La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 22 de marzo de 2005, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en su reunión del día 4 de marzo de 2005, en el que se aprueba el acuerdo adoptado por la Junta Sectorial de Jueces de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, celebrada el 31 de enero de 2005, relativo a la aprobación de la modificación de las normas de reparto con objeto de adaptarlas a la atención de medidas cautelarísimas en materia de extranjería, de los Juzgados del mencionado orden jurisdiccional, del siguiente tenor literal:
«A) Normas comunes:
1.ª) Se establece un turno de reparto por semanas completas para conocer de las solicitudes de autorización de entrada y cualesquiera otras autorizaciones para ejecución de actuaciones administrativas. Esta regla también se aplicará en materia de extranjería en los supuestos previstos en el artículo 135 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La atribución de asuntos en materia de extranjería que se inicien con la solicitud de este incidente será compensada con los demás Juzgados en el turno ordinario y respecto de la misma materia.»
Madrid, 22 de marzo de 2005.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
HERNANDO SANTIAGO
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