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Documento BOE-A-2005-21586

Resolución de 1 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Extremadura para la realización del proyecto de «Extremadura Ciudadanía Digital» en las Mancomunidades Integrales Tajo-Salor y La Serena.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 2005, páginas 43207 a 43213 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2005-21586

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Extremadura para la realización del proyecto de «Extremadura Ciudadanía Digital» en las Mancomunidades integrales Tajo-Salor y La Serena, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada modificación, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 1 de diciembre de 2005.-El Secretario de Estado, Francisco Ros Perán.

ANEXO Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Extremadura para la realización del Proyecto de «Extremadura Ciudadanía Digital» en las Mancomunidades Integrales Tajo-Salor y La Serena

En Madrid, a 30 de noviembre de 2005.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Francisco Ros Perán, Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.1 de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. D. Luís Millán Vázquez de Miguel, Consejero de Infraestructura y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Extremadura, nombrado mediante Decreto del Presidente 6/2005, de 8 de enero de 2005, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 3, de 11 de enero, en representación de la Junta de Extremadura en virtud de las competencias conferidas en el Decreto del Presidente 5/2005, de 8 de enero, publicado en el Diario Oficial de la Extremadura número 3, de 11 de enero, de la delegación de firma del Presidente de 15 de marzo de 2005, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su sesión de 25 de noviembre de 2005. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

EXPONEN QUE

1. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la sociedad de la información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

2. La iniciativa e-Europe, aprobada por el Consejo Extraordinario de la Unión Europea, celebrado en marzo del 2000 en Lisboa, y su Plan de Acción «e-Europe 2005» aprobado en junio de 2002, incluyen la difusión y acercamiento de la sociedad de la información a los ciudadanos, entre sus líneas de acción prioritarias. 3. El Programa de Ciudades Digitales es un programa de telecomunicaciones cuyo objetivo es la promoción e implantación de la sociedad de la información, en un entorno local, incluyendo temas tales como teleadministración, comercio/negocio electrónico, teletrabajo, teleformación, telemedicina, gestión de servicios de uso público, aplicaciones para colectivos con requerimientos especiales, cultura, turismo y ocio, entorno doméstico y móvil, etc. Todo ello basado en redes de telecomunicaciones de banda ancha. 4. Este Programa a su vez, forma parte, en cuanto a las actuaciones que se realizarán en las Comunidades Autónomas objetivo 1, del Programa Operativo para la Sociedad de la Información, financiado por FEDER de la Unión Europea, que se desarrolla durante el período 2000-2006, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la gestión de los Fondos Estructurales europeos. Dado que Extremadura es zona objetivo 1, el retorno será el 50% de la aportación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. 5. La Junta de Extremadura es consciente del reto que supone la incorporación a la Sociedad de la Información y el Conocimiento de una Comunidad Autónoma con las características de Extremadura. En ese sentido, la Administración Autonómica esta ejecutando desde 1998 un Plan Estratégico Regional para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en todos los sectores socioeconómicos de Extremadura. El Plan de Alfabetización Tecnológica y Software Libre (PAT) tiene como objetivo la incorporación a la Sociedad de la Información de aquellos sectores de la población que, por condicionantes sociales, económicos y geográficos, podían quedar al margen de la revolución tecnológica. Para ello el PAT ha puesto a disposición de los ciudadanos el conocimiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y el software libre a través de la creación de 33 Nuevos Centros del Conocimiento repartidos por toda la región, especialmente en localidades del ámbito rural. El proyecto Vivernet, dirigido a la implantación de la Sociedad de la Información en el mundo empresarial, apoya la creación de empresas de base tecnológica y la incorporación de las nuevas tecnologías y el software libre en el sector. El proyecto Centro de Fomento de Nuevas Iniciativas tiene como objetivo la adaptación de la estrategia extremeña de Sociedad de la Información a las circunstancias cambiantes de cada momento y la coordinación técnica del proyecto transversal gnuLinEx (software libre). La Intranet Extremeña, Red Corporativa de Servicios Avanzados de Telecomunicación, conecta los 1478 centros dependientes de la administración autonómica (centros educativos, sanitarios, sociales, administrativos, de investigación, etc.) mediante una red de banda ancha con un mínimo de 2Mbps en todos los puntos, garantizando así la conectividad de todas las poblaciones de la región. La Red Tecnológica Educativa, con una ratio de un ordenador por cada dos alumnos, ha supuesto la incorporación del sistema educativo extremeño a la Sociedad de la Información, en la que se incluye tanto el desarrollo de infraestructuras (software, hardware, intranet), como la creación de un espacio donde promover la investigación, la formación y la innovación en Extremadura en el ámbito de las TIC, asegurando la utilización de recursos de información y propiciando el acceso y disponibilidad de oportunidades para todos los extremeños. El software libre gnuLinEx, auténtico elemento vertebrador de la Estrategia Global de S.I. de Extremadura, proporciona una plataforma segura, fiable, libre de virus, y de código abierto, a la Red Tecnológica Educativa, al sistema sanitario extremeño (proyecto JARA), y a las dependencias administrativas de la Junta de Extremadura. Mediante el Decreto 64/2002, de 28 de mayo, se convocan ayudas para la ejecución de proyectos en el marco del programa e-Extremadura: Programa regional de acciones innovadoras del FEDER de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Cabe destacar que este programa ha permitido la definición global de las prioridades de la Administración Pública en Sociedad de la Información y ha inaugurado una metodología de trabajo caracterizada por la participación multisectorial en la estrategia regional (Pymes, Universidad, Entidades sin fines de lucro, Ayuntamientos, Mancomunidades y Diputaciones Provinciales). La Junta de Extremadura también ha dado muestras de su interés por la incorporación a la Administración Pública de las Tecnologías de la Información y la Comunicación:

