Visto el expediente de indulto de don Enrique Company Pellicer, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 22 de septiembre de 2003, resolutoria de un recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial, sección segunda, de Valencia, de 30 de enero de 2001, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y seis meses de prisión y multa de 30.000 euros, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de abril de 2005,
Vengo en conmutar a don Enrique Company Pellicer la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 22 de abril de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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