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Documento BOE-A-2005-5242

Resolución de 3 de marzo de 2005, de la Dirección General de Agricultura, por la que se da publicidad al Acuerdo de modificación del Convenio de encomienda de gestión, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 1 de abril de 2005, páginas 11272 a 11275 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2005-5242

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Acuerdo de modificación del Convenio de encomienda de gestión, suscrito el 14 de noviembre de 2003, entre el Sr. Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Sr. Director del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Cataluña (IRTA).

Madrid, 3 de marzo de 2005.-El Director General, Ángel Luis Álvarez Fernández.

ACUERDO DE MODIFICACIÓN AL CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN, SUSCRITO EL 14 DE NOVIEMBRE DE 2003, ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA PESCA Y ALIMENTACIÓN Y EL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGROALIMENTARIA DE CATALUÑA (IRTA), PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS RELACIONADOS CON LOS PRECEPTIVOS EXÁMENES TÉCNICOS PARA EL REGISTRO DE VARIEDADES VEGETALES

En Madrid, a 1 de diciembre de 2004.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. don Santiago Menéndez de Luarca y Navia-Osorio, Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud del Real Decreto 675/2004, de 19 de abril (BOE 20 de abril), por el que se dispone su nombramiento, en nombre y representación del citado Departamento, conforme a las atribuciones delegadas en el apartado 19, del artículo 1, de la Orden Ministerial de 31 de marzo de 2003 (BOE de 3 de abril).

Y de otra, el Sr. don Josep Tarragó Colominas, Director General del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Cataluña, en adelante IRTA, en virtud del Decreto 335/1985, publicado en el DOG número 624, de 11 de diciembre de 1985, por el que se dispone su nombramiento, y en uso de las atribuciones que le son conferidas por la Ley 23/1985, de 28 de noviembre, por la que se crea el citado Organismo.

Ambas partes se reconocen entre sí la capacidad legal suficiente para obligarse en este acto y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha suscrito, el 14 de noviembre de 2003, un Convenio de encomienda de gestión con el IRTA, para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales, en concreto variedades de rosa y clavel, durante el período 2002-2005.

Segundo.-Que, debido a las necesidades de los Registros de Variedades de la Oficina Española de Variedades Vegetales, en adelante OEVV, se considera conveniente encomendar al IRTA la realización de trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades de nogal, durante el período 2004-2005. Tercero.-Que el IRTA, dispone de los medios humanos y materiales, así como una ubicación agroclimática idónea y de experiencia en la materia, para realizar los exámenes técnicos de las correspondientes especies de frutales tempranos.

En su virtud, ambas partes acuerdan la suscripción del presente Acuerdo de modificación del Convenio de encomienda de gestión, suscrito el 14 de noviembre de 2003, de conformidad y con sujeción a la siguiente:

CLÁUSULA ÚNICA

1. Se modifica el Anexo 1 del Convenio de encomienda de gestión, suscrito entre las partes, el 14 de noviembre de 2003, al objeto de incluir en el mismo el examen técnico para el registro de variedades de nogal, quedando redactado, finalmente, como figura en el presente Acuerdo de modificación (Anexo 1 adjunto).

2. Se modifica el Anexo 2 del Convenio de encomienda de gestión, suscrito entre las partes, el 14 de noviembre de 2003, al objeto de incluir en el mismo el protocolo de operaciones para la realización del examen técnico, ensayos e identificación de variedades de nogal, para los registros de variedades comerciales y protegidas, quedando redactado, finalmente, como figura en el presente Acuerdo de modificación (Anexo 2 adjunto). 3. Se modifica la cláusula cuarta, del Convenio de encomienda de gestión, suscrito entre las partes, el 14 de noviembre de 2003, quedando redactada de la siguiente forma:

