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En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. núm. 16, de 20 de enero) y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios. El Rector, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la citada norma, así como en el artículo 47 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. núm. 16, de 20 de enero); y una vez cumplidas las formalidades contenidas en el artículo 125 de los citados Estatutos, previo acuerdo con la Junta Personal de Administración y Servicios, ha resuelto convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala Auxiliar de Administración General, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 46 plazas por el sistema de general de acceso libre a la Escala Auxiliar de la Universidad Carlos III de Madrid.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, de Universidades, los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. número 16, de 20 de enero) y las bases de esta convocatoria. 1.3 Se reservan dos plazas para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento siempre que se reúnan los requisitos que se establecen en la ley 53/2003, de 10 de diciembre (B.O.E. del 11), sobre empleo público de discapacitados. 1.4 El temario que ha de regir las pruebas figura en el Anexo II de la presente convocatoria. 1.5 El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el Anexo III de la presente convocatoria. 1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo del mismo. 1.7 El ejercicio obligatorio se iniciará a partir del 1 de mayo de 2005. 1.8 Sin perjuicio de lo dispuesto en estas bases en lo relativo a publicaciones y notificaciones a los interesados, la convocatoria, la información sobre el desarrollo del proceso selectivo así como las resoluciones del Tribunal y del Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad Carlos III de Madrid se harán igualmente públicas en la página web de la Universidad Carlos III de Madrid (http://www.uc3m.es).
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la Función Pública, y en particular: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, ascendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria. d) Estar en posesión del Título de Bachiller elemental, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación, o en condiciones de obtenerla en la referida fecha. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública. f) En el caso de aspirantes a las plazas reservadas a personas afectadas de minusvalías, deberán presentar una discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña como Anexo I a la presente convocatoria, la cual podrá obtenerse en la página web de la Universidad Carlos III de Madrid (http://www.uc3m.es) y se facilitará en el Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, avenida de la Universidad Carlos III, n.º 22, de Colmenarejo (28270 Madrid), calle Madrid, 126, de Getafe (28903 Madrid), o calle Butarque, 15, de Leganés (28911 Madrid).
3.2 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al Magnífico y Excelentísimo Señor Rector de la Universidad Carlos III de Madrid. 3.3 Los derechos de examen serán de 12,12 euros. Estos derechos se ingresarán bien directamente o mediante transferencia bancaria en el BBV-Argentaria (0182), sucursal 9059, Getafe (Madrid), D.C. 29, n.º de cuenta 0203893031, de la Universidad Carlos III de Madrid, realizando el ingreso en concepto de «Pruebas Selectivas Escala Auxiliar de Administración General. Universidad Carlos III de Madrid». Estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, expedido por la Administración Pública competente. Igualmente, estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas que figurasen como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de dos años referida a la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria (Ley 6/2000, de 19 de mayo, por la que se modifica el artículo 199 bis de la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid). En la solicitud deberá figurar el sello de la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante. En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2 3.4. A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I.
b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el ingreso de los derechos de examen se ha realizado en Entidad bancaria diferente a la señalada en la base 3.3. En todo caso, en la solicitud figurará el sello de la Entidad bancaria en la que se ha efectuado el ingreso.
3.5 Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en las pruebas selectivas deberán indicarlo en el recuadro 6 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro 7.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. 3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En esta Resolución, que se publicará en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés, figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.
