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Documento BOE-A-2005-2860

Resolución de 18 de febrero de 2005, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 17 de febrero de 2005, de la Secretaría General de la Agencia Española de Cooperación Internacional y del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se convoca el Programa de Formación para Funcionarios Iberoamericanos.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2005, páginas 6145 a 6160 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2005-2860

TEXTO ORIGINAL

El Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional y el Director del Instituto de Estudios Fiscales, han dictado, de forma conjunta, una Resolución de 17 de febrero de 2005, por la que se convoca el Programa de Formación para Funcionarios Iberoamericanos para el año 2005.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 18 de febrero de 2005.-El Subsecretario, Luis Herrero Juan.

ANEJO Resolución de 17 de febrero de 2005 del Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional y del Director del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se convoca el Programa de Formación para Funcionarios Iberoamericanos

De conformidad con lo estipulado en el Convenio de Colaboración firmado en Madrid en fecha diecisiete de febrero de dos mil cinco entre la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y el Instituto de Estudios Fiscales y con la normativa específica en materia de subvenciones aplicable a la AECI, en especial la Orden de 26 de marzo de 1992 (B.O.E. de 11 de abril), y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18 de noviembre de 2003), aplicable al IEF, el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, en virtud de las facultades delegadas por la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, mediante la Resolución de 29 de diciembre de 2000 (B.O.E. de 12 de febrero de 2001), y el Director del Instituto de Estudios Fiscales, en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (B.O.E. de 27 de enero), acuerdan proceder a la convocatoria del Programa de Formación para funcionarios iberoamericanos para el año 2005. La organización de los cursos que integran el Programa de Formación correrá a cargo de la Agencia Española de Cooperación Internacional y del Instituto de Estudios Fiscales.

Madrid, a 17 de febrero de 2005.-El Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, Juan Pablo de Laiglesia.-El Director del Instituto de Estudios Fiscales, Jesús Ruiz-Huerta Carbonell.

ANEXO I

Primera.-La finalidad de esta convocatoria es la formación de recursos técnicos especializados, en el marco de la prioridad sectorial «Inversión en el ser humano», del Plan Director de la Cooperación Española, elevando el nivel de conocimientos y cualificaciones de los participantes y reforzando, al mismo tiempo, las instituciones a las que aquéllos pertenecen. Para la consecución de este fin la Agencia Española de Cooperación Internacional y el Instituto de Estudios Fiscales organizaran conjuntamente los cursos reseñados en la cláusula segunda del presente anexo y realizan la convocatoria específica de ayudas, en el número máximo que a continuación se especifica, con objeto de subvencionar la participación de funcionarios de las administraciones tributarias y financieras del ámbito iberoamericano, en los mencionados cursos: 6 becas de manutención (Asignación económica en la cuantía que se especifica para cada curso en la cláusula octava).

85 becas de transporte aéreo (Pasaje aéreo, en clase turista, desde el país de origen hasta España y viceversa). 102 becas de alojamiento y desayuno, durante el período de duración del curso con estancia en Madrid. 54 becas de alojamiento y desayuno durante el período de viaje de estudios.

Todos los participantes becados estarán cubiertos por un póliza de seguros de enfermedad y accidentes.

Las instituciones coorganizadoras tendrán encomendada asimismo la difusión de la convocatoria. El Instituto de Estudios Fiscales elaborará la programación de los cursos y aportará el profesorado y el material didáctico, con la colaboración de otras Entidades y Centros Directivos de ámbito nacional e internacional. Segunda.-Los cursos que integran el Programa de Formación para funcionarios iberoamericanos son los que se especifican a continuación:

A) VII Curso sobre Fiscalidad Internacional.

B) VI Curso sobre Técnicas y Operaciones de Seguros. C) XXVII Curso Iberoamericano sobre Técnicas Aduaneras Internacionales. XXV Curso de Instituciones y Técnicas Tributarias. XV Curso sobre Usos y Aplicaciones del Catastro. IX Curso sobre Presupuestación, Contabilidad y Control del Gasto Público.

Todos ellos serán realizados en Madrid (España), en el Instituto de Estudios Fiscales, Avda. Cardenal Herrera Oria, n.º 378.

