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Documento BOE-A-2006-10060

Resolución de 22 de mayo de 2006, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, para el desarrollo del Programa de Medidas de Activación de Jaén (Jaén XXI).

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 6 de junio de 2006, páginas 21581 a 21583 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-10060

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Convenio de colaboración suscrito entre este Ministerio y el Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, para el desarrollo del Programa de Medidas de Activación de Jaén (Jaén XXI), cuyo texto figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 22 de mayo de 2006.-La Subsecretaria, María Teresa Gómez Condado.

ANEXO

Convenio marco de Colaboración entre la Administración General del Estado, Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucia, Consejeria de Innovación, Ciencia y Empresa, para el desarrollo del Programa de Medidas de Activación de Jaén (Jaén XXI). En Jaén, a 12 de abril de 2006.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. José Montilla Aguilera, en su calidad de Ministro de Industria, Turismo y Comercio, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril (BOE n.º 94 de 18 de abril), en uso de las facultades que le confiere el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

Y de otra parte, el Sr. D. Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, cargo para el que fue nombrado mediante Decreto del Presidente 12/2004, de 24 de abril, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 3, de 25 de abril de 2004, en su uso de las competencias atribuidas por el articulo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para formalizar este Convenio, en nombre de las Administraciones Públicas que representan, y en uso de las atribuciones que les otorga su propio cargo,

EXPONEN

Primero.-Como desarrollo de la política del Gobierno del Estado dirigida a favorecer la vertebración del territorio en compensación de las desigualdades territoriales, para las zonas que han dispuesto históricamente de menos oportunidades, mediante Acuerdo de 20 de enero de 2006, el Consejo de Ministros aprueba, para la provincia de Jaén, un Programa de Medidas de activación, denominado «Jaén XXI», que persigue como objetivo general impulsar el desarrollo social y económico de la provincia para propiciar su convergencia con el resto del territorio estatal.

La justificación del programa de medidas de activación queda determinada por la existencia de factores y problemas estructurales que dificultan la convergencia de la provincia de Jaén con aquéllas otras de mayor nivel de desarrollo. Segundo.-El «Programa Jaén XXI» comprende un amplio conjunto de actuaciones dirigidas esencialmente a la modernización de sus sectores de actividad, la diversificación de su economía y, en general, la mejora de sus infraestructuras para, en suma, mejorar la calidad de vida de su ciudadanía y de sus expectativas de futuro. Tercero.-El programa de Medidas de activación de Jaén XXI señala los siguientes objetivos específicos:

a) Impulsar el desarrollo de infraestructuras, transportes y comunicaciones para favorecer la cohesión y el equilibrio territorial.

b) Fomentar la economía y la creación de empleo para aumentar la competitividad y el valor añadido del sistema productivo. c) Profundizar en un modelo de desarrollo sostenible en el que la protección, conservación y puesta en valor del patrimonio de la provincia sea condición para el crecimiento económico. d) Lograr un desarrollo equilibrado en el territorio, favoreciendo la creación de oportunidades para las personas en los entornos rurales a fin de consolidar la población de los municipios más pequeños y de montaña.

Cuarto.-Por otra parte, la Junta de Andalucía, en el marco de la Segunda Modernización y en el ejercicio de las competencias estatutarias que tiene asignadas, a través de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, considera de interés primordial para Andalucía la promoción de las actividades y medidas comprendidas en el «Programa Jaén XXI», por cuanto representa para el progreso y desarrollo de la provincia. En concreto, interesa destacar las actuaciones referidas a la innovación, infraestructuras, tecnologías y desarrollo empresarial, estableciendo estrategias y políticas de actuación específicas en el ámbito de sostenibilidad y la energía.

