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Documento BOE-A-2005-8078

Resolución de 11 de marzo de 2005, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se autoriza a la empresa Transformers Business Line Spain, SL, a realizar la verificación en origen de determinados transformadores de tensión y de intensidad que fabrica o importa.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2005, páginas 16630 a 16631 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2005-8078

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición y documentación aportada presentada por la entidad Transformers Business Line Spain, SL de CIF B-63655351, domiciliada en Vial Nord, número 5, de Montornés del Vallès (08170) Barcelona, para ser autorizada para realizar la verificación en origen de los transformadores de tensión -clases 0,2; 0,5; 1-y de intensidad -clases 0,2S; 0.5S; 0,2; 0,5-que fabrica y/o importa. Considerando el Real Decreto 385/2002, de 26 de abril, que modifica el Real Decreto 2018/1997, de 26 de diciembre, que aprueba el Reglamento de puntos de medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica (BOE núm. 115, de 14.05.2002) y el Real Decreto 1433/2002, de 27 de diciembre (BOE 31-12-02) que establece los requisitos de medida en baja tensión de consumidores y centrales de producción en Régimen Especial. De acuerdo con las competencias establecidas en el Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y reestructuración de diversos departamentos de la Administración de la Generalitat (DOGC. núm. 4054, de 22.01.2004), resuelvo:

Autorizar a la empresa Transformers Business Line Spain, SL de CIF B-63655351 a realizar la verificación en origen de los transformadores de tensión -clases 0,2; 0,5; 1-y de intensidad, -clases 0,2S; 0.5S; 0,2; 0,5-que fabrica y/o importa.

El contenido y el alcance de esta autorización se encontrará sujeto a las condiciones siguientes:

Primera.-Esta autorización será válida hasta que se establezca el procedimiento y condiciones de ejecución de la verificación en origen, según lo indicado en el articulo 11 del Real Decreto 2018/1997, de 28 de diciembre, y, si procede, según lo indicado en el artículo 8 del Real Decreto 1433/2002, de 27 de diciembre (BOE 31-12-02).

Segunda.-Transformers Business Line Spain, SL realizará los ensayos y las comprobaciones necesarias para dar plena garantía de que cada aparato responde al modelo autorizado para su uso e instalación en la red y que es conforme con la legislación y normas que le sean de aplicación. Tercera.-Cada transformador verificado llevará una etiqueta con las indicaciones siguientes:

02/003/VOXX

Los dos últimos dígitos XX son variables y corresponden a los dos dígitos finales del año en que se efectúa la verificación. Cuarta.-El laboratorio donde se realizarán la verificaciones en origen se encuentra en los locales que la empresa Transformers Business Line Spain, SL, tiene ubicados en Vial Nord, número 5, de Montornés del Vallès (08170) Barcelona. Quinta.-Esta Dirección General dispone de una relación de los instrumentos que forman parte de este laboratorio. Estos instrumentos tienen un carácter legal y deberán ser calibrados periódicamente en un laboratorio de calibración debidamente acreditado. Cualquier modificación o cambio de los instrumentos deberán ser notificados inmediatamente a esta Dirección General para su autorización. Los ensayos de la verificación en origen se llevarán a cabo en las instalaciones del laboratorio. Sexta.-Las instrucciones necesarias para el ejercicio de la actividad que se autoriza, así como las comprobaciones e inspecciones de la misma y de las circunstancias que han servido de base a esta resolución corresponderán al Servicio de Automóviles y Metrología. Séptima.-Esta autorización podrá ser revocada por esta Dirección general en caso de que se comprobase el incumplimiento de las garantías que representa la verificación en origen, así como de los requisitos de esta resolución y demás normativa aplicable a los transformadores de medida.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Trabajo e Industria de la Generalitat de Catalunya en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 11 de marzo de 2005.-El Director General, por delegación de firma, el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara

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