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Documento BOE-A-2005-494

Resolución de 20 de diciembre de 2004, de la Secretaría General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 11 de enero de 2005, páginas 919 a 924 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2005-494

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el punto 6 del apartado primero de la Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de junio de 2000, por la que se regula la obtención y rendición de cuentas a través de soporte informático para los organismos públicos a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Agencia Española de Cooperación Internacional correspondientes al ejercicio 2003, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 20 de diciembre de 2004.-El Secretario General, Juan Pablo de Laiglesia.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

Memoria sobre organización

Actividad de la entidad

Corresponde a la AECI, sin perjuicio de las competencias de los distintos Departamentos ministeriales y sus entidades y organismos, la consecución de los siguientes fines:

Propiciar el crecimiento económico.

Contribuir al progreso social, cultural, institucional y político de los países en vías de desarrollo y, en especial, aquellos vinculados con España por razones históricas o culturales. Fomentar la cooperación cultural y científica con los países en vías de desarrollo. Asegurar la concertación de las políticas de desarrollo con los países desarrollados, especialmente en el ámbito de la Unión Europea.

Para el cumplimiento de los fines mencionados, la AECI está facultada para ejercer las funciones siguientes:

Apoyar al Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica en su función de asistencia al Ministro de Asuntos Exteriores en la definición y ejecución de la política de cooperación para el desarrollo, llevando a cabo las tareas de programación, ejecución, seguimiento y control de las actividades.

Fomentar la cooperación cultural y la promoción de la cultura española con los países en vías de desarrollo, sin perjuicio de las competencias propias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y otros órganos y organismos de la Administración General del Estado. Diseñar, coordinar y ejecutar programas y proyectos de cooperación para el desarrollo en el campo económico, así como en los de carácter social, cultural, educativo, científico y técnico, sin perjuicio de las competencias y actividades desarrolladas en estos ámbitos por otros Departamentos ministeriales. Asegurar y, en su caso, coordinar la presencia institucional de España en organismos internacionales no financieros de desarrollo, sin perjuicio de las competencias asignadas a otros Departamentos ministeriales. Apoyar e incentivar las iniciativas públicas o privadas que contribuyan a la consecución de los fines de la Agencia. Realizar y difundir estudios relevantes para el progreso de los países menos desarrollados. Prestar apoyo y colaboración a otros Departamentos ministeriales en el desarrollo de programas y proyectos de cooperación internacional, actividad de formación mediante cursos, prácticas, etc.

Estructura organizativa básica de la entidad y su organización contable

La Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores a través de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica (SECIPI), se estructura según lo dispuesto en el Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre (Estatuto de la AECI). Está dirigida por un Presidente, al que corresponden las funciones y competencias que le atribuye el Estatuto, relativas a: representación; consecución de los fines; propuestas sobre la estructura orgánica, directrices generales; programas de actividades; aprobación del anteproyecto de presupuesto; ordenación de pagos, y nombramiento de los Subdirectores generales de la Agencia. Corresponde al Secretario General la dirección ordinaria de la Agencia, así como asumir las funciones del Presidente en caso de ausencia, vacante, enfermedad u otro impedimento legal, además de la elaboración de propuestas de asuntos atribuidos al Presidente: ejecutar acuerdos; dirección de personal; funcionamiento de los servicios; elaborar el anteproyecto de presupuesto; participar en el Consejo de Cooperación; cualquier otra función delegada por el Presidente o que le confiera la normativa vigente. Bajo la dependencia inmediata del Secretario General se encuentran la Dirección General de Cooperación con Iberomérica, la Dirección General de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental y la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas. Además cuenta con las unidades orgánicas siguientes:

Gabinete Técnico.

Vicesecretaría General. Subdirección General de Cooperación Multilateral y Horizontal.

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