Quinto.-Asimismo, la Administración General del Estado y la Administración de la Junta de Andalucía están interesadas en reestructurar y promover nuevos modelos organizativos, potenciando el uso de las nuevas tecnologías, incentivando la innovación en políticas y programas y efectuando cambios que fomenten la transversalidad y la cooperación común entre las instituciones en el desempeño de las acciones públicas. Por ello, es necesario el fomento de la administración en red, potenciando la interoperabilidad del conjunto de actuaciones que las administraciones comparecientes vienen promoviendo en su desarrollo planificador e innovador, en aras a la obtención de una mayor eficacia y eficiencia de las actuaciones promovidas en el «Programa Jaén XXI». Sexto.-El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio actúa en virtud de las competencias que le asigna la Constitución en su artículo 149.1.13.ª, sobre bases y coordinación general de la planificación económica; 149.1.21.ª; sobre telecomunicaciones; y 149.1.25.ª, sobre bases del régimen minero y energético. Por otra parte, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía actúa en virtud de las competencias que le asignan los artículos 13.29 y 19.2 de la Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Séptimo.-Por todo ello, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa consideran necesario establecer el marco y las líneas generales de su colaboración mediante el siguiente Convenio.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El presente Convenio tiene por objeto concretar las líneas generales de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía para el desarrollo de las actuaciones comprendidas en el «Programa Jaén XXI», que persigue la modernización de sus sectores de actividad, la diversificación de su economía y, en general, la mejora de sus infraestructuras para mejorar la calidad de vida de su ciudadanía y de las expectativas de futuro de la provincia de Jaén.

En concreto, el referido Convenio tiene por objeto la realización por parte de la Junta de Andalucía de un conjunto de medidas y actuaciones tendentes a potenciar el desarrollo de la estructura productiva provincial de Jaén y la competitividad de las empresas mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones y la incorporación de procesos de I+D+I, así como el fomento de la cultura emprendedora. Segunda. Vigencia.-El alcance temporal del presente Convenio será el de vigencia del Plan acordado por el Consejo de Ministros. El desarrollo y la puesta en marcha de este Programa se llevarán a cabo durante los años 2006 a 2009, a través de convenios de colaboración específicos. Tercera. Áreas de actuación.-De acuerdo con los objetivos marcados, las actividades que integran el Programa de activación se estructuran en una serie de áreas de actuación:

a) Impulso al desarrollo de infraestructuras.

b) Fomento de la actividad económica y creación de empleo. c) Desarrollo sostenible. d) Actuaciones de carácter social, cultural y de seguridad.

De cada una de estas áreas de actuación se despliega un amplio conjunto de medidas y actuaciones a desarrollar en el período de vigencia del Convenio. Entre otras, las actuaciones que son objeto de este Convenio y que se desarrollan a continuación.

Cuarta. Actuaciones y proyectos.-En relación al «Programa Jaén XXI», y en las áreas descritas, aparecen una serie de actuaciones y proyectos conjuntos entre las Administraciones firmantes que se relacionan a continuación:

1. Programa de Teleformación: El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio elaborará, en colaboración con la Junta de Andalucía, la Administración local y los sectores empresariales un programa de Teleformación que conjugue los intereses y necesidades de la Administración Local, las empresas y los agentes sociales, aprovechando las nuevas tecnologías. Este proyecto se ejecutará en tres fases durante los años 2007, 2008 y 2009 y será financiado integramente por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