4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la citada Resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas. Los aspirantes que habiendo concurrido por el turno de reserva de discapacitados no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el sistema general de acceso libre, siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la relación de admitidos. 4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Magnífico y Excelentísimo Señor Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la su publicación; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación. 4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará compuesto del siguiente modo: El Gerente, o persona en quien delegue; cuatro vocales designados por el Rector entre funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos o Escalas con nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a esta Escala, uno de ellos propuesto por la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Universidad Carlos III de Madrid, y un funcionario del Servicio de Recursos Humanos y Organización que actuará como Secretario, con voz pero sin voto. Se designará un número igual de miembros suplentes.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior, conforme al artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. 5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas el Rector publicará en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés, Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2. 5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días a la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.5 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. 5.6 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común. 5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. 5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5., las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes de la Administración Pública. 5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de la oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos. 5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, Calle Madrid, 126 Getafe (28903 Madrid), teléfonos 91 624 97 04 y 91 624 93 38, direcciones de correo electrónico: rmora@pa.uc3m.es y luz@pa.uc3m.es. El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. 5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría de tercera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. 5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
6. Calendario y Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 21 de abril de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo para la determinación del orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2004.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad. 6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. Los aspirantes minusválidos o discapacitados que en su solicitud hayan hecho constar petición de adaptación, deberán concurrir al ejercicio para el que aquélla se concrete provistos del correspondiente certificado acreditativo de la minusvalía o discapacidad, al objeto de poder hacer efectiva, en su caso, la citada petición. 6.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.6. el ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del día 1 de mayo de 2005, publicándose, en la misma Resolución a la que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración. 6.5 La publicación del anuncio de los sucesivos ejercicios se efectuará por el Tribunal en la página web http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha señalada para el inicio de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con doce horas, al menos, de antelación. 6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Magnífico y Excelentísimo Señor Rector, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estime oportunos, la relación conteniendo los aspirantes aprobados, con indicación de sus documentos nacionales de identidad, en la que constará la calificación de cada uno de los ejercicios y la suma total.
7.2 El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de la lista de aprobados al Rector de la Universidad Carlos III de Madrid; dicha lista se publicará en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés.
8. Presentación de documentos y nombramiento como funcionario de carrera
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés y en la página web (http://www.uc3m.es) de la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que hayan superado las presentes pruebas selectivas presentarán para su nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro General de esta Universidad, avenida de la Universidad Carlos III, n.º 22, de Colmenarejo 28270 (Madrid), calle Madrid, 126, de Getafe (28903 Madrid), calle Butarque, 15 de Leganés (28911 Madrid) en escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos Humanos y Organización, los siguientes documentos: a) Una fotocopia del DNI o acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del original para su comprobación. En el caso de formato antiguo del DNI, una copia del NIF.
b) Fotocopia del título académico debidamente compulsada, o el original y fotocopia para su comprobación y compulsa. c) Fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social. d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. e) Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33 por ciento deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos sociales o en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
8.2 Igualmente durante el plazo citado en la base anterior, y con carácter previo a la formalización del nombramiento como funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados se someterán a un reconocimiento médico de acuerdo con las instrucciones que a tal efecto reciban del Servicio de Recursos Humanos y Organización al objeto de verificar el requisito reseñado en el apartado c) de la base 2.1. de la presente convocatoria.
8.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición. 8.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 8.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base, el Rector de la Universidad Carlos III de Madrid dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas convocadas. Esta Resolución será objeto de publicación en la sede del Tribunal indicada en la base 5.10. 8.6 Finalizado el proceso selectivo, el Rector procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid». La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación de la Resolución citada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
9. Bolsa de trabajo
9.1 A efectos de la selección temporal de Auxiliares, se formará lista de espera con los aspirantes que, habiendo aprobado el ejercicio obligatorio, no superen el proceso selectivo, quedando ordenados los aspirantes según la puntuación obtenida en los ejercicios superados.
9.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista de espera figura como anexo IV de estas Bases y deberá ser cumplimentada en su totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma y presentada con la solicitud de participación en las presentes pruebas selectivas.
10. Norma final
10.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, el Rector de la Universidad Carlos III de Madrid podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.
Getafe, 7 de febrero de 2005.-El Rector, P. D. (Resolución de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla Torras.
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ANEXO II
Temario
I. Gestión y Administración Pública
1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales: su garantía y suspensión. La Corona. Sucesión y regencia. Las atribuciones del Rey. La reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
2. La Administración pública: principios constitucionales. La Administración General del estado: Principios de Organización y funcionamiento. La Administración autonómica: especial referencia a la Comunidad de Madrid. 3. La calidad en los servicios públicos y los procesos de mejora continua. Principios básicos de calidad. Instrumentos de gestión de calidad. La atención al público en los programas de calidad. Tratamiento de quejas y reclamaciones. 4. Las fuentes del derecho: la Constitución, la ley. El Reglamento. Los principios de reserva de ley, de jerarquía normativa y de competencia. 5. El acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos. El procedimiento administrativo: concepto, fases y principios generales. La Jurisdicción contencioso-administrativa. 6. Los contratos administrativos: Concepto y principios generales. Tipos de contrato. Perfección, formalización y extinción de los contratos administrativos. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.
