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Documento BOE-A-2005-8655

Resolución de 10 de mayo de 2005, de la Dirección de Administración de Industria y Minas, del Departamento de Industria, Turismo y Comercio, por la que se autoriza a la entidad TÜV Internacional Grupo TÜV Rheinland, S.L. inscrita como organismo notificado para la aplicación de las directivas 97/23/CE, relativa a equipos a presión, 95/16/CE sobre ascensores y 98/37/CE sobre máquinas, la ampliación de actividades correspondientes a la Directiva de Máquinas para todas las máquinas del anexo IV de dicha directiva.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 2005, páginas 17824 a 17825 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2005-8655

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Uno.-Mediante Resolución de 3 de abril de 2001, del Director de Administración de Industria y Minas, se reconoció que la entidad Tüv Rheinland Ibérica, S.A., cumplía las condiciones para ser inscrita como Organismo Notificado para la aplicación de la directiva 97/23/CE, relativa a equipos a presión; siendo notificada con el n.º 1027 y publicada en el BOE de 5 de mayo de 2001. Dos.-Mediante Resolución de 2 de septiembre de 2002, del Director de Administración de Industria y Minas, se autorizó el cambio de nombre de la entidad, denominándose TÜV Internacional Grupo Tüv Rheinland, S.L. y se ordenó la publicación en el Boletín Oficial del Estado. Tres.-Mediante Resolución de 1 de octubre de 2004, del Director de Administración de Industria y Minas, se autorizó a Tüv Internacional Grupo Tüv Rheinland, S.L. la ampliación de actividades correspondientes a los módulos de inspección de las directivas 95/16/CE sobre ascensores y 98/37/CE sobre máquinas, para todas las máquinas del Anexo IV excepto para las de los apartados A16 y A17; siendo publicada en el B.O.E. de 29 de octubre de 2004. Cuatro.-Con fecha de registro de entrada 21 de abril de 2005 en el Departamento de Industria, Comercio y Turismo, se solicitó por la mercantil Tüv Internacional Grupo Tüv Rheinland, S.L. la ampliación de actividades correspondientes a los módulos de inspección de las directivas 98/37/CE sobre máquinas para todas las máquinas del Anexo IV sin excepciones. En la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes,

Fundamentos jurídicos

Uno.-La Dirección de Administración de Industria y Minas es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 9, del Decreto 223/2001, de 16 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo. Dos.-La sección 1.ª del Capítulo IV del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial (BOE n.º 32, de 6.2.96), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo, (BOE n.º 100, de 26.4.97), regula los Organismos de Control haciendo referencia en el Artículo 42 a su Acreditación y en el Artículo 43 a su Autorización. Tres.-La empresa Tüv Internacional Grupo Tüv Rheinland, S.L., ha acreditado, mediante la documentación presentada, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre mencionado anteriormente y demás normas que resultan de aplicación, para ser ampliado el campo de actuación como Organismo Notificado correspondientes a los módulos de inspección de las directivas 97/23/CE de equipos a presión, 95/16/CE sobre ascensores y 98/37/CE sobre máquinas, cumpliéndose en la tramitación del expediente todos los requisitos reglamentarios. Vistos los preceptos legales citados y otras disposiciones de general y concordante aplicación, resuelvo:

Primero.-Mantener la autorización anteriormente concedida para aplicación de las Directivas 97/23/CE de equipos a presión, 95/16/CE sobre ascensores y 98/37/CE sobre máquinas y autorizar a la entidad Tüv Internacional Grupo Tüv Rheinland, S.L., la ampliación de actividades correspondientes a los módulos de inspección de las directivas, como Organismo Notificado, correspondientes a los anexos/módulos que se indican en los apartados siguientes de las citadas Directivas.

Segundo.-El alcance de la autorización para la aplicación de la Directiva 97/23/CE, sobre equipos a presión, se corresponde con:

Aprobación de procedimientos y personal que realiza uniones permanentes.

Aprobación Europea de materiales. Evaluación específica de materiales.

Módulo A1: Control interno de fabricación con vigilancia de la verificación final.

Módulo B: Examen CE de tipo. Módulo B1: Examen CE de diseño. Módulo C1: Conformidad con el tipo. Módulo F: Verificación de los productos. Módulo G: Verificación CE por unidad.

Tercero.-El alcance de la autorización para la aplicación de la Directiva 95/16/CE sobre ascensores, se corresponde con:

Ascensores: Anexo V: Examen CE de tipo.

Anexo VI: Control final. Anexo X: Verificación por unidad.

Componentes de seguridad:

Anexo V: Examen CE de tipo.

Anexo XI: Conformidad con el tipo, con controles por muestreo.

Cuarto.-El alcance de la autorización para la aplicación de la Directiva 98/37/CE sobre máquinas, se corresponde con:

Recepción y conservación del expediente técnico previsto en el anexoVI (Artículo 8.2 c) 1er guión) para todas las máquinas que figuran en el anexo IV sin excepciones.

Quinto.-La presente autorización será efectiva una vez cumplido el trámite de notificación a la Unión Europea.

Sexto.-Ordenar la notificación y publicación en forma legal en el Boletín Oficial del País Vasco y en Boletín Oficial del Estado, de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante la Viceconsejería de Administración y Planificación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vitoria-Gasteiz, 10 de mayo de 2005. -El Director, Ruben Mendiola Erkoreka.

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