Mediante el Decreto 21/1996, de 19 de febrero, se articula el Plan de Innovación y Mejora de los Servicios Administrativos de la Junta de Extremadura (1996-1999), en el que ya se recoge como objetivo la incorporación de las nuevas tecnologías aplicadas a la gestión, operando sobre sus elementos organizativos, técnicos, procedimentales y de dirección, gestión y desarrollo de recursos humanos.

Más recientemente, con fecha 26 de febrero de 2004, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprueba el Plan de Modernización, Simplificación y Calidad para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (2004-2007). Dicho Plan, en su eje IV, contempla como objetivo la implantación de la Información y de las comunicaciones en la Administración. En aplicación del mencionado Plan de Modernización, se ha creado la Comisión Interdepartamental de Asesoramiento y Gestión de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Junta de Extremadura (Decreto 85/2004, de 15 de junio, D.O.E. núm 71, de 22 de junio), cuyo objeto es impulsar, establecer y dirigir las líneas de actuación de la política tecnológica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El alto grado de ejecución del Plan Estratégico Regional de Desarrollo de Sociedad de la Información, conduce a la Junta de Extremadura a través de sus Consejerías de Presidencia, de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico y de Desarrollo Rural, en coordinación con las Diputaciones Provinciales de Cáceres y Badajoz, y la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura, abordar actuaciones que faciliten el acceso de los ciudadanos, organizaciones e instituciones a la Administración tecnológica. Este conjunto de actuaciones se ha denominado programa «Extremadura Ciudadanía Digital» cuyo ámbito de aplicación será inicialmente las «Mancomunidades Integrales» de La Serena y Tajo-Salor. 6. Este convenio ha sido autorizado por el Consejo de Ministros en su reunión de 25 de noviembre de 2005 a propuesta del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. El gasto derivado de la misma, al ser de carácter plurianual ha obtenido la preceptiva autorización del Consejo de Ministros, tal y como dispone el artículo 74.5 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. 7. De conformidad con el Decreto 2/2005, de 11 de enero, (D.O.E. núm. 6, de 18 de enero), corresponde a la Consejería de Infraestructura y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Extremadura, a través de su Dirección General de Sociedad de la Información, el impulso, la coordinación, seguimiento y evaluación de proyectos en materia de sociedad de la información, propios o en colaboración con otras instituciones y entidades. Asimismo, le corresponde el impulso, la promoción y la coordinación de medidas que garanticen la alfabetización tecnológica diferencial de la ciudadanía, instituciones y organizaciones. 8. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Extremadura, consideran de interés la colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma en este tipo de experiencias.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-El presente Convenio tiene por objeto plasmar las condiciones con arreglo a las cuales se llevará a cabo la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Infraestructura y Desarrollo Tecnológico, para la realización del Proyecto «Extremadura Ciudadanía Digital» en las «Mancomunidades Integrales» de Tajo-Salor y de La Serena, para promover e impulsar la implantación de la sociedad de la información en los municipios que las integran con los incentivos previstos en este programa de telecomunicaciones. Es fundamental conseguir un efecto de demostración que pueda servir para inducir, propiciar y orientar otras iniciativas en el resto de Extremadura y de España, y que los ciudadanos, empresas e instituciones se beneficien de la aplicación de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos sociales y económicos, comprobando en una situación real las ventajas de la sociedad de la información, mediante la utilización de servicios avanzados de telecomunicaciones.

Los destinatarios de las actuaciones previstas en este Proyecto son todos los ciudadanos, empresas e instituciones de las «Mancomunidades Integrales» de Tajo-Salor y de La Serena. No obstante, todas las actuaciones se acometerán con la intención de que puedan ser reutilizables en cualquier otra Mancomunidad. Concretamente, los Municipios afectados son:

Mancomunidad Tajo-Salor: Integrada por los siguientes municipios: Aliseda, Arroyo de la Luz, Brozas, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Malpartida de Cáceres, Navas del Madroño y Villa del Rey.