«Cuarta. Financiación y forma de pago.-La valoración de estos trabajos, según desglose especificado en el Anexo 1, asciende, como máximo, por la totalidad de los trabajos relacionados con el examen técnico, a la cantidad de ciento veinte mil ciento veintidós euros (120.122,00 €), desglosados de la siguiente manera: Ejercicio 2003: Treinta y seis mil sesenta y un euros (36.061,00 €). Incluye los trabajos correspondientes a: Año 2002: Dieciocho mil treinta euros con cincuenta céntimos de euro (18.030,50 €). Año 2003: Dieciocho mil treinta euros con cincuenta céntimos de euro (18.030,50 €). Ejercicio 2004: Cuarenta y dos mil treinta euros con cincuenta céntimos de euro (42.030,50 €). Ejercicio 2005: Cuarenta y dos mil treinta euros con cincuenta céntimos de euro (42.030,50 €). Estas cantidades serán satisfechas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la Dirección General de Agricultura, con cargo a la partida presupuestaria 21.21.713D640.08, a la c/c n.º 0081-0025-26-0003172522, del Banco de Sabadell, Oficina 25 del P.º de Gracia, n.º 36, de Barcelona, del Institut de Recerca i Tecnologia Agroalimentáries (IRTA), tras la presentación del correspondiente informe del ensayo anual, una vez finalizados los trabajos realizados, y previa comprobación de que dicho informe se ha presentado de acuerdo con los protocolos en vigor y con arreglo al programa de trabajo del Anexo 2. El abono de los trabajos correspondientes a 2002, junto con los correspondientes a 2003, se realizará con cargo al presupuesto del año 2003.»

4. Se modifica la cláusula quinta, del Convenio de encomienda de gestión, suscrito entre las partes, el 14 de noviembre de 2003, con el fin de modificar la composición de la Comisión de seguimiento, quedando redactado como figura a continuación:

«Quinta. Comisión de seguimiento.-Con el fin de articular el seguimiento de la ejecución de las medidas previstas en el presente Convenio de Encomienda de Gestión y proceder a su interpretación, se crea una Comisión de seguimiento con la siguiente composición y funciones: Composición: la Comisión estará formada por dos representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma y dos representantes del IRTA, a propuesta de cada una de las partes. Funciones: Realizar el seguimiento de las actuaciones objeto de Convenio. Analizar y proponer las soluciones a los problemas técnicos que puedan surgir relacionados con la ejecución de las actuaciones objeto de la Encomienda de Gestión. Resolver cualquier conflicto interpretativo que plantee la ejecución del presente Convenio. Esta Comisión se reunirá al menos una vez al año, y en todo caso, siempre que lo solicite alguno de sus miembros. En todo lo no específicamente previsto sobre el funcionamiento de esta Comisión, serán de aplicación las normas sobre órganos colegiados previstas en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

En prueba de conformidad, así como para la debida constancia de lo convenido, ambas partes firman el presente Acuerdo de modificación al Convenio de encomienda de gestión, suscrito el 14 de noviembre de 2003, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.

Por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Santiago Menéndez de Luarca y Navia-Osorio.-Por el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Cataluña (IRTA), Josep Tarragó Colominas.

ANEXO 1 Examen Técnico para el Registro de Variedades

1.1 Ensayos de identificación de variedades de rosa y clavel. A continuación se indica el presupuesto de los ensayos de identificación de variedades de rosa y clavel, calculado teniendo en cuenta los datos indicados en la Memoria. El número de variedades incluye el número de variedades solicitadas y el número de variedades de la colección de referencia.

Ensayos de identificación de rosa y clavel correspondientes a 2002

Especie

Localidad

N.º Variedades

Presupuesto €

Rosa y clavel

Cambrils (Barcelona)

35

18.030,50

Ensayos de identificación de rosa y clavel correspondientes a 2003

Especie

Localidad

N.º Variedades

Presupuesto €

Rosa y clavel

Cambrils (Barcelona)

35

18.030,50

Ensayos de identificación de rosa y clavel correspondientes a 2004

Especie

Localidad

N.º Variedades

Presupuesto €

Rosa y clavel

Cambrils (Barcelona)

35

18.030,50

Ensayos de identificación de rosa y clavel correspondientes a 2005

Especie

Localidad

N.º Variedades

Presupuesto €

Rosa y clavel

Cambrils (Barcelona)

35

18.030,50

1.2 Ensayos de identificación de variedades de nogal, mediante ensayos de campo.

A continuación se indica el presupuesto de los ensayos de identificación de nogal, calculado teniendo en cuenta los datos indicados en la Memoria. El número de variedades incluye el número de variedades solicitadas y el número de variedades de la colección de referencia.