II. Recursos Humanos
1. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas de Selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. La promoción profesional.
2. El personal docente e investigador de las universidades. Régimen del profesorado universitario. Retribuciones del profesorado universitario. Concursos para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios. Normativa sobre contratación de profesores asociados en las Universidades Públicas. 3. El personal laboral al servicio de las Universidades Públicas. Los Convenios Colectivos. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Madrid. El contrato laboral: contenido, duración y suspensión. 4. El Sistema retributivo. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario. Sindicación, participación y representación del personal funcionario de las Administraciones Públicas. 5. El sistema español de Seguridad Social. Régimen de Seguridad Social de los Funcionarios. Régimen General de Seguridad Social. 6. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos, principios de acción preventiva. Derechos y obligaciones de los trabajadores. Órganos de Prevención. Conceptos básicos sobre Seguridad, Higiene, Ergonomía y Vigilancia de la Salud. Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales.
III. Gestión Económica
1. El Presupuesto: concepto y clases. El ciclo presupuestario. El Presupuesto por programas: concepto y objetivos. Programación, presupuestación y control.
2. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid: características y estructura. Los créditos presupuestarios. Incorporaciones de crédito. Anulación de remanentes. Gastos plurianuales. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Anticipos de Tesorería. Créditos ampliables. Transferencia de créditos. Ingresos que generan crédito. 3. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de transferencia: corrientes y de capital. Gastos de inversión. Pagos: concepto y clasificación. Pago por obligaciones presupuestarias. Anticipos de caja fija. Pago en firme y pagos a justificar. Justificación de libramientos. 4. El presupuesto de la Universidad Carlos III de Madrid (I). Características y estructura. Ingresos y gastos. Créditos iniciales y su financiación. Normas sobre modificación de créditos presupuestarios. 5. El Presupuesto de la Universidad Carlos III de Madrid (II). Ejecución general de gastos presupuestarios: normas y procedimientos de gestión presupuestaria y económico-financiera. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Documentos contables que intervienen en la gestión presupuestaria. Liquidación y cierre del ejercicio.
IV. Administración Universitaria
1. El sistema universitario español. Los fines de la universidad. La autonomía de las universidades. Régimen jurídico de las Universidades. El Consejo de Coordinación Universitaria. La Ley Orgánica de Universidades. La financiación de las Universidades.
2. La mejora de la calidad de la Universidad. Los sistemas de evaluación y acreditación de la calidad previstos en el sistema universitario español. La mejora de la calidad en la Universidad Carlos III de Madrid. 3. La Universidad Carlos III de Madrid (I). La misión de la Universidad. Estatutos de la Universidad. Órganos de gobierno. El Consejo Social. Organización académica. Los Departamentos. Facultades y Escuelas Universitarias. Institutos Universitarios de Investigación. Los servicios universitarios 4. La Universidad Carlos III de Madrid (II). La investigación: Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación. Los contratos al amparo del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades. 5. La Universidad Carlos III de Madrid (III). Oferta de titulaciones. Doctorados. Títulos propios. Planes de estudios. Los estudiantes. Acceso, permanencia, traslados y convalidaciones. Derechos y deberes de los alumnos.
Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de un ejercicio obligatorio, una prueba de mérito y una fase de concurso. En ningún caso la puntuación obtenida en la prueba de mérito podrá aplicarse para superar el ejercicio obligatorio En la fase de concurso se valorarán los años de servicios efectivos prestados en la Universidad. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar el ejercicio obligatorio. El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio obligatorio, en la prueba de mérito y en la fase de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º La mayor puntuación en la segunda parte del ejercicio obligatorio.
2.º La mayor puntuación en la primera parte del ejercicio obligatorio. 3.º La mayor puntuación en la fase de concurso.