Más los siguientes municipios que se incorporarán y formarán la integral: Alcántara, Hinojal, Mata de Alcántara, Monroy, Piedras Albas, Santiago del Campo y Talaván,

Mancomunidad La Serena:

Integrada por los siguientes municipios: Benquerencia de la Serena, Cabeza del Buey, Campanario, Capilla, Castuera, Esparragosa de la Serena, Higuera de la Serena, Magacela, Malpartida de la Serena, Monterrubio de la Serena, Peñalsordo, Quintana de la Serena, Valle de la Serena, Zalamea de la Serena, Zarza-Capilla.

Más los siguientes municipios que se incorporarán y formarán la integral: La Haba, Magacela, Coronada (La), Orellana la vieja y Orellana de la Sierra.

Segunda. Dirección del Proyecto.-La dirección del Proyecto corresponderá a la Consejería de Infraestructura y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Sociedad de la Información, de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 6 del Decreto 2/2005, de 11 de enero, anteriormente mencionado.

La Dirección General de Sociedad de la Información designará un funcionario de la misma como Director del Proyecto. Este Director del Proyecto emitirá un informe técnico y económico cada dos meses sobre la evolución, perspectivas y grado de cumplimiento de los objetivos del Proyecto. Para la gestión del Proyecto, la Dirección General de Sociedad de la Información podrá contar con los servicios de consultoría y asistencia técnica de empresas, asociaciones o entidades, que consideren necesarios. Los gastos de consultoría, asistencia técnica u otros gastos, correspondientes a la gestión del Proyecto serán imputables al mismo. No serán imputables al Proyecto los gastos de personal, viajes, etc, realizados, a estos efectos, por las Administraciones Públicas. Los gastos de preparación del Proyecto realizados entre el 21 de marzo de 2002 (fecha en que fueron entregados el documento base y el convenio tipo del Programa de Ciudades Digitales a los representantes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas), y la fecha de entrada en vigor del convenio, serán imputables al Proyecto. No serán imputables los gastos de personal, viajes, etc, realizados, a estos efectos, por las Administraciones Públicas. Tercera. Contratos, convenios y otros acuerdos para la ejecución del Proyecto.-La Junta de Extremadura podrá establecer los contratos, convenios, acuerdos, etc, necesarios para la ejecución del Proyecto, objeto de este Convenio. Los proyectos de infraestructuras de telecomunicaciones contenidos en este Convenio y financiados por FEDER cumplen los requisitos tanto de elegibilidad como de utilización incluidos en la normativa de la UE sobre requisitos tales como el marco estratégico de despliegue de infraestructuras, idoneidad de las zonas geográficas elegidas, neutralidad tecnológica y acceso abierto a la utilización de las infraestructuras y equipos tanto para los operadores como para los proveedores de servicios. Cuarta. Órgano ejecutante del Proyecto.-La Junta de Extremadura podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de este convenio, directamente o a través de convenio o contrato con entidad pública o privada que se determine, si bien en todo caso mantendrá los relativos a la dirección del proyecto, comprendidos en la cláusula segunda, y la supervisión y tutela de aquellos otros que ejecute indirectamente a través del expresado mecanismo. En todo caso, los contratos que se establezcan en el ámbito de este Convenio por parte de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad y concurrencia que rigen la contratación administrativa que se señalan en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio. Quinta. Presupuesto del Proyecto y aportaciones de las entidades participantes.-El presupuesto del Proyecto «Extremadura Ciudadanía Digital» es de seis millones de euros (6.000.000,00 €). Las aportaciones, por años, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, así como las aportaciones de la Junta de Extremadura, son las siguientes (en euros), para el conjunto de actuaciones descritas en la cláusula sexta:

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

380.976

737.660

1.881.364

3.000.000

Junta de Extremadura

1.600.000

1.400.000

-

3.000.000

Total Administraciones Públicas

1.980.976

2.137.660

1.881.364

6.000.000

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Junta de Extremadura los fondos correspondientes con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.751 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2005 y su equivalente para los siguientes ejercicios.

La Junta de Extremadura realizará las aportaciones con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

Anualidad 2005: 1.500.000 euros (Un millón quinientos mil euros) con cargo a la partida presupuestaria 2005.16.02.521A.601, Superproyecto 2001.13.04.9002 «Sociedad de la Información 2.7», Proyecto 2004.13.04.0003 «Desarrollo de Telecomunicaciones en zonas rurales», para financiar la actuación número 1 «Infraestructuras: Despliegue Banda Ancha», recogida en la cláusula sexta.

100.000 euros (cien mil euros) con cargo a la partida presupuestaria 2005.16.03.522A.641, Superproyecto 2000.13.05.9003 «Inversión en capital humano en el ámbito de la investigación, la ciencia y la tecnología 2.1», Proyecto 2005.13.05.0001 «Medidas de Fomento de la Capacidad Tecnológica», para financiar la actuación número 3 «Desarrollo Intranet Municipal Portal Interno y Externo», recogida en la cláusula sexta.

