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Advertido error en la inserción de la citada Orden publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 117 de fecha 17 de mayo de 2005, se transcribe a continuación la oportuna rectificación, En la página número 16592, en el punto 7, del apartado Duodécimo. Donde dice: «De Acuerdo con el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.00 euros...»; debe decir: «De Acuerdo con el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros...».
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