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Documento BOE-A-2006-11748

Resolución de 23 de junio de 2006, de la Dirección General de Transportes por Carretera, por la que se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 2006, páginas 24679 a 24679 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2006-11748

TEXTO ORIGINAL

La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y su Reglamento, aprobado el 28 de septiembre de 1990, determinan que para el ejercicio de las actividades de transporte de viajeros y de mercancías por carretera, será necesario acreditar previamente el cumplimiento del requisito de capacitación profesional, que se reconocerá a aquellas personas que, tras justificar la posesión de los conocimientos necesarios, superen las pruebas que se convoquen y sean provistas del correspondiente certificado, conforme desarrolla la Orden del Ministerio de Fomento de 28 de mayo de 1999 (Boletín Oficial del Estado de 11 de junio).

Aunque en principio las normas citadas prevén que las convocatorias sean realizadas en sus territorios por las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de las funciones delegadas por el Estado en la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, lo cierto es que, conforme en dicha Ley Orgánica se establece, la efectividad de las delegaciones en ella contempladas queda aplazada al cumplimiento de las previsiones sobre las transferencias de los medios personales y materiales que las mismas deben llevar aparejadas. Teniendo en cuenta que en la Comunidad Autónoma del País Vasco no se han llevado a cabo todavía las referidas transferencias, es preciso que en la misma la correspondiente convocatoria sea realizada por la Administración del Estado. En su virtud, esta Dirección General ha resuelto convocar pruebas de constatación de capacitación profesional para el ejercicio de actividades de transporte por carretera, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Ámbito de las pruebas.-Se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de viajeros y de mercancías por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segunda. Ejercicios.-Los ejercicios de que constarán las pruebas, su estructura y forma de calificación serán los establecidos en la Orden del Ministerio de Fomento de 28 de mayo de 1999 (Boletín Oficial del Estado de 11 de junio), por la que se desarrolla el capítulo I del título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de capacitación profesional. Los ejercicios que deben superar los aspirantes a la obtención del certificado de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte, en sus distintas modalidades, versarán sobre el contenido de las materias incluidas en el anexo B de dicha Orden Ministerial, en su correspondiente modalidad o grupo. Tercera. Solicitudes.-Las solicitudes para tomar parte en las pruebas de esta convocatoria, cumplimentadas de conformidad con el modelo adjunto a esta Resolución, se presentarán en la Dirección de Transportes del Gobierno Vasco, en el plazo de quince días a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta convocatoria. Los derechos de examen serán de 18,58 euros, por la presentación a las pruebas de cada modalidad profesional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 dos 4.2.1 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y la disposición final primera, apartado 5, de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, y la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2006. El ingreso se realizará exclusivamente mediante el documento de ingreso modelo 790, señalado en la Orden de 11 de diciembre de 2001, que modifica la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regula la gestión recaudatoria de las tasas de la Hacienda Pública. En dicho documento de ingreso, junto a los datos del solicitante, constará la siguiente información:

Tasa: Prestación de servicios y actuaciones por la Administración en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera.

Código de la tasa: 023. Centro gestor: Dirección General de Transportes por Carretera. Ministerio de Fomento. Hecho imponible: Derechos de examen para la realización de las pruebas de reconocimiento de la capacitación profesional. País Vasco 2006. El ingreso podrá efectuarse en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro, etc.), de la Agencia Tributaria, mediante la presentación directa del documento de ingreso, modelo 790-código 023, previamente confeccionado. La entidad colaboradora validará en ese momento la operación. El ejemplar número 1, autocopiativo blanco, deberá ser entregado a la Administración junto al resto de la documentación necesaria para poder concurrir a la prueba. Las solicitudes deberán acompañarse de dicho ejemplar, de fotocopia del documento nacional de identidad y, en su caso, cuando se produzcan las circunstancias reglamentarias previstas que posibiliten el presentarse a las pruebas en lugar distinto de aquél en que el solicitante tenga su domicilio habitual, de los documentos acreditativos de dichas circunstancias. La falta de justificación del pago de los derechos de examen dará lugar a la exclusión del aspirante. Cuarta. Domicilio y requisitos de los aspirantes.-Los aspirantes al reconocimiento de la capacitación profesional únicamente podrán concurrir a los ejercicios celebrados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, si tienen su domicilio legal en la misma o si concurren las circunstancias previstas en el artículo 9 de la Orden de 28 de mayo de 1999 citada. Para ello, deberán presentar al Tribunal en el momento del comienzo de los ejercicios, el original de su documento nacional de identidad, debiendo estar el domicilio que figure en éste incluido en el ámbito territorial que se extienda la actuación de dicho Tribunal. Cuando se hayan producido cambios de domicilio que no haya sido posible reflejar en el documento nacional de identidad, el domicilio se podrá justificar mediante un certificado de empadronamiento expedido por el correspondiente Ayuntamiento.

Quinta. Determinación del Tribunal y fecha, hora y lugar de realización de los ejercicios.-La determinación del Tribunal, la fecha, hora y lugar de celebración de los ejercicios para la constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte por carretera a celebrar en la Comunidad Autónoma del País Vasco, se comunicarán en fecha posterior.

Madrid, 23 de junio de 2006.-El Director General de Transportes por Carretera, Juan Miguel Sánchez García.

Circunscripción donde se solicita celebrar las pruebas: País Vasco

A. DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre ..........................................................................................................

Apellidos ........................................................................................................ Número D.N.I. ............................................................................................... Nacido/a en:

Localidad ...................................................................................................

Provincia ...................................................................................................

Fecha de nacimiento ...................................................................................

Domicilio:

Calle ............................................................................. Número ..............

Localidad ................................................................................................... Provincia ...................................................... Código postal ................... Teléfonos ...................................................................................................

B. PRUEBAS A LAS QUE SE PRESENTA

(Señálense con una cruz las casillas que correspondan)

 Transporte interior e internacional de mercancías.  Transporte interior e internacional de viajeros.

C. IDIOMA EN QUE DESEA REALIZAR LOS EXÁMENES

 Castellano.

 Euskera.

D. DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA

 Fotocopia del DNI.

 Justificante/s de ingreso de los derechos de examen correspondiente/s a las pruebas de:

 Transporte interior e internacional de mercancías.

 Transporte interior e internacional de viajeros.

Fecha y firma del solicitante

Sr. Director General de Transportes por Carretera

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