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Documento BOE-A-2005-7337

Resolución de 17 de marzo de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto «Defensa contra avenidas y protección de cauces del arroyo Martín Malillo a su paso por los Villares de Andúja. Término municipal Andújar (Jaén)», de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 2005, páginas 15460 a 15461 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2005-7337

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, establece en el artículo 1.2, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el anexo II de este Real Decreto legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático la formulación de las resoluciones sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia de la Administración General del Estado, reguladas por la legislación vigente. El proyecto Defensa contra avenidas y protección de cauces del arroyo Martín Malillo a su paso por los Villares de Andújar T.M Andújar (Jaén) se tipifica en el anexo II grupo 8, letra c) del Real Decreto legislativo 1302/1986. De acuerdo con el artículo 2.3 del Real Decreto Legislativo, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El objeto del proyecto es la recuperación hidrológica y ambiental del cauce del arroyo Martín Malillo de cara a preservar el poblado de los Villares de Andujar (Jaén) de posibles inundaciones y avenidas y garantizar la seguridad de las personas que allí habitan. Las actuaciones proyectadas consisten en reconstruir y mejorar la capacidad hidráulica del cauce y su resistencia estructural para que, en caso de desbordamientos no se produzcan roturas instantáneas en las motas y diques de contención. Así mismo se prevé la revegetación y siembra así como un riego por goteo de las plantaciones realizadas. La longitud de la zona de actuación será 2.999 metros. Analizadas las características de las actuaciones, la documentación ambiental presentada por el promotor, el informe de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y teniendo en consideración los criterios de selección contemplados en el anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimien-to de evaluación de impacto ambiental.

En consecuencia, en virtud del citado artículo 1.2, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático considera, a la vista del informe presentado por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de 17 de marzo de 2005, que por no preverse impactos adversos significativos en su ejecución, no es necesario aplicar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental dispuesto en el Real Decreto 1131/1988 las actuaciones definidas en el proyecto Defensa contra avenidas y protección de cauces del arroyo Martín Malillo a su paso por los Villares de Andújar T.M Andújar (Jaén). No obstante, el promotor deberá realizar las obras teniendo en consideración las observaciones que realice la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Madrid, 17 de marzo de 2005.-El Secretario General, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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