Ensayos de identificación de nogal correspondientes a 2004

Especie

Localidad

N.º Variedades

Presupuesto €

Nogal

Constantí (Tarragona)

10

19.500,00

Ensayos de identificación de nogal correspondientes a 2005

Especie

Localidad

N.º Variedades

Presupuesto €

Nogal

Constantí (Tarragona)

10

19.500,00

1.3 Ensayos de identificación de variedades de nogal, mediante marcadores moleculares.

A continuación se indica el presupuesto de los ensayos de identificación de variedades de nogal, mediante marcadores moleculares, para el año 2004 -año de comienzo de los trabajos de puesta a punto de la técnica-y para el año 2005, calculado teniendo en cuenta los datos indicados en la memoria así como el número de pruebas a realizar. En la medida que la metodología cubra su fase de puesta a punto, las pruebas serán análisis definitivos:

Ensayos de identificación de nogal correspondientes a 2004

Especie

Localidad

N.º Variedades

Presupuesto €

Nogal

Constantí (Tarragona)

150

4.500,00

Ensayos de identificación de nogal correspondientes a 2005

Especie

Localidad

N.º Variedades

Presupuesto €

Nogal

Constantí (Tarragona)

150

4.500,00

Resumen por anualidades de los presupuestos de esta encomienda de gestión

Trabajo encomendado

2002

2003

2004

2005

Total €

Identificación rosa y clavel

18.030,50

18.030.50

18.030,50

18.030,50

72.122,00

Identificación de nogal, mediante ensayos campo .

0,00

0,00

19.500,00

19.500,00

39.000,00

Identificación de nogal, mediante marcadores moleculares

0,00

0,00

4.500

4.500,00

9.000,00

Total

18.030,50

18.030.50

42.030,50

42.030,50

120.122,00

ANEXO 2

2.1 Protocolo de operaciones para la realización del examen técnico -ensayos de identificación- de variedades de rosa y de clavel para el registro de variedades protegidas.

Localización: Cabrils (Barcelona), en terrenos del IRTA.

Plan de trabajo anual

1. Recepción del material vegetal enviado, llevando un libro Registro de entrada.

2. Control del estado sanitario del material recibido. 3. Almacenamiento del material en condiciones adecuadas hasta que se realice la plantación o siembra. 4. Plantación o siembra y cultivo del material recibido, aplicando las técnicas y tratamientos precisos para disponer del número de plantas adecuadas para realizar las observaciones. 5. Comunicación a la OEVV de la recepción del material y de la ejecución de las plantaciones o siembras. 6. Mantenimiento y cultivo de las plantas objeto del examen técnico y de aquellas que constituyen la colección de referencia o los testigos. En dicha colección se irán incluyendo todas las variedades protegidas en la medida que sea posible. 7. Ejecución de las observaciones y toma de datos siguiendo las listas de caracteres, niveles de expresión y metodología determinados por la OEVV. Tratamiento de los datos obtenidos. 8. Elaboración de informes definitivos o parciales, sobre las variedades en ensayo. La OEVV colaborará en el tratamiento de los datos para el estudio de distinguibilidad con sus medios de cálculo. Deberá remitirse a la OEVV un informe anual antes del final de campaña que incluirá los siguientes datos:

Situación del registro de entradas.

Listado de variedades cuya descripción está en examen. Informe de distinguibilidad y ficha descriptiva completa de cada una de las variedades que hayan terminado su examen en la campaña con los datos medios de los años de ensayo. Los documentos gráficos de cada una de las variedades que hayan terminado su examen en formato y fondo homogéneos. Informe complementario de los caracteres más significativos para distinguir las variedades examinadas en inspección de campo.

9. Prestación de asistencia técnica, a requerimiento de la OEVV para casos de contravención de derechos, elaboración de informes, levantamiento de actas y peritaje en casos de infractores de los derechos del obtentor.

