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Documento BOE-A-2005-3283

Resolución de 9 de febrero de 2005, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración -Protocolo General- entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación Provincial de Granada, la Fundación Residencia de Estudiantes y la Fundación Federico García Lorca, para la creación del «Centro Federico García Lorca» en la Ciudad de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2005, páginas 7169 a 7170 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2005-3283

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación Provincial de Granada, la Fundación Residencia de Estudiantes y la Fundación Federico García Lorca han suscrito un Convenio de Colaboración -Protocolo General- para la creación del «Centro Federico García Lorca» en la Ciudad de Granada, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de febrero de 2005.-El Director General, Carlos Alberdi Alonso

ANEXO

Protocolo General de colaboración en relación con la creación del Centro Federico García Lorca en la Ciudad de Granada

En la ciudad de Granada a 21 de febrero de 2004.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Don Manuel Chaves González, Presidente de la Junta de Andalucía.

De otra parte, la Excma, Sra. Dña. Pilar del Castillo Vera, Ministra de Educación, Cultura y Deporte. De otra parte, el Excmo. Sr. Don José Torres Hurtado, Alcalde de Granada. De otra parte, el Excmo. Sr. Don Antonio Martínez Caler, Presidente de Diputación Provincial de Granada. De otra parte, el Sr. Don José García-Velasco, Director de la Fundación Residencia de Estudiantes. Y de otra parte, el Ilmo. Sr. Don Manuel Fernández-Montesinos García, Presidente de la Fundación Federico García Lorca.

MANIFIESTAN

I. Su intención de colaborar en la creación del Centro Federico García Lorca (el Centro), con sede principal en la ciudad de Granada.

II. Que la Fundación Federico García Lorca tiene entre sus funciones promover el estudio y la difusión de la obra del poeta de Granada y también de todas aquellas manifestaciones artísticas y culturales con las que se le puede relacionar, bien por la influencia que tuvieran en su propia vida y obra, bien por la influencia que hubieran recibido de él. III. Que la Junta de Andalucía tiene competencias para la promoción y fomento de la cultura, la protección, difusión e investigación del Patrimonio Histórico, así como facilitar el acceso en las mejores condiciones a los Archivo y, en general, al Patrimonio Documental. IV. Que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte tiene entre sus funciones el impulso y participación en acciones de cooperación cultural con Administraciones públicas y con personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. V. Que el Ayuntamiento de Granada tiene entre sus fines, a través del Patronato Municipal Huerta de San Vicente, la difusión de la figura y obra de Federico García Lorca, pudiendo establecer acuerdos con otras entidades y realizar actividades que redunden en el conocimiento y difusión del autor y su obra. VI. Que la Diputación Provincial de Granada tiene entre sus fines, a través del Patronato Cultural Federico García Lorca la difusión de la figura y obra de Federico García Lorca. El patronato queda abierto a la colaboración y participación en sus actividades con otras corporaciones locales y órganos de la Administración Pública, así como de asociaciones privadas que coincidan en su finalidad con las del Patronato. VII. Que la Fundación Residencia de Estudiantes es una fundación cultural privada, sin fines de lucro, constituida en virtud de Acta otorgada por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas el 14 de diciembre de 1989 y aprobada por Orden ministerial de 18 de julio de 1990, que tiene encomendada la continuación de la labor emprendida en 1910 por Alberto Jiménez Fraud y un escogido grupo de colaboradores y está obligada a cumplir con los fines fundacionales de rescatar, conservar, estudiar y difundir la vida y obra de cuantos han protagonizado la historia de la Residencia entre 1010 y 1036 y, más genéricamente, la historia de la cultura española del periodo de la Edad de Plata.

