no concurran los requisitos establecidos en cada caso.

b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en los artícu-los 39.3 y 40 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, modificado por la Ley 14/2003, de 26 de mayo, respecto a las Fiscalías donde estaban destinados, mientras subsistan las causas que determinaron su traslado. c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado por ellos. d) Los suspensos, mientras sea efectiva la suspensión.

Tercera.-Cada solicitante realizará una única solicitud, según el modelo que figura en el anexo II de esta orden, en la que hará constar por orden de preferencia las plazas a las que desea acceder. Carecerá de validez aquellas instancias que se formulen de manera condicionada o no aparezcan correctamente cumplimentadas en todos sus extremos.

Cuarta.-Las solicitudes, dirigidas al. Sr. Ministro de Justicia, se presentarán en el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro de la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4, 28071 Madrid), en el del Ministerio de Justicia (calle Manzana, 2, 28071 Madrid), o ante el Fiscal Jefe del destino actual, en cuyo caso éste deberá comunicar al día siguiente de la finalización del plazo al Fiscal General del Estado el número de solicitudes presentadas, remitiendo de inmediato todas ellas, o informando si no hubiera ninguna. Quinta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una vez evacuado, elevará al Ministerio de Justicia la propuesta de los traslados que procedan, a la que acompañará tanto las instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal. Sexta.-Recibida la propuesta, este Ministerio elevará al Consejo de Ministros o resolverá directamente, según proceda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, adjudicando los correspondientes destinos. Séptima.-En aplicación de lo establecido en la regla 4.ª de la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/l989, de 21 de abril, las plazas incluidas en el apartado I («Plazas de 2.ª categoría para Fiscales o Abogados Fiscales»), que hubieran de quedar desiertas por falta de solicitantes, serán adjudicadas, en la Orden de resolución del concurso, al Abogado Fiscal o a los Abogados Fiscales más antiguos en el escalafón que estuvieran destinados en la Fiscalía o, en su caso, en la adscripción permanente a las que dichas plazas pertenezcan.

Octava.-Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, según dispone la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 26 de junio de 2006.-El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Bodas Martín.

ANEXO I I. Plazas de 2.ª categoría para Fiscales o Abogados Fiscales

Comunidad Autónoma de Andalucía

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: Tres plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Baza de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: Una plaza de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Teniente Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Algeciras de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Cuatro plazas de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Dos plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Marbella de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Dos plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Melilla de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Tres plazas de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Aragón

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huesca: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Gijón de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Maó de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Arrecife de Lanzarote de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Puerto del Rosario de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Arona de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife: Dos plazas de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ciudad Real: Una plaza de Teniente Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León: Dos plazas de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Soria: Una plaza de Teniente Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Valladolid: Una plaza de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zamora: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Arenys de Mar de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Badalona de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Granollers de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de L'Hospitalet de Llobregat de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Manresa de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Sabadell de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Terrassa de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Cuatro plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Vilanova i la Geltrú de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de El Prat de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Mataró de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Figueres de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Dos plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Blanes de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de La Seu d'Urgell de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza de Teniente Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Tortosa de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Dos plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de El Vendrell de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Mérida de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Dos plazas de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Ferrol de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de La Rioja

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja: Una plaza de Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Seis plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Dos plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Móstoles de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Collado-Villalba de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Majadahonda-Pozuelo de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Cuatro plazas de Fiscal.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Tres plazas de Fiscal.

Comunidad Foral de Navarra

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Navarra: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Gandía de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Dos plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Benidorm de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Torrevieja de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Una plaza de Fiscal. Adscripción Permanente de Vinaroz de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Dos plazas de Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Dos plazas de Fiscal. Adscripción Permanente de Barakaldo de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza de Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Dos plazas de Fiscal.

II. Plazas de 2.ª categoría para Fiscales o Abogados Fiscales, a cubrir según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Comunidad Autónoma de Aragón

Adscripción Permanente de Calatayud de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza de Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de Fiscal.

III. Plazas de 3.ª categoría para Abogados Fiscales exclusivamente

Comunidad Autónoma de Andalucía

Adscripción Permanente de Baza de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Huércal-Overa de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Seis plazas de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Tres plazas de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Una plaza de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Dos plazas de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Linares de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Marbella de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Dos plazas de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Melilla de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Dos Hermanas de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Aragón

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Calatayud de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Avilés de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Dos plazas de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Gijón de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ciudad Real: Una plaza de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Manzanares de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ciudad Real: Una plaza de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guadalajara: Una plaza de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía de la Audiencia Provincial de León: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Ponferrada de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de León: Una plaza de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Valladolid: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Cuatro plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Dos plazas de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Adscripción Permanente de Plasencia de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Mérida de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Dos plazas de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Zafra de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Santiago de Compostela de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Dos plazas de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Mondoñedo de la Fiscalía de la Audiencia Provincia de Lugo: Una plaza de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ourense: Una plaza de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Vigo de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Cinco plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Alcalá de Henares de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Cartagena de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Foral de Navarra

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Navarra: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Seis plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Tres plazas de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Alcoy de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Benidorm de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Denia de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Dos plazas de Abogado Fiscal. Adscripción Permanente de Elx de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Tres plazas de Abogado Fiscal. Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza de Abogado Fiscal.

IV. Plaza de 3.ª categoría para Abogados Fiscales exclusivamente, a cubrir según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de Abogado Fiscal.

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