10. Inclusión en el campo de identificación, a requerimiento de la OEVV, así como estudios y elaboración de informes, de material y de muestras recogidas en levantamiento de actas motivadas por infracciones o denuncia de contravenciones. 11. Colaboración con la OEVV en las eventuales revisiones de metodología de trabajo.

Informe relativo al examen técnico para variedades protegidas

Número de referencia de la Autoridad informante: Autoridad solicitante: Número de referencia de la Autoridad solicitante: Referencia del obtentor: Fecha de presentación de la solicitud en el estado solicitante: Solicitante (nombre y dirección): Agente (nombre y dirección) (si procede): Nombre botánico del taxón: Nombre común del taxón: Denominación de la variedad:  Obtentor (nombre y dirección):  Autoridad examinadora: Estación (es) y lugar (es) del examen:  Período de realización del examen:  Fecha y lugar de emisión del documento:  

Resultados del examen técnico y conclusión

Informe sobre la distinción: La variedad

Se distingue claramente de cualquier otra variedad.

No se distingue claramente de las demás variedades de la colección de referencia empleada.

Informe sobre la homogeneidad:

La variedad Es suficientemente homogénea.

No es suficientemente homogénea habida cuenta de las particularidades que presente su reproducción sexuada o su multiplicación vegetativa.

Informe sobre la estabilidad

No se ha observado ningún problema de estabilidad Se han observado problemas de estabilidad en sus características esenciales.

En caso de conclusión positiva, una descripción de la variedad figura en anexo al presente informe.

Observaciones: Fecha: Firma:

2.2 Protocolo de operaciones para la realización del examen técnico -ensayos de identificación- de variedades de nogal, para el Registro de Variedades Protegidas.

Localización:

Centro experimental Mas Bové, Constantí (Tarragona).

Plan de trabajo anual

1. Recepción del material vegetal enviado, llevando un libro Registro de entrada. 2. Control del estado sanitario del material recibido. 3. Almacenamiento del material en condiciones adecuadas hasta que se realice la plantación o siembra. 4. Plantación o siembra y cultivo del material recibido, aplicando las técnicas y tratamientos precisos para disponer del número de plantas adecuadas para realizar las observaciones. 5. Comunicación a la OEVV de la recepción del material y de la ejecución de las plantaciones o siembras. 6. Mantenimiento y cultivo de las plantas objeto del examen técnico y de aquellas que constituyen la colección de referencia o los testigos. En dicha colección se irán incluyendo todas las variedades protegidas en la medida que sea posible. 7. Ejecución de las observaciones y toma de datos siguiendo las listas de caracteres, niveles de expresión y metodología determinados por la OEVV. Tratamiento de los datos obtenidos. 8. Elaboración de informes definitivos o parciales, sobre las variedades en ensayo. La OEVV colaborará en el tratamiento de los datos para el estudio de distinguibilidad con sus medios de cálculo. Deberá remitirse a la OEVV un informe anual antes del final de campaña que incluirá los siguientes datos:

Situación del registro de entradas.

Listado de variedades cuya descripción está en examen. Informe de distinguibilidad y ficha descriptiva completa de cada una de las variedades que hayan terminado su examen en la campaña con los datos medios de los años de ensayo. Los documentos gráficos de cada una de las variedades que hayan terminado su examen en formato y fondo homogéneos. Informe complementario de los caracteres más significativos para distinguir las variedades examinadas en inspección de campo.

9. Prestación de asistencia técnica, a requerimiento de la OEVV para casos de contravención de derechos, elaboración de informes, levantamiento de actas y peritaje en casos de infractores de los derechos del obtentor.

10. Inclusión en el campo de identificación, a requerimiento de la OEVV, así como estudios y elaboración de informes, de material y de muestras recogidas en levantamiento de actas motivadas por infracciones o denuncia de contravenciones. 11. Colaboración con la OEVV en las eventuales revisiones de metodología de trabajo.