Anualidad 2006:

900.000 euros (novecientos mil euros) con cargo a la partida presupuestaria 2006.16.02.521A.601, Superproyecto 2001.13.04.9002 «Sociedad de la Información 2.7», Proyecto 2004.13.04.0003 «Desarrollo de Telecomunicaciones en zonas rurales», para financiar la actuación número 1 «Infraestructuras: Despliegue Banda Ancha», recogida en la cláusula sexta.

200.000 euros (doscientos mil euros) con cargo a la partida presupuestaria 2006.16.03.522A.641, Superproyecto 2000.13.05.9003 «Inversión en capital humano en el ámbito de la investigación, la ciencia y la tecnología 2.1», Proyecto 2005.13.05.0001 «Medidas de Fomento de la Capacidad Tecnológica», para financiar la actuación número 3 «Desarrollo Intranet Municipal Portal Interno y Externo», recogida en la cláusula sexta. 300.000 euros (trescientos mil euros) con cargo a la partida presupuestaria 2006.16.03.522A.641, Superproyecto 2002.13.05.9001 «Sociedad de la Información», Proyecto 2002.13.05.2002 «Promoción y Apoyo de Proyectos en materia de Sociedad de la Información», para financiar la actuación número 7 «Implementación y despliegue de servicios de Administración Tecnológica en el Territorio», recogida en la cláusula sexta.

El compromiso del conjunto de transferencias y pagos por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio estará condicionado a la justificación de las aportaciones, y de las actividades, gastos y pagos previstos en este Convenio, por parte de la Junta de Extremadura.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio realizará un pago inicial a la firma de este Convenio de trescientos ochenta mil novecientos setenta y seis euros (380.976 €), que corresponde al 12,69 % de su aportación total definida en este Convenio. Las aportaciones anuales del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se harán de acuerdo con los importes indicados para cada actuación en la cláusula sexta. Estas transferencias anuales se efectuarán a principios de cada año, salvo la transferencia inicial del año 2005. La Junta de Extremadura enviará cada dos meses a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, los certificados y justificantes de gastos y pagos realizados en los dos últimos meses, correspondientes a las actuaciones financiadas por las Administraciones Públicas, para los gastos y pagos realizados por la Junta de Extremadura, siendo su suma total anual la indicada en la cláusula sexta. Entre otras finalidades, con ello se podrá cumplir con lo establecido en la Resolución de 1 de marzo de 2002 de la Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial (B.O.E. n.º 77, de 30.3.2002). A los efectos de esta Resolución, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sólo podrá justificar ante los organismos europeos los fondos que aporte; correspondiendo a la Junta de Extremadura la justificación de sus aportaciones, que están igualmente financiadas con Programas de Fondos Estructurales. En el caso de que las actuaciones se realizaran parcialmente o con un coste total de todas las actuaciones inferior al previsto, las aportaciones económicas totales de cada Administración Pública se reducirán proporcionalmente a las indicadas en este Convenio. Al final del Proyecto se realizará la liquidación sobre las bases anteriores, teniendo en cuenta las modificaciones que apruebe la Comisión Mixta de Control y Seguimiento, incluyendo la reasignación de fondos entre actuaciones o la ejecución de otras actuaciones que complementen las programadas en el presente Convenio. Sexta. Contenido del Proyecto.-Se consideran incluidas en el Proyecto «Extremadura Ciudadanía Digital» las actuaciones financiadas por la Junta de Extremadura y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio relacionadas en la presente cláusula y que constituyen el objeto de este Convenio. Podrán incluirse como gastos imputables al Proyecto «Extremadura Ciudadanía Digital» los costes de adquisición de equipos, programas y sistemas electrónicos, informáticos y de telecomunicaciones, así como el material fungible, y los costes de los servicios de telecomunicaciones correspondientes al Proyecto. No se podrán incluir como gastos imputables al Proyecto los costes de compra o edificación de inmuebles, adecuación, restauración, reformas, etc., el alquiler de los mismos, los costes de mobiliario, enseres e instalaciones (excepto las de telecomunicaciones), ni los gastos generales de mantenimiento y de operación (limpieza, electricidad, etc). Las actuaciones que integran el proyecto «Extremadura Ciudadanía Digital» son las siguientes, con sus aportaciones y pagos anuales:

Actuación n.º 1. Infraestructuras: Despliegue Banda Ancha: 1. Descripción: El objetivo de esta acción es garantizar el despliegue de la adsl en toda la región en el período 2.005-2006 que es una prioridad de la Junta de Extremadura y de las Diputaciones Provinciales, priorizando en las dos «Mancomunidades Integrales» de Tajo-Salor y de La Serena.

