Por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 11 de diciembre de 2003 y Orden ECO/987/2004, de 27 de febrero, se concedieron incentivos a los expedientes que se citan en el anejo de la presente resolución. Resultando que, una vez remitidas las correspondientes resoluciones individuales y a pesar del tiempo transcurrido y de las reclamaciones efectuadas, de acuerdo con la comunicación del órgano competente de la Comunidad Autónoma, no consta que los interesados hayan aceptado aquellas, en forma, dentro del plazo de quince días hábiles, concedido a tal efecto. Vistos: La Ley 50/1985, de 27 de diciembre; el artículo 28 de Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla dicha Ley, modificado parcialmente por los Reales Decretos 897/1991, de 14 de junio, 302/1993, de 26 de febrero y el 2315/1993, de 29 de diciembre, el Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio, el apartado Segundo punto 3 de la Orden Ministerial de 23 de mayo de 1994 y demás legislación aplicable al caso. Esta Dirección General resuelve: Que se procede al archivo de los citados expedientes, al quedar sin efecto la concesión correspondiente, por haber transcurrido el plazo establecido sin que hayan quedado acreditadas las referidas aceptaciones.
Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Ministro de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación individual.
Madrid, 8 de abril de 2005.-El Director general, José Antonio Zamora Rodríguez.
ANEJO Zona de Promoción Económica de Asturias
Provincia de Asturias
Expediente: AS/898/P01. Empresa/localización: Vitro Flotado España, S. A.
Zona de Promoción Económica de Andalucía
Provincia de Sevilla
Expediente: SE/1207/P08. Empresa/localización: Publicaciones Digitales, S. A.
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