Informe relativo al examen técnico para variedades protegidas

Número de referencia de la Autoridad informante: Autoridad solicitante: Número de referencia de la Autoridad solicitante: Referencia del obtentor: Fecha de presentación de la solicitud en el estado solicitante: Solicitante (nombre y dirección): Agente (nombre y dirección) (si procede): Nombre botánico del taxón:  Nombre común del taxón:  Denominación de la variedad:  Obtentor (nombre y dirección):  Autoridad examinadora:  Estación (es) y lugar (es) del examen  Período de realización del examen: Fecha y lugar de emisión del documento:

Resultados del examen técnico y conclusión

Informe sobre la distinción: La variedad

Se distingue claramente de cualquier otra variedad.

No se distingue claramente de las demás variedades de la colección de referencia empleada.

Informe sobre la homogeneidad:

La variedad

Es suficientemente homogénea.

No es suficientemente homogénea habida cuenta de las particularidades que presente su reproducción sexuada o su multiplicación vegetativa.

Informe sobre la estabilidad:

No se ha observado ningún problema de estabilidad

Se han observado problemas de estabilidad en sus características esenciales.

En caso de conclusión positiva, una descripción de la variedad figura en anexo al presente informe.

Observaciones:

Fecha: Firma:

Memoria del acuerdo de modificación al Convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria (IRTA), suscrito el 14 de noviembre de 2003, para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales

Trabajo adicional convenido: Exámenes técnicos de variedades de nogal para el registro de variedades comerciales y el registro de variedades protegidas.

Razones que justifican la modificación al Convenio de encomienda de gestión: El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación suscribió un Convenio de encomienda de gestión con el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria (IRTA), para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales, en concreto variedades de rosa y clavel, para el período 2002-2005, para cubrir las necesidades que genera la actividad de los registros de la Oficina Española de Variedades Vegetales. En la actualidad, además de los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades de rosa y clavel, la actividad de los Registros de Variedades requiere realizar los exámenes técnicos de variedades de nogal. Por tanto, se considera conveniente modificar el citado Convenio suscrito con el fin de ampliar su alcance a esta especie vegetal. Financiación presupuestaria: Los trabajos incluidos en esta modificación al Convenio de encomienda de gestión comprenden un período de dos años, desde 2004 a 2005. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene contemplada su financiación a través de la Dirección General de Agricultura, con cargo a la partida presupuestaria 21.21.713D640.08, en la línea de actuación: «Registros de variedades vegetales y control y certificación de los materiales de reproducción». A continuación se indica el sistema empleado para el cálculo del presupuesto de los ensayos de identificación a realizar por el IRTA, en el período que comprende la modificación al Convenio de encomienda de gestión, con expresa indicación del presupuesto individual de los mismos. 1. Identificación de variedades de nogal, mediante ensayos de campo.

Los ensayos tienen un gasto fijo anual, que incluye las labores de preparación, mantenimiento, cultivo y tratamientos de la parcela de ensayo y de la parcela de la colección de referencia. Además, deben añadirse los gastos variables, derivados del trabajo de laboratorio, gabinete, toma de muestras y realización de observaciones de caracteres que dependen del número de variedades a describir.

El coste anual de los ensayos se calcula sumando el coste fijo más el coste variable, obtenido de multiplicar el coste unitario por variedad y año por el número de variedades sobre las que se han efectuado trabajos ese año. Labores de preparación, plantación y mantenimiento: incluye el laboreo del suelo, riego, aplicación de fertilizantes y fitosanitarios, mantenimiento de la colección de referencia de variedades, etc.: 13.500,00 euros/año. Trabajos de laboratorio y gabinete: incluye la realización de observaciones, toma de muestras, registros y datos sobre material vegetal, caracterización de las variedades, elaboración de informes: 600 euros/variedad y año.

1.2 Análisis de Identificación varietal de nogal, mediante marcadores moleculares.

El coste de estos análisis es variable, en función del número de pruebas sobre las variedades a describir y las variedades de la colección de referencia. El coste de los análisis de identificación varietal, mediante marcadores moleculares, es de 30,00 euros/prueba y año. El coste anual se calcula multiplicando en número de pruebas por el coste unitario por prueba y año.

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