Por ello, en razón de cuanto antecede y de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente, las partes acuerdan firmar este Protocolo General de Colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El objeto del presente acuerdo es crear el marco genérico de colaboración entre las partes para la creación del Centro Federico García Lorca. Dicho Centro, con sede principal en la ciudad de Granada, tendrá como funciones:

a) La conservación y el estudio de los fondos de la Fundación Federico García Lorca, actualmente depositados en la Residencia de Estudiantes de Madrid.

b) La difusión y el estudio de la obra de Federico de Federico García Lorca mediante la creación del Instituto de Estudios Lorquianos, que promoverá los intercambios culturales permanentes con centros homólogos de otras ciudades y países. c) La organización de actividades culturales que permitan ofrecer al público una selección de excelencia en el ámbito de la creación contemporánea en literatura, música, artes plásticas, pensamiento, cine, teatro, artes audiovisuales, etc., convirtiéndose en un referente cultural permanente no solo para la ciudad de Granada, sino también, para Andalucía y el conjunto del Estado Español, con relevancia internacional. d) La organización de actividades pedagógicas, especialmente dirigidas a niños y jóvenes, tales como visitas formativas de alumnos de colegios e institutos, talleres de iniciación y de enseñanza de las diferentes disciplinas artísticas, actividades de fomento de la lectura; todas ellas realizadas en colaboración con los centros educativos (colegios, institutos, universidades, etc.). Asimismo, el Centro promoverá las actividades de formación de los profesores. En el desarrollo de todas estas actividades se prestará especial atención a la divulgación de la obra de Federico García Lorca.

Segunda.-La Administración General del Estado, la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada, manifiestan su intención de contribuir a la financiación del proyecto en los términos que se determinen en un convenio de colaboración que se suscribirá a lo largo de 2004.

Tercera.-Las Instituciones y Entidades firmantes encomiendan y la Fundación Federico García Lorca se compromete, a la realización de las gestiones necesarias para la consecución de fuentes adicionales de financiación del proyecto. Para poder acceder a las ayudas comunitarias incluidas en el Programa Operativo Integrado Andalucía 2000-2006 que contribuyan a la financiación de la construcción del Centro, así como para su gestión y coordinación, el desarrollo de diversas actividades hasta su inauguración con la finalidad de contribuir a la puesta en valor del Centro, se realizarán ante la Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial del Ministerio de Hacienda los trámites necesarios para la obtención de una subvención por importe de 16.968.685,15 euros. Cuarta.-El Ayuntamiento de Granada aportará para la construcción del Centro, un solar de 1082 m2, situado en la plaza de la Romanilla de la ciudad de Granada. Quinta.-Las partes constituirán un Consorcio de derecho público, con personalidad jurídica propia, para la gestión del Centro Federico García Lorca. Hasta la constitución del mismo, la Fundación Federico García Lorca desarrollará las actuaciones necesarias para la consecución del objeto de este Protocolo. Sexta.-La Fundación Residencia de Estudiantes albergará la subsede del Centro en Madrid, donde se custodiará una copia íntegra de los fondos de la Fundación García Lorca que se trasladen a la sede del Centro en Granada. Asimismo, la Fundación Residencia de Estudiantes ostentará la codirección del Instituto de Estudios Lorquianos. Séptima.-La Fundación Federico García Lorca aportará los fondos que posee al Consorcio para el desempeño de la funciones descritas en la Cláusula Primera, y ostentará la codirección del Instituto de Estudios Lorquianos.

Y en prueba de conformidad con el contenido del presente Protocolo, lo firman por sextuplicado las partes, en el lugar y fecha arriba indicados, rubricando cada una de las páginas de que consta.-Por la Junta de Andalucía, Excmo. Sr. D. Manuel Chaves González.-Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Excma. Sra. Dña. Pilar del Castillo Vera.-Por el Ayuntamiento de Granada, Excmo. Sr. D. José Torres Hurtado.-Por la Diputación Provincial de Granada, Excmo. Sr. D. Antonio Martínez Caler.-Por la Fundación Residencia de Estudiantes, Sr. D. José García-Velasco.-Por la Fundación Federico García Lorca, Ilmo. Sr. D. Manuel Fernández-Montesinos.

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