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Documento BOE-A-2005-9506

Decreto 21/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueba el cambio de denominación del municipio de Lugar Nuevo de la Corona por la forma valenciana Llocnou de la Corona.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 7 de junio de 2005, páginas 19332 a 19332 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2005-9506

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Lugar Nuevo de la Corona, en sesión plenaria del día 18 de mayo de 2004, solicitó el cambio del nombre actual del municipio por la forma tradicional en valenciano Llocnou de la Corona. El Pleno de la Academia Valenciana de la Lengua adoptó acuerdo informando que la forma correcta y adecuada históricamente del nombre del municipio en valenciano es Llocnou de la Corona. La Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Uso y Enseñanza del Valenciano, dispone en su artículo 15.1 que corresponde al Consell de la Generalitat determinar los nombres oficiales de los municipios de la Comunidad Valenciana. En virtud de todo ello, visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Lugar Nuevo de la Corona para la modificación de la denominación actual del municipio por la forma valenciana Llocnou de la Corona, en el que se acredita el cumplimiento de las prescripciones exigidas en la legislación vigente, a propuesta del Conseller de Justicia y Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 4 de febrero de 2005,

D I S P O N G O :

Artículo único.

El municipio de Lugar Nuevo de la Corona, de la provincia de Valencia, adoptará la denominación tradicional en valenciano Llocnou de la Corona. Las referencias que al antiguo nombre se hubieren realizado por los órganos del estado y otros organismos públicos se entenderán hechas, a partir de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial del Estado, a la nueva denominación.

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 107.3 y 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otra vía que estimen oportuna.

Valencia, 4 de febrero de 2005.-El Presidente, Francisco Camps Ortiz. El Consejero de Justicia y Administraciones Públicas, Miguel Peralta Viñes.

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