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Documento BOE-A-2005-5920

Orden INT/934/2005, de 31 de marzo, por la que se crea el Centro de Inserción Social «El Urriellu», en Villabona, dependiente del Centro Penitenciario de Villabona.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 13 de abril de 2005, páginas 12660 a 12660 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2005-5920

TEXTO ORIGINAL

Principio fundamental del régimen abierto es hoy la reducción al máximo de la privación de libertad en que consiste la pena, para desarrollar de manera efectiva el postulado general de equiparación de las condiciones de vida y de intercomunicación entre la vida en prisión y el mundo exterior. Esto se trata de conseguir mediante la instauración de un régimen de vida lo más normalizado posible, sin un control permanente e inmediato de los internos por parte de los funcionarios y con múltiples espacios de libertad de movimiento en el centro y hacia el exterior. Desde el año 1991, en que se aprobó por el Consejo de Ministros el Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios, se ha producido una importante renovación en la red de establecimientos del sistema penitenciario, potenciándose, especialmente en estos últimos años, los dedicados a internos en régimen abierto, dado que el déficit inicial de plazas era notoriamente superior a la demanda real. La Administración Penitenciaria ha venido desempeñando un gran esfuerzo para poder atender mínimamente las exigencias que demanda el régimen abierto. Para solventar estas necesidades penitenciarias se inauguró el 23 de mayo de 1.994 un Centro de Inserción Social en Villabona, que pese a que no ha sido expresamente creado mediante la correspondiente Orden Ministerial, ha venido desempeñando una labor encomiable, llevando a cabo la reinserción social y la preparación para la vida en libertad, objetivo final de la ejecución de las penas privativas de libertad de nuestro sistema penitenciario, de todos los internos en él destinados. En virtud de cuanto antecede, dispongo:

Primero.-Crear, en el término municipal de Villabona, un Centro de Inserción Social, con la denominación de «Centro de Inserción Social El Urriellu», cuya organización, administración y funcionamiento se regirán por lo dispuesto en la legislación vigente.

Segundo.-El Centro de Inserción Social a que se ha hecho referencia en el apartado Primero, dependerá, orgánica y funcionalmente del Centro Penitenciario de Villabona, creado por Orden Ministerial de 30 de noviembre de 1992 (BOE de 11 de diciembre de 1992), lo que conllevará, en cuanto a la ordenación de recursos humanos, la adscripción general a éste del personal destinado en aquél. Tercero.-Autorizar al Director General de Instituciones Penitenciarias para que adopte cuantas medidas sean necesarias, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta Orden, concretando los distintos aspectos del destino y régimen penitenciarios que correspondan al nuevo Centro de Inserción Social y adoptando las actuaciones que procedan a fin de reordenar los recursos humanos disponibles.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de marzo 2005.

Alonso Suárez

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