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Documento BOE-A-2005-5087

Resolución de 1 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria y Energía, de la Consejería de Industria y Tecnología, por la que se concede la aprobación de modelo de un instrumento para la medición de caudales de agua con limitación de uso para agricultura, marca Bermad, modelo 900 W ángulo 90º de calibre 80 mm., clase A, presentado por la empresa Uralita Sistemas de Tuberías, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 2005, páginas 10867 a 10868 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2005-5087

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por la empresa Uralita Sistemas de Tuberias, S.A., Polígono Industrial Alces s/n, 13600, Alcázar de San Juan (Ciudad Real), a través de D. Rafael Martínez Ramírez, con D.N.I. 70.736.776-T, para obtener la Aprobación de Modelo de un instrumento para la medición de caudales de agua con limitación de uso para agricultura, marca Bermad, modelo 900 W ángulo 90.º de calibre 80 mm., clase A. Vista la documentación complementaria presentada con dicha solicitud, en la que incluye la Memoria Técnica, donde se describen características técnicas y metrológicas del instrumento, así como los planos del mismo. Visto el Informe sobre los ensayos para la Aprobación de Modelo del instrumento para la medición de caudales de agua con limitación de uso para agricultura, marca Bermad, modelo 900 W ángulo 90.º de calibre 80 mm., clase A, emitido por el Laboratorio de Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. (VEIASA). Considerando que los ensayos recogidos en ese Informe cumplen con los requisitos establecidos en la Orden del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, de 28 de diciembre de 1988.

Fundamentos de derecho

Primero.-La Resolución se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, Real Decreto 1616/1985, de 11 de Septiembre, para el que se establece el Control Metrológico del Estado, y la Orden de 28 de diciembre de 1988, para la que se regula los contadores de agua fría.

Segundo.-El Decreto 89/2004 fija la estructura y competencias de la Consejería de Industria y Tecnología. Esta Dirección General, en uso de sus atribuciones resuelve:

Primero.-Conceder la Aprobación de Modelo, a favor de la entidad Uralita Sistemas de Tuberías, S.A. con registro de control metrológico 11-A-001, de un instrumento para la medición de caudales de agua con limitación de uso para agricultura, marca Bermad, modelo 900 W ángulo 90º de calibre 80 mm., clase A.

Segundo.-Las características metrológicas se resumen en el siguiente cuadro:

Marca y Modelo

Bermad 900 W ángulo 90º

Caudal máximo (Qmax)

80 m3/h

Caudal Nominal(Qn)

40 m3/h

Calibre

80 mm.

Pérdida de carga a Qmax

<1 bar

Clase

A

Temperatura de servicio

0 ºC a 30 ºC

Presión máxima de servicio

10 bar

Capacidad de totalizador

999.999 m3

Escalón de verificación

20 litros

Posición de funcionamiento del totalizador

V-vertical

H-horizontal

Tercero.-El signo de aprobación de modelo asignado será:

11

A-001

05.001

Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo a que se refiere esta Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible e indeleble, las siguientes inscripciones de identificación:

Fabricante: Bermad.

Modelo: 900 W ángulo 90º Importador: Uralita Sistemas de Tuberías, S.A. Clase Metrológica: A. Caudal Nominal: Qn = 40 m3/h. Año de fabricación y número de contador: Una flecha que indique el sentido del flujo. Las letras V/H. Signo de Aprobación de Modelo.

Quinto.-Para garantizar un correcto funcionamiento de los sistemas se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en los planos contenidos en la memoria y en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.

Sexto.-Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en la memoria de Aprobación de Modelo y en el Anexo del Certificado. Séptimo.-De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente Aprobación de Modelo tiene un plazo de validez de 10 años desde la fecha de la Resolución, pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa petición del titular de la misma. La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria y Tecnología, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes previsto en el artículo 115 de dicha norma legal. Toledo, 1 de febrero de 2005.-El Director General, José Manuel Martínez García.

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