Tercera.-El curso especificado en el apartado A) de la cláusula segunda, tendrá lugar en dos fases. La primera de ellas, denominada fase on line, a través del Campus Virtual del Instituto de Estudios Fiscales, del 23 de mayo al 11 de junio y la segunda, denominada fase presencial, se llevará a cabo del 20 de junio al 1 de julio de 2005, y asistirán a él hasta 15 funcionarios becados procedentes de los distintos países iberoamericanos. El curso especificado en el apartado B) de la cláusula segunda, tendrán lugar del 13 de junio al 1 de julio de 2005, y asistirán a él hasta 15 funcionarios becados procedentes de los distintos países iberoamericanos Los cursos especificados en el apartado C) de la cláusula segunda, tendrán lugar del 6 de junio al 1 de julio de 2005, y asistirán a cada uno de ellos hasta 18 funcionarios becados procedentes de los distintos países iberoamericanos. Cuarta.-El funcionario que hubiera obtenido el primer premio en el XVIII Concurso de Monografías CIAT-AEAT-IEF, tendrá derecho a incorporarse al XXVI Curso de Instituciones y Técnicas Tributarias, en calidad de alumno becado, siempre que domine el idioma español y no haya sido anteriormente alumno del mismo. En el caso de que el trabajo sea colectivo, sólo será considerado como participante en este Curso el funcionario que figure como director del equipo de investigación. Quinta.-Los candidatos a las becas deberán reunir los siguientes requisitos:

Ser funcionario en activo de cualquier país iberoamericano.

Desarrollar actividad profesional en instituciones públicas en los ámbitos en que inciden los cursos que se ofertan en el Programa de Formación. Tener entre 25 y 55 años de edad. Dominar el idioma español. Tener titulación universitaria superior No haber participado en los últimos cinco años en el mismo curso al que opta.

Sexta.-Podrán participar en los cursos que figuran en el Anexo II de esta Resolución, estando exentos del pago de cualquier tipo de matrícula o inscripción, otros funcionarios del ámbito iberoamericano que reúnan los requisitos exigidos en la cláusula quinta y que estén autorizados por su Administración, siempre que asuman los gastos inherentes a su participación.

El número máximo de participantes en cada uno de los cursos será de 25, incluyendo los participantes becados a los que se refiere la cláusula tercera de esta Resolución. Séptima.-En relación a estos cursos, el Instituto de Estudios Fiscales asumirá los siguientes gastos, siempre que para ello haya crédito adecuado y suficiente:

1. Becas de alojamiento y desayuno de los participantes durante el período de duración del curso con estancia en Madrid, excluyendo el período de viaje de estudios; con posible inclusión de hasta dos días adicionales (uno anterior a la fecha de comienzo del curso y uno posterior a la fecha de finalización del mismo), para ajustar las posibles conexiones de la fecha de viaje de los billetes de avión. En concreto, el Instituto de Estudios Fiscales asumirá el importe de las siguientes becas: XXVII Curso Iberoamericano sobre Técnicas Aduaneras Internacionales. IEF: 18 becas de alojamiento y desayuno, durante el período de duración del curso con estancia en Madrid.

XXV Curso de Instituciones y Técnicas Tributarias. IEF: 18 becas de alojamiento y desayuno, durante el período de duración del curso con estancia en Madrid. XV Curso sobre Usos y Aplicaciones del Catastro. IEF: 18 becas de alojamiento y desayuno, durante el período de duración del curso con estancia en Madrid.

Serán imputados a la aplicación presupuestaria 15.101.923N.480, y su importe será de 129.160 euros.

Dicho importe está calculado en base a la estimación de los siguientes datos:

Número máximo de participantes becados: 54.

Coste de alojamiento y desayuno por persona durante el período del curso con estancia en Madrid (veinticuatro días), excluyendo el período del viaje de estudios: 2.391,85 euros.

2. Los de organización, tales como:

Los gastos de fotografía institucional los días de inicio y clausura de los cursos, así como los adornos florales del salón de actos en la clausura de los mismos y gastos de material diverso necesarios para el correcto desarrollo del curso.

Dos comidas de trabajo de los asistentes y los profesores en jornada de mañana y tarde, que tendrán lugar en la primera y última semana de los cursos, durante la reunión inicial con objeto de realizar una puesta en común en la que se definan objetivos y expectativas, y durante la reunión conclusiva de consecución de resultados, respectivamente. Traslado de los participantes a los Centros donde estén previstas visitas programadas en el calendario de los cursos. Incluye asimismo el traslado desde su alojamiento a la sede del Instituto de Estudios Fiscales y viceversa, el primer y último días de los cursos. Viaje de estudios y prácticas en Centros Directivos.

El importe de estos gastos será de 30.000 euros y serán imputados a la aplicación presupuestaria 15.101.923N.226.06.

3. Los de seguro médico y de accidentes que suscribirá el Instituto de Estudios Fiscales, cuyo importe será de 2.200 euros y serán imputados a la aplicación presupuestaria 15.101.923N.480. 4. Los de elaboración de unidades didácticas, cuyo importe será de 4.000 euros y serán imputados a la aplicación presupuestaria 15.101.923N.226.06. 5. Los de profesorado de los cursos asumidos directamente, cuyo importe será de 82.000 euros y serán imputados a la aplicación presupuestaria 15.101.923N.233.

Octava.-La Agencia Española de Cooperación Internacional asumirá los siguientes gastos, siempre que para ello haya crédito adecuado y suficiente:

Becas de alojamiento y desayuno de los participantes durante todo el período de duración del curso, con posible inclusión de hasta dos días adicionales (uno anterior a la fecha de comienzo del curso y uno posterior a la fecha de finalización del mismo), para ajustar las posibles conexiones de la fecha de viaje de los billetes de avión. Asimismo se contemplará la posibilidad de asumir el coste de una noche extra de hotel por cada curso, a causa de los desfases en los horarios de vuelo de enlace que pudieran producirse.

Becas de alojamiento y desayuno de los participantes durante el período de viaje de estudios. Becas de transporte aéreo de los participantes, con inclusión de gastos de alojamiento en tránsito, cuando así proceda. Becas de manutención

De forma desagregada, la Agencia Española de Cooperación Internacional asumirá el importe de las siguientes becas:

VII Curso sobre Fiscalidad Internacional. AECI: 15 becas de alojamiento y desayuno. 15 Becas de transporte aéreo. 1 Beca de manutención, por un importe total de 420 €.

VI Curso sobre Técnicas y Operaciones de Seguros. AECI: 15 becas de alojamiento y desayuno. 15 Becas de transporte aéreo. 1 Beca de manutención, por un importe total de 630 €. XXVII Curso Iberoamericano sobre Técnicas Aduaneras Internacionales. AECI: 1 Beca de transporte aéreo. 1 Beca de manutención, por un importe total de 840 €. 18 Becas de alojamiento y desayuno durante el período de viaje de estudios (cuatro días). XXV Curso de Instituciones y Técnicas Tributarias. AECI: 18 becas de transporte aéreo. 1 Beca de manutención, por un importe total de 840 €. 18 Becas de alojamiento y desayuno durante el período de viaje de estudios (cuatro días). XV Curso sobre Usos y Aplicaciones del Catastro. AECI: 18 becas de transporte aéreo. 1 Beca de manutención, por un importe total de 840 €. 18 Becas de alojamiento y desayuno durante el período de viaje de estudios (cuatro días). IX Curso sobre Presupuestación, Contabilidad y Control del Gasto Público. AECI: 18 becas de alojamiento y desayuno durante el período de estancia en Madrid. 18 Becas de transporte aéreo. 1 beca de manutención, por un importe total de 840 €.

La cuantía de estos gastos, de 266.578 euros, será imputada a la aplicación presupuestaria 12.103.143A.486.05.

Novena.-Los seleccionados están exentos del pago de cualquier tipo de matrícula o inscripción al curso, en aplicación de los criterios de cooperación con los países iberoamericanos. Décima.-Los aspirantes a participar en alguno de los cursos que se relacionan en el anexo II, deberán aportar la siguiente documentación:

a) Impreso oficial del IEF (Anexo III), debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.

Asimismo, en dicho documento habrá de constar la firma de la persona que le avale (superior jerárquico), acreditando todos los datos que figuran en el mismo, así como el sello de la entidad administrativa a la que ambos pertenezcan. b) Copia de titulación universitaria superior. c) Fotocopia del pasaporte. d) Certificado de conocimiento del español, en el caso de que el solicitante no tenga éste como lengua materna. f) Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público de que el aspirante no se encuentre incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el apartado 2 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18-11-2003 España) (anexo IV).

El impreso de solicitud deberá ser cumplimentado en su totalidad. La documentación que se reciba no será devuelta, por lo que los solicitantes no deberán adjuntar documentos originales o que consideren irrepetibles.

Los beneficiarios se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas y a los deberes que, con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las becas podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión, siendo la adjudicación y el disfrute de las mismas incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes Públicos o privados, nacionales, de la Unión europea o de organismos internacionales. El incumplimiento por parte del becario de las obligaciones señaladas en esta norma puede llevar aparejada la revocación administrativa del otorgamiento de la beca, así como el reintegro de las cantidades percibidas desde el momento del pago de la beca, que procedería así mismo, en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las becas a que hace referencia esta Resolución, estarán sujetas al régimen de Infracciones y sanciones que, en materia de subvenciones, establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones. Undécima.-El plazo límite para la recepción por el Instituto de Estudios Fiscales de la documentación requerida en la cláusula décima será el día 15 de abril de 2005. La justificación del plazo de recepción de las mismas, así como la de la recepción de las aceptaciones expresas, se acreditará mediante un certificado del Director de la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales. Las solicitudes deberán ser presentadas en la unidad receptora que se establece en el anexo II, que a su vez las remitirá al órgano competente para su evaluación. Duodécima.-La concesión de las becas a las que hace referencia la presente convocatoria se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva en los términos establecidos en el capítulo II del título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La evaluación de las solicitudes será realizada por una Comisión Mixta Evaluadora, que actuará como órgano instructor. Estará presidida por la Directora de la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, y por el Directora General de la Dirección General de Cooperación con Iberoamérica. El Director General del Instituto de Estudios Fiscales y el Secretario General de la AECI nombrarán el Vicepresidente y los cuatro vocales, que formarán parte de la misma, dos técnicos del Instituto de Estudios Fiscales y dos de la Agencia Española de Cooperación. En la evaluación serán tenidos en consideración los siguientes méritos, de acuerdo con los siguientes criterios de puntuación:

Experiencia profesional y conocimientos técnicos acreditados (2 puntos).

Nivel de responsabilidad de las funciones del puesto de trabajo desempeñado a la fecha de la Resolución de Convocatoria (4 puntos). Nivel de relación entre el Curso y las funciones desarrolladas (4 puntos).

Las becas de manutención, así como la de transporte aéreo para participar en el XXVII Curso sobre Técnicas Aduaneras Internacionales, ofrecidas por la Agencia Española de Cooperación Internacional, serán adjudicadas, en cada caso, al candidato que ostente la mejor calificación, en función de los méritos especificados en la cláusula octava, de entre los países de acción preferente para la cooperación española.

Decimotercera.-La Comisión Mixta Evaluadora formulará una propuesta de Resolución de adjudicación de becas para cada uno de los cursos incluidos en la cláusula segunda de esta Resolución, que deberá emitirse en el plazo máximo de un mes a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes. A la vista de estas propuestas, el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional y el Director del Instituto de Estudios Fiscales dictarán, para cada uno de los cursos las correspondientes Resoluciones de adjudicación de becas, que serán notificadas individualmente a los interesados y a las Oficinas Técnicas de Cooperación de los distintos países, por el Instituto de Estudios Fiscales y la Agencia Española de Cooperación Internacional, respectivamente. La Comisión mixta evaluadora se regirá por lo establecido en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La convocatoria podrá declararse desierta total o parcialmente. Decimocuarta.-Las Resoluciones de adjudicación de becas serán publicadas en el Boletín Oficial del Estado y estarán expuestas en los tablones de anuncios de las Oficinas Técnicas de Cooperación de los países a los que se extiende el ámbito de aplicación de la Resolución de Convocatoria, así como en las páginas web del Instituto de Estudios Fiscales (http://www.ief.es) y de la Agencia Española de Cooperación Internacional (http://www.aeci.es). Decimoquinta.-Los adjudicatarios de las becas estarán obligados a comunicar al Instituto de Estudios Fiscales su aceptación expresa. Decimosexta.-Las becas concedidas por la Agencia Española de Cooperación Internacional serán justificadas en el plazo de seis meses a partir de la fecha de finalización de cada uno de los cursos, del siguiente modo:

Gastos generales de alojamiento y desayuno: Mediante las facturas emitidas por la empresa contratada por la Agencia Española de Cooperación Internacional para la prestación de dichos servicios. A estas facturas habrá de adjuntarse certificado emitido por la Unidad responsable de cada uno de los cursos, acreditando la incorporación de los becados a los mismos. El plazo para emisión del certificado mencionado será de una semana, a contar desde el inicio del curso.

Gastos de transporte aéreo: mediante la factura emitida por la empresa contratada por la Agencia Española de Cooperación Internacional para la prestación de dicho servicio. Gastos de becas de manutención: mediante certificado emitido por la Unidad responsable de cada uno de los cursos, acreditando la incorporación de los becados a los mismos, y recibos de las cantidades asignadas, rubricados por los beneficiarios.

Decimoséptima.-Las becas concedidas por el Instituto de Estudios Fiscales serán justificadas del siguiente modo: Gastos de alojamiento y desayuno, seguro médico y gastos de organización: Mediante las facturas emitidas por las empresas contratadas por el Instituto de Estudios Fiscales para la prestación de dichos servicios. A estas facturas habrá de adjuntarse certificado emitido por la Unidad responsable de cada uno de los cursos, acreditando la incorporación de los becados a los mismos. El plazo para emisión del certificado mencionado será de una semana, a contar desde el inicio del curso. Decimoctava.-Las becas a las que hace referencia esta Resolución, estarán sujetas al régimen de Infracciones y Sanciones que, en materia de subvenciones, establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Disposiciones finales:

1. Corresponde al Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por delegación del Presidente, y al Director del IEF dictar cuantas normas sean precisas para la interpretación, desarrollo y ejecución de la presente Convocatoria.

2. La presente Resolución y la de concesión de las ayudas, que ponen fin a la vía administrativa, podrán ser recurridas ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Potestativamente se podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Boletín Oficial del Estado del 14).

ANEXO II VII Curso sobre Fiscalidad Internacional

Fechas y lugar de realización: Fase on line: del 23 de mayo al 11 de junio de 2005, Campus Virtual del IEF. Fase presencial: del 20 de junio al 1 de julio de 2005. Instituto de Estudios Fiscales. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035-Madrid. Objetivo: El Curso tiene como finalidad proporcionar a los participantes un amplio conocimiento sobre los procesos de integración económica (EURO, MERCOSUR, CENTROAMÉRICA), estudiando su evolución histórica y problemática fiscal. En este contexto se analizará la fiscalidad de las personas no residentes, los mecanismos establecidos para evitar la doble imposición entre países, de carácter bilateral o multilateral, Modelo Convenio OCDE y Acuerdos Multilaterales, y los problemas derivados del criterio de territorialidad o de la fuente. Condiciones económicas: La Agencia Española de Cooperación Internacional concederá hasta 15 becas de alojamiento y desayuno, 15 becas transporte aéreo y 1 beca de manutención. Solicitudes: Los candidatos deberán remitir su solicitud a:

Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda de España. A la atención del Ilmo. Sr. Director. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035-Madrid-España. Tlfno: 34 91 339 89 80. Fax: 34 91 339 88 44. E-mail: cooperacion.institucional@ief.minhac.es

Fecha límite: La fecha límite de presentación de candidaturas será el 15 de abril de 2005.

Programa del curso: El contenido temático del Curso se estructura en sesiones lectivas sobre los siguientes módulos:

ii I. Principios de Derecho Tributario Internacional

i II. El tratamiento de la doble imposición internacional. III. La armonización y la convergencia fiscal en la Unión Europea. IV. Fiscalidad internacional del no residente. i V. Fiscalidad internacional de la empresa. VI. Gestión tributaria y Administración tributaria.

VI Curso sobre Técnicas y Operaciones de Seguros

Fechas y lugar de realización: Del 13 de junio al 1 de julio de 2005. Instituto de Estudios Fiscales. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035 -Madrid. Objetivo: Estudio y análisis económico financiero de las operaciones y técnicas de la actividad aseguradora. Incluyendo el estudio normativo del Sector del Seguro en España y en la Unión Europea.

Solicitudes: Los candidatos deberán remitir su solicitud a:

Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda de España. A la atención del Ilmo. Sr. Director. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035-Madrid-España. Tlfno: 34 91 339 89 80. Fax: 34 91 339 88 44. E-mail: cooperacion.institucional@ief.minhac.es

Fecha límite: La fecha límite de presentación de candidaturas será el 15 abril de 2005. Condiciones económicas: La Agencia Española de Cooperación Internacional asumirá hasta 15 becas de alojamiento y desayuno, 15 becas de transporte aéreo y 1 beca de manutención. Programa del curso: Durante el desarrollo del curso se abordarán los siguientes módulos:

VII. Institucional.

VII. Condiciones de acceso a la actividad. IIII. Análisis de Balances y organización de los servicios de inspección. IIV. Margen de solvencia. IIV. El control de la actividad aseguradora por la DGSFP. IVI. La protección del asegurado. VII. Consorcio de Compensación de Seguros.

XXVII Curso Iberoamericano sobre Técnicas Aduaneras Internacionales

Fechas y lugar de realización: Del 6 de junio al 1 de julio de 2005. Instituto de Estudios Fiscales. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035, Madrid. Objetivo: Estudio y análisis de las técnicas aduaneras vigentes a nivel internacional, con especial énfasis en la organización aduanera española y comunitaria. Condiciones económicas: El Instituto de Estudios Fiscales asumirá los gastos de alojamiento y desayuno de hasta 18 participantes durante el período de duración del curso con estancia en Madrid. La Agencia Española de Cooperación Internacional asumirá los gastos de alojamiento y desayuno de hasta 18 becas de alojamiento y desayuno durante el período del viaje de estudios, hasta 1 beca de transporte aéreo y hasta 1 beca de manutención. Fecha límite: La fecha límite de presentación de candidaturas será el 15 de abril de 2005. Programa del curso: Durante el desarrollo del curso se abordarán los siguientes módulos:

VII. Institucional.

VII. La organización administrativa aduanera y comunitaria. Los convenios aduaneros internacionales. IIII. Régimen tributario y del comercio exterior. Los procedimientos aplicables a la actividad aduanera. IIV. Los sistemas aduaneros iberoamericanos. IVI. Prácticas en distintas Administraciones de Aduanas de España. VII. Seminarios.

Solicitudes: Los candidatos deberán cursar su solicitud dirigida a:

Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda de España. A la atención del Ilmo. Sr. Director. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035, Madrid, ESPAÑA. Tlfno: 34 91 339 89 80. Fax: 34 91 339 88 44. E.mail: cooperacion.institucional@ief.minhac.es

XXV Curso de Instituciones y Técnicas Tributarias

Fechas y lugar de realización: Del 6 de junio al 1 de julio de 2005. Instituto de Estudios Fiscales. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035, Madrid. Objetivo: Este curso está orientado al ámbito tributario de la Hacienda Pública con especial énfasis en la vertiente de la gestión e inspección de los impuestos, los sistemas de información de la administración tributaria y la problemática fiscal de los movimientos de integración económica. Condiciones económicas: El Instituto de Estudios Fiscales concede hasta 18 becas de alojamiento y desayuno durante todo el período de duración del curso con estancia en Madrid. La Agencia Española de Cooperación Internacional asumirá los gastos de alojamiento y desayuno de hasta 18 becas de alojamiento y desayuno durante el período del viaje de estudios, hasta 18 becas de transporte aéreo y hasta 1 beca de manutención. Otras entidades colaboradoras: El Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) que colaborará en la difusión del curso. Fecha límite: La fecha límite de presentación de candidaturas será el 15 de abril de 2005. Programa del Curso: En el desarrollo del curso se abordarán los siguientes módulos:

VI. Institucional.

III. Sistemas tributarios español e iberoamericano. III. Administración Tributaria española. IV. Reflexión fiscal y movimientos de integración económica. IV. Prácticas en distintas Administraciones de la AEAT en España. VI. Seminarios.

Solicitudes: Los candidatos deberán cursar su solicitud dirigida a:

Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda de España. A la atención del Ilmo. Sr. Director. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035, Madrid, ESPAÑA. Tlfno: 34 91 339 89 80. Fax: 34 91 339 88 44. E-mail: cooperacion.institucional@ief.minhac.es

XV Curso sobre Usos y Aplicaciones del Catastro

Fechas y lugar de realización: Del 6 de junio al 1 de julio de 2005. Instituto de Estudios Fiscales. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035, Madrid. Objetivo: El Curso tiene como finalidad proporcionar a los participantes un amplio conocimiento sobre el funcionamiento del Catastro en España, estudiando su evolución histórica, régimen jurídico, organización administrativa y usos jurídicos, urbanísticos y estadísticos, así como el vigente sistema de valoración catastral y los medios informáticos y cartográficos implementados. Condiciones económicas: El Instituto de Estudios Fiscales concede hasta 18 becas de alojamiento y desayuno durante todo el período de duración del curso con estancia en Madrid. La Agencia Española de Cooperación Internacional asumirá los gastos de alojamiento y desayuno de hasta 18 becas de alojamiento y desayuno durante el período del viaje de estudios, hasta 18 becas de transporte aéreo y hasta 1 beca de manutención. Fecha límite: La fecha límite de presentación de candidaturas será el 15 de abril de 2005. Programa del curso: El contenido temático del Curso se estructura en sesiones lectivas sobre los siguientes módulos:

VIII. Institucional y Tributaria.

VIII. Sistemas de información catastral. VIII. Sistemas de valoración catastral. IIIV. Procesos catastrales. IIIV. Acceso y utilización de los datos catastrales. IIVI. Dirección y gestión del catastro en el territorio. IVII. El Catastro en Iberoamérica. VIII. Función Pública. IIIX. Prácticas en distintas Gerencias en España. IIIX. Seminarios.

Solicitudes: Los candidatos deberán cursar su solicitud dirigida a:

Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda de España. A la atención del Ilmo. Sr. Director. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035, Madrid, ESPAÑA. Tlfno: 34 91 339 89 80. Fax: 34 91 339 88 44. E-mail: cooperacion.institucional@ief.minhac.es

IX Curso sobre Presupuestación, Contabilidad y Control del Gasto Público

Fechas y lugar de Realización: Del 6 de junio al 1 de julio de 2005. Instituto de Estudios Fiscales. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035, Madrid. Objetivo: El Curso tiene como finalidad proporcionar a los participantes una visión general del Régimen Financiero de la Administración Española, con especial referencia a los sistemas Presupuestario, Contable y de Control del Gasto Público. Condiciones económicas: La Agencia Española de Cooperación Internacional concederá hasta 18 becas de alojamiento y desayuno durante todo el período de duración del curso, hasta 18 becas de transporte aéreo y hasta 1 beca de manutención. Fecha límite: La fecha límite de presentación de candidaturas será el 15 de abril de 2005. Programa del curso: El contenido temático del Curso se estructura en sesiones lectivas sobre los siguientes módulos:

VI. Institucional.

III. Presupuestos. III. Contabilidad y control interno de la Actividad Financiera. IV. El Control Externo de la Actividad Financiera y la Responsabilidad Contable. IV. Seminarios-talleres. VI. Prácticas.

Solicitudes: Los candidatos deberán cursar su solicitud dirigida a:

Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda de España. A la atención del Ilmo. Sr. Director. Avda. Cardenal Herrera Oria, 378. 28035, Madrid, ESPAÑA. Tlfno: 34 91 339 89 80. Fax: 34 91 339 88 44. E-mail: cooperacion.institucional@ief.minhac.es

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Artículo 13. Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora. 2. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley las personas o entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora: a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes en la forma que se determine reglamentariamente. f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen. h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta ley o la Ley General Tributaria.

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