La disposición final tercera de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, emplazaba al Gobierno para que en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley, modificase el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad. En cumplimiento de este mandato legal, por Real Decreto 338/2004, de 27 de febrero, se procedió a modificar la composición del Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad con el objetivo de potenciar el diálogo civil y dar así un mayor protagonismo a las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias en todas aquellas decisiones que afecten a sus legítimos intereses. Por Orden TAS/2007/2004, de 17 de junio, se hizo pública la designación de los vocales del Consejo del Real Patronato, entre los que se encuentra doña María Ángeles Figueredo Delgado, en representación de las organizaciones de las personas con discapacidad y sus familias. Habiendo cesado la interesada en su puesto de vocal del Comité Español de Representantes de las Personas con Discapacidad, procede su sustitución en el Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad, por lo que
Visto lo dispuesto en el artículo 5.1, letra b), número 5.º del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, en la nueva redacción dada al mismo por el Real Decreto 338/2004, de 27 de febrero, y como Presidente del Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad, vengo a designar a doña María Luz Sanz Escudero vocal del Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad, en representación de las organizaciones de personas con discapacidad y sus familias.
Madrid, 9 de marzo de 2005.
CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN
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