En caso de persistir un empate, para dirimirlo se celebrará un sorteo entre dichos aspirantes.
I. Ejercicio obligatorio: El ejercicio obligatorio estará estructurado en dos partes, que se realizarán en distinta sesión. La puntuación de este ejercicio vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes que componen el mismo, siendo necesario para aprobar superar la puntuación mínima establecida en cada una de ellas.
Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de carácter teórico, integrado por preguntas de tipo test con 4 respuestas múltiples, de las cuales sólo una es la correcta, relacionadas con el contenido del programa que figura como Anexo II, al objeto de apreciar las cualidades de los aspirantes en relación con las tareas propias de las plazas que se convocan.
La calificación de esta parte del ejercicio se realizará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos. Corresponde al Tribunal calificador la fijación del número necesario de preguntas válidamente contestadas para ser calificado con 10 puntos, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto y del grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el acceso a esta Escala. El tiempo de duración de esta parte del ejercicio será como máximo de 60 minutos. Segunda parte: Para acceder a la segunda parte del ejercicio será preciso haber superado la primera parte. Esta segunda parte consistirá en una prueba práctica de ordenador dirigida a evaluar la capacidad de los aspirantes para la utilización en un entorno Windows de las aplicaciones Word y Excel del paquete Microsoft Office XP o superior. Los contenidos sobre los que podrá plantearse la prueba serán los siguientes:
Word: Formato de texto: fuente, párrafo, numeración, viñetas, columnas, tabulaciones, marcos, autoformato.
Gestión de documentos. Archivo. Edición. Diseño de impresión. Insertar: número, página, comentario, imagen, símbolos, nota al pie. Creación e impresión de documentos combinados. Tablas: Dibujar, autoformato, convertir, ordenar, fórmulas. Preparación de páginas. Encabezados y pies de página. Insertar. Configurar. Cambiar. Mostrar. Herramientas: ortografía, comparar y combinar documentos, cartas y correspondencia.
Excel:
Formato de: celda, fila, columna, hoja, autoformato.
Funciones, fórmulas. Filtros: autofiltros y filtros avanzados Gráficos: tipos, datos de origen, opciones, ubicación. Edición de datos: pegar, rellenar, buscar. Impresión: configuración, propiedades.
La calificación de esta parte del ejercicio se realizará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos.
El tiempo de duración de esta parte del ejercicio será como máximo de 90 minutos.
II. Prueba de mérito: La prueba de mérito, de carácter voluntario, consistirá en efectuar por escrito una traducción directa, sin diccionario, de un texto en inglés o francés propuesto por el Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora. Se calificará con un máximo de 1,8 puntos.
III. Fase de concurso:
Finalizada el ejercicio obligatorio y la prueba de mérito, tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo podrán participar en la fase de concurso aquellos aspirantes que hayan superado el ejercicio obligatorio, hayan o no realizado la prueba de mérito.
En esta fase se valorará el tiempo de servicios efectivos prestados en la Universidad Carlos III de Madrid con vínculo de carácter temporal, ya sea como personal laboral temporal o como funcionario interino, en puestos de trabajo del Grupo D, a razón de 0,30 puntos por mes de servicio o fracción superior a 15 días hasta un máximo de 10,8 puntos A estos efectos se tendrán en cuenta los servicios prestados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, así como los períodos en situación de Incapacidad Transitoria y Maternidad.
ANEXO IV Solicitud de inclusión en la bolsa de trabajo para contratación temporal como Auxiliar, en caso de no superar el proceso selectivo
Primer apellido............................................................................
Segundo apellido......................................................................... Nombre................................................ DNI............................... Domicilio (Calle/plaza)................................................................. Localidad.................................. Provincia............................... Código postal..................................
De conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la convocatoria para la cobertura de 46 plazas de la Escala Auxiliar de la Universidad Carlos III de Madrid, realizada por Resolución de 7 de febrero de 2005.
SOLICITA: Ser incluido en la bolsa de trabajo para la contratación temporal de la citada categoría.
...............,.............. de......................... de...........
(Firmado)
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid