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Documento BOE-A-2005-4744

Resolución de 22 de febrero de 2005, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de cooperación transfronteriza entre el municipio de Benasque y el municipio de Bagnères de Luchon (Francia), relativo al conocimiento y divulgación de la historia de sus respectivos hospitales a pie de puerto.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2005, páginas 10081 a 10081 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2005-4744

TEXTO ORIGINAL

Una vez suscrito el convenio de cooperación transfronteriza entre el Municipio de Benasque y el Municipio de Bagnères de Luchon (Francia) relativo al conocimiento y divulgación de la historia de sus respectivos hospitales a pie de puerto, el Municipio de Benasque ha interesado que el requisito de su publicación oficial, exigido por el artículo 2 del Real Decreto 1317/1997, de 1 de agosto, se cumplimente a través de esta Secretaría de Estado, según recoge el apartado quinto del Acuerdo de la Comisión Nacional de Administración Local para la aplicación de dicho Real Decreto.

Por ello, esta Secretaría de Estado ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del convenio expresado, cuyo texto figura tras esta resolución.

Madrid, 22 de febrero de 2005.-El Secretario de Estado, José Luis Méndez Romeo.

CONVENIO DE COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA ENTRE EL MUNICIPIO ESPAÑOL DE BENASQUE Y EL MUNICIPIO FRANCÉS DE Bagnères DE LUCHON SOBRE LA COLABORACIÓN MUTUA PARA EL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN DE LA HISTORIA DE SUS RESPECTIVOS HOSPITALES A PIE DE PUERTO Preámbulo

Tras años de abandono, los dos emblemáticos establecimientos asistenciales que, desde la Edad Media, han sostenido la comunicación entre ambas vertientes del Pirineo, se encuentran en proceso de rehabilitación.

Ambos establecimientos (el «Hospital de Benasque» y el «Hospice de France») son actualmente, desde los siglos XVI-XVII, propiedad de los respectivos Ayuntamientos de Benasque y Bagnères de Luchon. La reconstrucción arquitectónica de sus edificios, encaminada a su conversión en establecimientos hosteleros (proceso consolidado en Benasque y con proyecto aprobado para Luchon) es perfectamente compatible con el recuerdo y el reconocimientos de su importancia histórica. Para no olvidar sus antiguas raíces, y en consonancia con las actuales tendencias turísticas que demandan productos culturales de calidad, parece conveniente facilitar al visitante de ambos hospitales un espacio apropiado donde se muestre, de forma amena, una visión del origen, funciones y evolución histórica de tan singulares edificios. Tras la realización de un estudio histórico-arqueológico coordinado entre ambas vertientes, a raíz del estudio del «Camino histórico Roda de Isábena-Saint Bertrand de Comminges», se ha tenido la oportunidad de localizar fondos documentales, hasta ahora inéditos, sobre los hospitales de Benasque y Luchón, en sus respectivos archivos municipales (o en otros archivos públicos). Buena parte de esta documentación es susceptible de formar parte de las exposiciones didácticas que se ubicarían en ambos edificios. Una primera investigación sobre los dos archivos establece que ambos fondos documentales son perfectamente complementarios, de modo que un mutuo conocimiento de los fondos permitirá una visión histórica más completa de los hospitales de Benasque y Luchon. Para plasmar la colaboración que las circunstancias reseñadas aconsejan, ambos municipios deciden suscribir el presente convenio con arreglo al Tratado entre el Reino de España y la República Francesa sobre cooperación transfronteriza entre entidades territoriales, hecho en Bayona el 10 de marzo de 1995, con las siguientes cláusulas:

Convenio

Primera.-Dentro del ámbito de las competencias reconocidas a ambos municipios en la respectiva legislación española y francesa, los Ayuntamientos de Benasque y Bagnères de Luchón acuerdan desarrollar una colaboración mutua para el intercambio de documentación histórica, conservada en sus respectivos Archivos Municipales, que tenga relación directa con sus respectivos hospitales, con los caminos que los unían y con las personas que los utilizaban; así como con las diversas circunstancias administrativas que favorecían el intercambio comercial y humano entre ambas vertientes.

Segunda.-Los Ayuntamientos de Benasque y Bagnères de Luchón se comprometen a establecer los mecanismos concretos de consulta que favorezcan la investigación de los fondos documentales depositados en sus respectivos archivos. Tercera.-Los fondos documentales localizados en cada uno de los archivos, que sean susceptibles de formar parte de las exposiciones didácticas en proyecto, se ofrecerán debidamente reproducidos como intercambio mutuo. Cuarta.-Cada uno de los Ayuntamientos de Benasque y Bagnères de Luchon facilitarán el acceso y consulta de sus archivos a los investigadores que, implicados en este proyecto, avalen cada uno de lo Ayuntamientos respectivos. Quinta.-Si la calidad de la información histórica localizada así lo aconseja, los Ayuntamientos firmantes de este convenio, de común acuerdo, apoyarán la realización y edición de una publicación conjunta y bilingüe con el fin de divulgar la importancia y singularidad de ambos hospitales, al tiempo que se contribuye al establecimiento de los históricos lazos de hermandad que unieron a los habitantes de Benasque y Bagnères de Luchón a lo largo de los siglos. Sexta.-Las obligaciones que deban cumplirse por los Ayuntamientos de Benasque y de Bagnères de Luchon en virtud del presente convenio se regirán por el Derecho español cuando deban ejecutarse en España y por el Derecho francés cuando deban hacerlo en Francia. En el caso de que resulte preciso celebrar contratos públicos, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el art. 8 del Tratado de Bayona. Séptima.-El presente convenio tendrá una vigencia de 10 años, prorrogables por 5 años más mediante acuerdo expreso de los firmantes. Cualquiera de las dos partes podrá denunciar el presente convenio notificándolo a la otra parte al menos tres meses antes.

Y para que conste su entrada en vigor; los Sres. Alcaldes de Bagnères de Luchon y de Benasque lo aprueban y lo ratifican. En Luchon a 21 de diciembre de 2004.-El Alcalde de Benasque, José Ignacio Abadias Mora.-El Alcalde de Bagnères de Luchon, Rene Rettig

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