En el «Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo de 2002 se publicó la Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero de 2002, por la que se convocaron becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento, cuyas bases quedan reguladas en la misma. Por Resolución de 14 de junio de 2002 (BOE 6-7-2002), se adjudicaron 9 becas, por un período de tiempo, hasta el 31 de diciembre de 2002, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años y previa fiscalización del gasto correspondiente. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de prórroga, el pasado 1 de diciembre, de acuerdo a los apartados y requisitos exigidos en la citada Orden de convocatoria, a propuesta de la Comisión de evaluación, esta Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios dicta Resolución con arreglo a los siguientes:
Hechos
Primero.-Por Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero de 2002, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo de 2002, se convocaron 9 becas de iniciación y perfeccionamiento en la Agencia. Segundo.-Las 9 becas adjudicadas por Resolución de 14 de junio de 2002 tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2002. Tercero.-Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prórroga, que finalizó el 1 de diciembre de 2002, la Comisión de Evaluación admitió 9 solicitudes, previo examen y conforme a los requisitos exigidos para la renovación en la citada Orden de convocatoria, como así se hace constar en el acta de la reunión de la Comisión de evaluación de fecha 17 de diciembre de 2002. Cuarto.-Por Resolución de 2 de enero de 2003, (BOE de 29 de enero) se procedió a renovar 9 solicitudes de prórroga por el periodo que se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2003. Quinto.-Por Resolución de 30 de diciembre de 2003, (BOE de 21 de febrero de 2004) se procedió a renovar 8 solicitudes de prórroga por el periodo que se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2004. Sexto.-Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prorroga que ha finalizado el pasado 1 de diciembre, se han presentado 7 solicitudes de renovación. La Comisión de evaluación, en acta de 9 de diciembre de 2004, ha procedido al examen y evaluación de las solicitudes y de acuerdo a los requisitos exigidos para la renovación se propone la admisión de las siete solicitudes cuya relación se acompaña al acta citada.
Fundamentos de Derecho
1. Competencia.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Estatuto de la Agencia, aprobado por Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ostenta la representación legal de la misma y le corresponde, dentro de sus competencias, la decisión y firma de los acuerdos o resoluciones que hayan de adoptarse por la Agencia. 2. Motivación.-Las becas adjudicadas por Resolución de 14 de junio de 2002 y que tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2002, fueron renovadas por Resolución de 2 de enero de 2003, para el periodo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2003 y por Resolución de 30 de diciembre de 2003, para el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2004. 3. Conforme a los apartados 2.3, 6.1 y 6.2 de la mencionada Orden de convocatoria procede, mediante la presente resolución, a la renovación de las becas propuestas por la Comisión de evaluación por el periodo de tiempo desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005, previa fiscalización del gasto. 4. Concesión.-Procede, por tanto, la renovación de las siete solicitudes de prórroga propuestas por la Comisión de Evaluación.
En consecuencia, y según lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a los efectos establecidos en la disposición transitoria segunda y en la Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero, y demás disposiciones aplicables, y previo informe de la Comisión de evaluación, resuelvo:
Renovar siete becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, adjudicadas por Resolución de 14 de junio de 2002, en la cuantía de 1.489,03 euros para la beca de perfeccionamiento y 846,03 euros para la beca de iniciación (incluido, respectivamente, el incremento del 2% previsto par el sector público conforme a la Ley de Presupuestos para el año 2005) de acuerdo con la citada Orden de convocatoria y a los solicitantes admitidos que se relacionan en el Anexo a esta Resolución.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Director de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, en los términos previstos en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá impugnaréis la Resolución ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 30 de diciembre de 2004.-La Directora, María del Val Díez Rodrigálvarez.
ANEXO RENOVACIÓN BECAS AÑO 2005 Convocatoria por Orden SCO/478/2002 |
||||||
Nombre |
División de destino |
Código |
Modalidad |
Importe mes 2004 - Euros |
Increm. 2% |
Importe mes 2005 - Euros |
Lourdes Gil Tornero |
Inspección |
IC2 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
Esther Julia Cobo García |
Farmacopea y Formulario Nacional |
RF4 |
Iniciación. |
829,45 |
16,58 |
846,03 |
José María Sanz Galindo |
Sistemas de la Información |
TI2 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
Ismael Fernández Pérez |
Área Jurídica |
SJ2 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
Beatriz Alcaide Mora |
División de Farmacología y Evaluación Clínica |
CL7 |
Iniciación. |
829,45 |
16,58 |
846,03 |
Aránzazu Sancho López |
División de Farmacología y Evaluación Clínica |
CL6 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
Begoña Brime Beteta |
Gestión de Procedimientos |
GP3 |
Perfec. |
1.459,84 |
29,19 |
1.489,03 |
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