A la evaluación de las infraestructuras y equipamiento existente en los municipios susceptibles de ser utilizados para la implementación del proyecto Extremadura: Ciudadanía digital, sumaremos la agilización de la implantación de Internet Rural por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que facilitará el éxito de las actuaciones previstas

2. Aportaciones (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

1.500.000

900.000

-

2.400.000

3. Justificación anualizada de importes (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

-

1.500.000

900.000

2.400.000

4. Ejecución:

Órgano ejecutante: Junta de Extremadura.

Forma de ejecución: Por procedimiento abierto, negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

5. Periodo de ejecución: El periodo de ejecución de la actuación comienza a la firma del convenio en 2005 y finaliza el 31 de diciembre de 2006. Actuación n.º 2: Dotaciones equipamiento:

1. Descripción: Además de la conectividad municipal contaremos con una serie de servidores que garanticen la fluidez de la intranet para la e-administración y equipamiento suficiente para desarrollar las actuaciones, además de contar con los ya existentes en los municipios.

2. Aportaciones (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

50.000

350.000

-

400.000

3. Justificación anualizada de importes (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

50.000

350.000

400.000

4. Ejecución:

Órgano ejecutante: Junta de Extremadura.

Forma de ejecución: Por procedimiento abierto, negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

5. Periodo de ejecución: El periodo de ejecución de la actuación comienza a la firma del convenio en 2005 y finaliza el 31 de diciembre de 2006. Actuación n.º 3: Desarrollo Intranet municipal «Portal interno y Externo»:

1. Descripción: El objetivo de esta acción es el desarrollo de una Intranet web, lo que hemos denominado »Intranet municipal» o lo que es lo mismo una red basada en el uso de las tecnologías de Internet, de uso privado entre los Ayuntamientos y la Consejería de Desarrollo Rural y de información para la ciudadanía. Esta intranet es un espacio en el que los Ayuntamientos podrán encontrar información reservada y hacer uso de aplicativos puestos a su disposición para crear sus propias páginas web municipales, servicios a los ciudadanos, realizar consultas on line, participar en foros de debate.

2. Aportaciones (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

100.000

200.000

-

300.000

3. Justificación anualizada de importes (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

-

100.000

200.000

300.000

4. Ejecución:

Órgano ejecutante: Junta de Extremadura.

Forma de ejecución: Por procedimiento abierto, negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

5. Periodo de ejecución: El periodo de ejecución de la actuación comienza a la firma del convenio en 2005 y finaliza el 31 de diciembre de 2006. Actuación n.º 4: Desarrollo de Aplicativos Libres para la gestión municipal:

1. Descripción: Diseño y desarrollo de aplicativos en Software libre: Esta iniciativa mejorará la prestación de los servicios de la Administración local mediante la introducción de sistemas informáticos de gestión en Ayuntamientos y Mancomunidades. Supondrá un refuerzo a la mecanización de la gestión de los municipios de la Comunidad Autónoma y su coordinación con las administraciones provinciales y la regional. Para ello se desarrollará una serie de aplicativos necesarios para la gestión municipal y se procederá a su posterior implantación.

Asimismo se procederá al desarrollo y la implantación de aplicativos relacionados con colectivos con requerimientos especiales (discapacitados, tercera edad, inmigrantes, personas con riesgo de exclusión) y con la cultura, el ocio y el turismo, así como los que promuevan el comercio electrónico y el uso de las Tecnologías en la pequeña y media empresa.

2. Aportaciones (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

280.976

119.024

-

400.000

3. Justificación anualizada de importes (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

-

280.976

119.024

400.000

4. Ejecución:

Órgano ejecutante: Junta de Extremadura.

Forma de ejecución: Por procedimiento abierto, negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

5. Periodo de ejecución: El periodo de ejecución de la actuación comienza a la firma del convenio en 2005 y finaliza el 31 de diciembre de 2006. Actuación n.º 5: Desarrollo de Contenidos y Plataforma de Teleformación en software libre:

1. Descripción: Dentro de la Intranet Web y para uso del personal de los Ayuntamientos y las Mancomunidades Integrales, se facilitará la herramienta y la documentación necesaria para proveer su formación presencial y a distancia mediante un sistema de tutoría telemática mediante la que podrán plantearse cuantas dudas y preguntas surjan en relación con las materias objeto de la formación y reciclaje, utilizando para ello una plataforma de teleformación en software libre, complementando en todo caso esta formación, mediante conferencias, videoconferencias, demostraciones y actividades relacionadas con la Administración y las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Esta plataforma también contendrá cursos de formación relacionados con materias que conciernen a la gestión por parte de trabajadores municipales. Para ello se efectuará un diseño exhaustivo de la teoría y ejercicios por módulos, metodología de tutorización, agenda, tablón de anuncios y otras herramientas que faciliten la realización de dichas acciones formativas.

2. Aportaciones (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

-

50.000

30.000

80.000

3. Justificación anualizada de importes (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

2008

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

-

50.000

30.000

80.000

4. Ejecución:

Órgano ejecutante: Junta de Extremadura.

Forma de ejecución: Por procedimiento abierto, negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

5. Periodo de ejecución: El periodo de ejecución de la actuación comienza en 2005 y finaliza el 31 de diciembre de 2007. Actuación n.º 6: Difusión, gestión, formación, asistencia técnica, mantenimiento, actualización de los aplicativos y desarrollos relacionados con la gestión municipal en las mancomunidades de referencia:

1. Descripción: Para agilizar los procesos de inmersión en la Sociedad del Conocimiento de los municipios y los ciudadanos en general se trabajará en el desarrollo e implantación de aplicativos para la gestión municipal (Pista Local, Geopista, etc.) para las entidades locales así como labores relacionadas con la Intranet municipal-provincial y regional de difusión, gestión, formación y mantenimiento de la misma.

2. Aportaciones (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

50.000

140.000

140.000

330.000

3. Justificación anualizada de importes (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

2008

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

-

50.000

140.000

140.000

330.000

4. Ejecución:

Órgano ejecutante: Junta de Extremadura.

Forma de ejecución: Por procedimiento abierto, negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

5. Periodo de ejecución: El periodo de ejecución de la actuación comienza a la firma del convenio en 2005 y finaliza el 31 de diciembre de 2007. Actuación n.º 7: Implementación y despliegue de servicios de Administración Tecnológica en el Territorio.

1. Descripción: Esta actuación permitirá analizar, elaborar e implementar el catálogo de servicios al ciudadano que se pondrán en marcha desde los municipios, mancomunidades integrales, diputaciones y administración regional, coordinándose e integrando los ya existentes.

2. Aportaciones (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

-

300.000

-

300.000

3. Justificación anualizada de importes (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

-

-

300.000

300.000

4. Ejecución:

Órgano ejecutante: Junta de Extremadura.

Forma de ejecución: Por procedimiento abierto, negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

5. Periodo de ejecución: El periodo de ejecución de la actuación comienza en 2006 y finaliza el 31 de diciembre de 2006. Actuación n.º 8: Alfabetización Tecnológica Diferencial de responsables políticos, trabajadores y trabajadoras municipales y ciudadanía:

1. Descripción: Los trabajadores municipales y los líderes locales deben capacitarse en las competencias y los conocimientos necesarios para comprender, participar activamente y beneficiarse plenamente de la Sociedad de la Información y la economía del conocimiento, con el propósito de facilitar y multiplicar la entrada de la ciudadanía en la Sociedad de la Información.

Desde la Administración Local y a través de las herramientas que nos brinda la Sociedad de la Información, podemos conseguir los siguientes cambios y transformaciones:

Hacer más eficiente la gestión administrativa, reduciendo el tiempo de tramitación.

Reducción de los costes, al automatizar los procesos administrativos. Desarrollo económico, facilitando las relaciones de las empresas con la administración y ofreciendo una mejor imagen de la ciudad al mundo inversor. Incrementar y agilizar la prestación de servicios públicos. Es esta la motivación de los gobiernos locales, para comenzar a introducir a la ciudadanía en la sociedad de la información. Capacitar a la ciudadanía en el uso y manejo de las herramientas y los servicios. Uso y despliegue de la Administración Tecnológica. Reforzar la democracia, estableciendo una comunicación más directa entre los ciudadanos y los responsables municipales. Elevar la imagen de la localidad.

2. Aportaciones (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

-

8.636

1.611.364

1.620.000

3. Justificación anualizada de importes (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

2008

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

-

-

8.636

1.661.364

1.620.000

4. Ejecución:

Órgano ejecutante: Junta de Extremadura.

Forma de ejecución: Por procedimiento abierto, negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

5. Periodo de ejecución: El periodo de ejecución de la actuación comienza en 2006 y finaliza el 31 de diciembre de 2007. Actuación n.º 9: Difusión, divulgación y transferencia de buenas prácticas:

1. Descripción: Se incluyen aquí las acciones requeridas para dar conocimiento interno y externo del proyecto «Extremadura ciudadanía digital, involucrando a ciudadanos, empresas, organizaciones y municipios en general, así como la divulgación y transferencia de conocimiento de las buenas prácticas adquiridas.

Además participaremos en foros divulgativos nacionales e internacionales de ciudades digitales.

2. Aportaciones (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

Total

-

Euros

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

70.000

100.000

170.000

3. Justificación anualizada de importes (en euros):

2005

-

Euros

2006

-

Euros

2007

-

Euros

2008

-

Euros

Total

-

Euros

Junta de Extremadura

70.000

100.000

170.000

4. Ejecución:

Órgano ejecutante: Junta de Extremadura.