2. Desarrollo prioritario de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía (RETA): Las actuaciones previstas en este ámbito se dirigen a la creación de redes de cooperación empresarial que promuevan la transferencia de conocimiento y tecnología, y a la creación de organizaciones de apoyo a la innovación en sectores estratégicos. Así mismo, se priorizarán en la provincia de Jaén el desarrollo tecnológico y la implantación empresarial. Por todo ello, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa facilitarán la cooperación entre las empresas jienenses entre sí y con empresas andaluzas, nacionales e internacionales a través del desarrollo prioritario de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía (RETA) en los polígonos industriales y micropolígonos locales de Jaén para lo que el Ministerio, conforme a lo previsto en el «Programa Jaén XXI», aportará un total de tres millones de euros durante los años 2007, 2008 y 2009 (un millón de euros anuales). Se pretende con ello posibilitar un mayor desarrollo tecnológico e innovador del conjunto de empresas que operan en la provincia, en especial de aquéllas que disponen de bases tecnológicas. 3. Despliegue prioritario de la Red de telefonía móvil UMTS: El desarrollo tecnológico en la provincia se potenciará asimismo priorizando el despliegue de la tecnología UMTS. A tal efecto, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio iniciará los contactos pertinentes con los operadores de UMTS para conseguir la designación de Jaén como objetivo prioritario en la implantación de esta red. Sin perjuicio de lo anterior, se está implantando en la actualidad el plan de extensión de banda ancha firmado con la Junta de Andalucía, el cual prevé que en 2008 la totalidad de la provincia de Jaén tendrá servicio de banda ancha utilizando las tecnologías ADSL, WIFI, WIFI + Satélite y/o WIMAX. 4. Centros Tecnológicos del Plástico, la Cerámica, los Muebles, el Transporte y el Aceite: La reducida dimensión de la mayoría de las empresas que integran el tejido industrial de la provincia es un condicionante para la adopción de actuaciones de carácter estratégico, lo que limita las posibilidades de mejorar su competitividad. Con la finalidad de superar estas carencias y poder hacer frente en las mejores condiciones a los cambios que se están produciendo en los mercados, la Junta de Andalucía ha impulsado la creación en los últimos años de unos centros sectoriales especializados que puedan dar respuesta a las necesidades tecnológicas, formativas, promocionales y de servicios avanzados de las empresas. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio apoyará estos centros, financiando durante los años 2007, 2008 y 2009 los considerados estratégicos para la economía provincial, en concreto, los Centros Tecnológicos del Plástico, la Cerámica, los Muebles de Madera, el Transporte y el Aceite. Este proyecto se enlaza, en un continuo empresarial relacionado a distintos niveles en la provincia, con los proyectos de Geolit y los de creación y desarrollo del tejido empresarial jiennense. 5. Centro Tecnológico de Biomasa: Una de las líneas de I+D+I en las que se centrará Geolit será la asociada a la biomasa. En este sentido, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio apoyará la creación por la Junta de Andalucía de un Centro Tecnológico de la Biomasa. Esta colaboración se instrumentalizará a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro Energético (IDAE), mediante la aportación prevista en el «Programa Jaén XXI» de 1.000.000 de euros, distribuidos en los años 2006 (500.000 euros) y 2007 (500.000 euros), como inversión en la obra, a lo que se añadirán aportaciones subsiguientes derivadas de futuros convenios de colaboración en programas concretos acordados en cada ejercicio. 6. Estudio para la implantación de un modelo energético de generación de energías renovables: Se pretende la implantación de un modelo energético de generación distribuida de energías renovables que haga posible una optimización tanto de la generación como del consumo, así como un aprovechamiento de los recursos energéticos susceptibles de generar riqueza y empleo. Se analizará la viabilidad de este modelo en la provincia de Jaén a través de grupos de trabajo formados por el Instituto para la Diversificación y el Ahorro Energético (IDAE), la Agencia de Gestión Energética para la provincia de Jaén (AGENER) y la Agencia Andaluza de la Energía (AEE). 7. Tutorización de proyectos emprendedores y líneas de préstamos participativos: Dentro de las actuaciones de fomento a la actividad empresarial, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio firmará un convenio con la Junta de Andalucía, a través de la Empresa Nacional de Innovación, S.A., (ENISA) y la Escuela de Organización Industrial (EOI), a fin de que, durante el período comprendido entre los años 2006 y 2009, la EOI realice la tutoría de proyectos de emprendedores seleccionados por la Junta de Andalucía, y ENISA colabore con estos proyectos mediante la apertura de una línea de préstamos participativos.

Quinta. Obligaciones de las partes.-El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en virtud del presente Convenio Marco de Colaboración asume los siguientes compromisos:

a) La Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, aportará la financiación necesaria para sufragar los costes de las acciones y medidas establecidas en la cláusula cuarta. Para aquellas medidas que no tienen definida su financiación, acordará con la Junta de Andalucía la concreción y alcance de su cuantificación en los correspondientes convenios de colaboración específicos que se suscriban.

Las actuaciones a realizar se concretarán en los oportunos convenios de colaboración específicos, donde se especificarán el desarrollo de las mismas y su financiación presupuestaria. b) Prestar colaboración técnica respecto a los contenidos de las acciones y medidas previstas en el presente Convenio Marco.

La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa se compromete a lo siguiente:

a) Desarrollar los proyectos de las acciones y medidas conforme a lo establecido en el Programa de Medidas de Activación de Jaén XXI y en el presente Convenio Marco. A tal fin, ejercerá la debida coordinación con las Consejerías implicadas en el desarrollo del mismo.

b) Gestionar los proyectos directamente o a través de algún procedimiento de gestión indirecta, participando o colaborando en el desarrollo de las actividades con otras entidades, organismos, instituciones o personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que de algún modo puedan servir a los objetivos del presente Convenio Marco. d) Adherir a cuantas organizaciones integradas o dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, puedan contribuir a mejorar los servicios que vayan a prestar. En especial, se tratará de implicar la participación de las Corporaciones Locales.

Complementariamente, las partes firmantes aceptan los siguientes compromisos mutuos:

a) Coordinarán su plan de actividades del Programa de Medidas de activación de Jaén XXI.

b) Compartirán las redes de conocimiento y promoverán actividades conjuntas en las materias objeto del Convenio. c) Participarán activamente en la Comisión Mixta de Seguimiento del presente Acuerdo Marco.

Sexta. Justificación.-A efectos de justificación la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa deberá acreditar la realización de las actividades, la aplicación de las cantidades recibidas a las actuaciones ejecutadas y el gasto total realizado, mediante certificación expedida al efecto, por el órgano administrativo responsable de la ejecución de la medida.

Dicho Certificado se acompañará de una Memoria Anual de Ejecución, en la que se especificarán los distintos gastos efectuados tanto directos como, en su caso, indirectos. Séptima. Difusión.-La divulgación de los fines y servicios derivados del presente convenio podrá ser realizada, por cualquier medio de comunicación que las partes consideren adecuado. En la difusiones y presentaciones relacionadas con los proyectos derivados del presente Convenio Marco que se realicen a través de los medios de comunicación, se incluirá de forma paritaria la presencia de la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de su Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Octava. Naturaleza jurídica.-El presente Convenio, que tiene naturaleza administrativa, queda fuera de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, según previene el art. 3.1 c) TRLCAP, rigiendo en su interpretación el ordenamiento jurídico administrativo, y siendo en todo caso, de aplicación los principios de la vigente Ley de Contratos para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse. Novena. Comisión Mixta de Seguimiento.-Ambas partes manifiestan su voluntad de articular los mecanismos de coordinación y seguimiento necesarios, que contribuyan al logro de los objetivos cuya consecución asumen. Para ello acuerdan instituir una Comisión Mixta de Seguimiento con la composición, funciones y competencias siguientes:

La Comisión Mixta de Seguimiento, estará compuesta por los siguientes miembros: Tres representantes de la Administración General del Estado; uno, designado por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y dos designados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Tres designados por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La presidencia será alternante por años naturales. La primera reunión de dicha Comisión será convocada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y en ella se aprobarán las normas de funcionamiento y se procederá al nombramiento del primer presidente.

La citada Comisión Mixta de Seguimiento tendrá como cometidos principales velar por la instrumentación operativa del convenio, el seguimiento del mismo y la evaluación de la ejecución de las actuaciones acordadas. A tal efecto, le corresponderá interpretar y aplicar el contenido de presente Convenio, así como acordar la concreción y financiación de las medidas establecidas en la cláusula cuarta, proponiendo la suscripción de las adendas que resultaran necesarias para su correcto desarrollo. Su convocatoria se llevará a cabo a petición de cualquiera de las partes.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman, por duplicado y a un solo efecto, el presente Convenio en el lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, José Montilla Aguilera.-El Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, Francisco Vallejo Serrano.

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