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Documento BOE-A-2006-10585

Orden ITC/1858/2006, de 12 de junio, por el que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, y se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 2006, páginas 22730 a 22730 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-10585

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), y en artículo noveno de la Orden APU/423/2005 de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, se acuerda:

Primero.-Aprobar las listas provisionales de opositores admitidos y excluidos al citado proceso una vez expirado el plazo de admisión de solicitudes. La lista de admitidos y la de excluidos (que figura en anexo adjunto), con expresión de las causas de exclusión, se expondrán al público en los tablones de anuncios del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, y en la página web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (www.mityc.es).

Segundo.-Los opositores excluidos y los omitidos disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que, dentro del plazo establecido, no subsanen la exclusión o alegasen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. Concluido el plazo antes señalado, se hará pública una nueva Orden en la que se indicarán las modificaciones a las listas que se hayan podido producir y se elevarán a definitivas dichas listas. Dicha Orden se publicará en los mismos centros que se indican en el apartado primero de ésta. Si no se hubieran realizado alegaciones, una vez transcurrido el plazo de subsanación, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos adquirirá carácter definitivo. Tercero.-Convocar a los opositores admitidos para la realización del primer ejercicio, el día 29 del mes de junio de 2006 a las 15,30 horas, en Madrid, Paseo de la Castellana 162, 1.ª planta, Sala «F». Cuarto.-Los aspirantes deberán acudir provistos de bolígrafo (azul o negro) y Documento de identidad.

Quinto.-Dentro del marco establecido por las bases y demás normas reguladoras de la presente convocatoria, se autoriza al Tribunal titular y suplente para su actuación simultánea.

Madrid, 12 de junio de 2006.-El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, P. D. (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre), la Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, María Teresa Gómez Condado.

ANEXO Lista provisional de excluidos pruebas selectivas para acceso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE (turno libre)

DNI: 4.597.841. Apellidos y nombre: Jiménez Argudo, Ana Cristina. Causa de exclusión: F. Causas de exclusión:

A. No está comprendido entre los límites de edad.

B. No consigna su número de documento nacional de identidad. C. No posee la nacionalidad exigida en la convocatoria. D. No presenta solicitud en modelo oficial (Modelo 790). E. Fecha de presentación de solicitud posterior a 29.05.06. F. No abona derecho de examen o abona en cuantía inferior a 26,54 euros. F1. No tiene reconocida la condición legal de discapacitado. F2. No presenta certificación acreditativa de ser demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria. F3. No presenta declaración jurada o promesa acreditando rentas mensuales inferiores al Salario Mínimo interprofesional. G. No acredita titulación suficiente.

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