Forma de ejecución: Por procedimiento abierto, negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

5. Periodo de ejecución: El periodo de ejecución de la actuación comienza en 2006 y finaliza el 31 de diciembre de 2007.

Actuaciones y financiación

Actuaciones

Presupuesto total Euros

MITYC Euros

Junta Extremadura Euros

1. Infraestructuras: Despliegue Banda Ancha

2.400.000

-

2.400.000

2. Dotaciones equipamiento.

400.000

400.000

3. Desarrollo Intranet municipal «Portal interno y externo»

300.000

-

300.000

4. Desarrollo de Aplicativos Libres para la gestión municipal

400.000

400.000

-

5. Desarrollo de Contenidos y Plataforma de Teleformación en software libre

80.000

80.000

-

6. Difusión, gestión, formación, asistencia técnica, mantenimiento, actualización de los aplicativos y desarrollos relacionados con la gestión municipal en las mancomunidades de referencia

330.000

330.000

-

7. Implementación y despliegue de servicios de Administración Tecnológica en el Territorio

300.000

-

300.000

8. Alfabetización Tecnológica Diferencial de responsables políticos, trabajadores y trabajadoras municipales y ciudadanía

1.620.000

1.620.000

-

9. Difusión, divulgación y transferencia de buenas prácticas

170.000

170.000

-

Total

6.000.000

3.000.000

3.000.000

Se considera que la actuación más relevante es la actuación n.º 8 Alfabetización Tecnológica Diferencial de responsables políticos, trabajadores y trabajadoras municipales y ciudadanía y en ella se hará un especial esfuerzo con objeto de que se alcancen resultados sobresalientes y constituyan una referencia importante para su posterior difusión como proyectos demostradores.

Se considera muy importante que las actuaciones tengan el mayor grado posible de innovación y que las soluciones que se adopten sean competitivas en el mercado internacional. Séptima. Información, documentación y revisión de las actividades.-La Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, podrá requerir en determinadas actuaciones del Proyecto y en cualquiera de las fases del mismo (puesta en marcha, definición del pliego de especificaciones, convocatoria de concursos, adjudicaciones, contrataciones, convenios, acuerdos, seguimiento y recepción de obra, etc.) toda la información y documentación elaborada sobre el tema, así como la revisión de las actividades previstas o en ejecución relacionadas con el mismo. La Junta de Extremadura suministrará la información y documentación requerida, o la requerirá a su vez a las demás Administraciones y entidades interesadas, y proporcionará cuanto sea necesario para la revisión de dichas actividades. En el caso de que la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información emita un informe previo a las actividades relacionadas con una determinada actuación, la Junta de Extremadura analizará la viabilidad y conveniencia de proceder de acuerdo con el contenido del informe. Si la Junta de Extremadura considerara que no es conveniente proceder según el contenido del informe de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, lo comunicará a dicha Dirección General antes de llevar a cabo estas actividades, con objeto de llegar a un acuerdo sobre el tema. La Junta de Extremadura remitirá al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio toda la documentación requerida por la Intervención General del Estado, el Tribunal de Cuentas, el Congreso, el Senado, la Comisión de la Unión Europea, o cualquier otro organismo competente, y proporcionará cuanto sea necesario para la revisión de las actividades relacionadas con la misma. Cuando se produzca algún hecho de consideración que pueda afectar al cumplimiento del calendario de las aportaciones o a la ejecución prevista del Proyecto, la Junta de Extremadura lo comunicará a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para su análisis en la Comisión Mixta de Control y Seguimiento. Octava. Disponibilidad del contenido de este Convenio y de los resultados del Proyecto como demostradores, para su difusión.-El contenido de este Convenio podrá ser utilizado por la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para otras iniciativas, proyectos y convenios, del Programa de Ciudades Digitales. La Junta de Extremadura se compromete a poner a disposición de las personas y entidades interesadas, las realizaciones y resultados conseguidos por el Proyecto, dado el objetivo básico de alcanzar la máxima difusión de dichas realizaciones y resultados. Novena. Utilización de los desarrollos de diseño específico en el Proyecto.-Con objeto de incentivar su expansión e implantación, en general, se tratará de que los desarrollos y aplicaciones que se realicen específicamente para este Proyecto puedan ser utilizados sin coste adicional en cualquier otra Mancomunidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Igualmente, todos los desarrollos y aplicaciones deberán realizarse utilizando software libre salvo por causas debidamente justificadas y posterior aprobación por la Comisión Mixta de Control y Seguimiento. Décima. Participación en el foro de ciudades digitales.-Una vez constituido el foro de ciudades digitales para el intercambio de información, conocimientos y experiencias, la Junta de Extremadura conjuntamente con las corporaciones implicadas en el proyecto, designarán la representación que consideren conveniente para su participación en dicho foro. Undécima. Notificación a la Comisión de la Unión Europea.-La Junta de Extremadura tramitará, en su caso, las notificaciones o autorizaciones que procedan, ante la Comisión de la Unión Europea, en cumplimiento de lo previsto en el Tratado de la CE y, en particular, en los artículos 87 y 88 de dicho Tratado. Asimismo, se tendrá en cuenta la normativa comunitaria en materia de acumulación de ayudas y, en general, los Reglamentos de los Fondos Estructurales. Duodécima. Referencia al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y a la Comisión de la Unión Europea.-La Junta de Extremadura citará al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y a la Comisión de la Unión Europea (Programa Operativo para la Sociedad de la Información 2000-2006, financiado por FEDER), como Administraciones que han cofinanciado este Proyecto, en todas las referencias a las actividades y resultados del mismo. Esto supondrá una referencia a la cofinanciación de la Unión Europea, al contenido de las actuaciones conjuntas y al papel de la Unión Europea en la aplicación de sus fondos y del Reglamento (CE) N.º 1159/2000 de la Comisión de 30 de mayo de 2000 sobre las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales. Decimotercera. Comisión Mixta de Control y Seguimiento.-Con el fin de asegurar un adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del presente Convenio, su ejecución y financiación, se establece una Comisión Mixta de Control y Seguimiento cuyas funciones serán:

