De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.3 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y en el artículo 129. 3 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, se pone en conocimiento del público en general y de los asegurados en particular que el Instituto per la vigilanza sulle assicurazioni private (ISVAP), órgano de control de las entidades aseguradoras de Italia, ha comunicado la aprobación con fecha 21.9.04 y con fecha de toma de efectos 1.12.04 de la fusión de la entidad Toro Assicurazioni S.P.A por la entidad Ronda S.P.A, la cual como consecuencia de la fusión ha cambiado su denominación por la de Toro Assicurazioni S.P.A.
Se advierte que los contratos de seguro afectados por dicha fusión que asuman riesgos o compromisos localizados en territorio español, podrán ser rescindidos por los tomadores en el plazo de un mes desde la presente publicación, teniendo derecho al reembolso de la parte de prima no consumida.
Madrid, 21 de febrero de 2005.-El Director General, Ricardo Lozano Aragüés.
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