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Documento BOE-A-2005-8144

Decreto 52/2005, de 10 de marzo, de alteración de límites municipales mediante la fijación de los que corresponden a los ayuntamientos de A Illa de Arousa y Vilanova de Arousa, relativo a la modificación del artículo 2º del Decreto 415/1996, de 21 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 2005, páginas 16731 a 16732 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2005-8144

TEXTO ORIGINAL

En fecha 28 de noviembre de 1996 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 415/1996, de 21 de noviembre, por el que se resolvía el expediente de segregación de parte del término municipal de Vilanova de Arousa (Pontevedra), para la posterior constitución de un ayuntamiento nuevo e independiente, llamado A Illa de Arousa, aprobándose, asimismo, las estipulaciones jurídicas y económicas que figuraban en el expediente y en las que se establecía la fórmula de distribución de cargas y derechos entre ambos ayuntamientos. En el artículo 2 del citado decreto se establecía que el territorio del nuevo municipio que se constituye es el que corresponde, en la actualidad, a la parroquia de San Xulián de Arousa, que coincide con la superficie de A Illa de Arousa. El Instituto Geográfico Nacional, remite un informe de fecha 16 de octubre de 2001 y uno de ratificación de fecha 1 de octubre de 2004, en el que manifiesta que, el término de A Illa de Arousa debe de estar constituido por el conjunto de tierras emergentes que integran el archipiélago correspondiente, criterio que tiene como base no solo la proximidad de las citadas tierras, si no también consideraciones de carácter geográfico y de futuros servicios que pudieran establecerse, y que el límite de los citados términos municipales se sitúa en el centro geométrico del puente que une ambos municipios. En lo que se refiere al expediente, éste fue tramitado de acuerdo con los principios contenidos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y en la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia, los artículos 2 y siguientes del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril) y los artículos 2 y siguientes del Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales (Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio), así como en las disposiciones concordantes, en los que se establece el procedimiento a seguir en el presente expediente. Considerando que de la documentación obrante en el expediente y de los informes elaborados por el Instituto Geográfico Nacional y de la Diputación Provincial de Pontevedra al respecto, y una vez evacuada la correspondiente audiencia a los dos ayuntamientos interesados, se desprende que los islotes Xidoiros deben figurar como parte integrante del Ayuntamiento de A Illa de Arousa y que el límite entre ambos ayuntamientos se sitúa en el centro geométrico del citado puente, se propone la modificación del artículo 2 del Decreto 415/1996, de 21 de noviembre, en el que definitivamente se incluya la adscripción de los islotes Xidoiros al Ayuntamiento de A Illa de Arousa y se sitúe el límite entre los citados términos en el centro geométrico del puente que une ambos ayuntamientos. A propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local, de acuerdo con el dictamen del Consello Consultivo de Galicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día diez de marzo de dos mil cinco,

DISPONGO:

Primero.-La modificación del artículo 2 del Decreto 415/1996, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el expediente de segregación de parte del término municipal de Vilanova de Arousa, para la posterior constitución de un ayuntamiento nuevo e independiente llamado A Illa de Arousa, en el que definitivamente se incluya la adscripión de los islotes Xidoiros al Ayuntamiento de A Illa de Arousa y se sitúe el límite entre los citados términos en el centro geométrico del puente que une ambos ayuntamientos, quedando el texto del siguiente modo: «El territorio del nuevo municipio que se constituye es el que corresponde, en la actualidad, a la parroquia de San Xulián de Arousa, que coincide con la superficie de A Illa de Arousa, incluyendo la adscripción de los islotes Xidoiros al ayuntamiento de A IIla de Arousa.

El límite entre los términos municipales de A Illa de Arousa y Vilanova de Arousa se sitúa en el centro geométrico del puente que une ambos ayuntamientos.»

Segundo.-Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de marzo de 2005.-El Presidente, Manuel Fraga Iribarne.-El Consejero de Justicia, Interior y Administración Local, Xesús Carlos Palmou Lorenzo.

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