a) Realizar la supervisión y seguimiento de los trabajos y acciones contemplados en el presente Convenio, y su financiación.

b) Interpretar el contenido del presente Convenio y su aplicación. c) Cualesquiera otras que se encaminen al cumplimiento de este Convenio o a su desarrollo, conforme a los intereses de las partes.

La Comisión Mixta de Control y Seguimiento estará compuesta por los siguientes miembros:

El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que presidirá la Comisión.

Tres representantes de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Un representante de la Delegación del Gobierno en Extremadura. Tres representantes de la Junta de Extremadura. Un representante de la Diputación Provincial de Cáceres. Un representante de la Diputación Provincial de Badajoz. Un representante de la Mancomunidad Integral de Tajo-Salor. Un representante de la Mancomunidad Integral de La Serena.

El representante de cada mancomunidad y Diputación Provincial tendrá voto exclusivamente en el caso de que los asuntos que se traten sean de su incumbencia. Cuando los asuntos sean de interés general del convenio, los dos representantes de las Diputaciones Provinciales tendrán un solo voto y los dos representantes de las mancomunidades tendrán un solo voto.

El Secretario de la Comisión Mixta, con voz pero sin voto, será un representante, distinto de los anteriores, de la Junta de Extremadura Los miembros de la Comisión, que serán designados específicamente en el seno de su organización, podrán delegar su representación y voto. Los representantes de la Administración General del Estado podrán delegar en otra persona de esta misma administración. Los representantes de la administración autonómica podrán delegar en otra persona de la misma administración autonómica. Los representantes de las mancomunidades y de las diputaciones provinciales podrán delegar en otra persona de su misma organización. Asimismo el presidente podrá delegar en otro miembro de su misma Dirección General. Esto será también válido para la sesión de constitución. La Comisión Mixta de Control y Seguimiento se reunirá con la periodicidad que la misma determine y, como mínimo, dos veces al año. La Comisión Mixta de Control y Seguimiento aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Proyecto que se planteen en su ejecución. En ningún caso estas modificaciones supondrán la variación del importe de la aportación total del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio expresada en el presente Convenio. A propuesta del Director de Proyecto, se aceptará una tolerancia de un 20% de variación en las cantidades asignadas a cada actuación, sin necesidad de aprobación previa por la Comisión Mixta de Control y Seguimiento. Decimocuarta. Entrada en vigor y duración.-El presente Convenio comenzará a producir efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008. En el caso de que se considere conveniente, se valorará, en su momento, la posibilidad de prorrogar el mismo de mutuo acuerdo. La prórroga se adoptará, en su caso, con una antelación mínima de tres meses sobre la fecha de finalización de la vigencia del Convenio, y por un período máximo de prórroga de dos años. Dicha prórroga deberá ser expresa y determinará las cuantías que sean necesarias para dar cumplimiento a los objetivos de este convenio de colaboración. Para la aprobación de la misma se cumplimentarán los mismos trámites formales y procedimentales que se llevan a cabo para la suscripción de este Convenio. Decimoquinta. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-El presente Convenio de colaboración es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, a través de la Comisión Mixta de Control y Seguimiento. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Decimosexta. Causas de resolución y efectos de la misma.-El presente Convenio podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o impidan el cumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia en forma fehaciente con un plazo de un mes. En el supuesto de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente u otras causas distintas a la expiración del plazo de vigencia, se procederá a la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta ese momento sobre las bases indicadas en la cláusula quinta.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.-El Consejero de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Extremadura, Luís Millán Vázquez de Miguel.

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