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Documento BOE-A-2005-21579

Resolución de 19 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica la subvención concedida a los créditos solicitados por estudiantes universitarios convocados por Resolución de 12 de julio de 2005, para el curso 2005-2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 2005, páginas 43181 a 43196 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-21579

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 14 de marzo de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril), se convocó concurso para la selección de entidades bancarias colaboradoras con el programa de créditos a estudiantes universitarios en la convocatoria pública correspondiente al curso 2005-2006. Posteriormente, por Resolución de 12 de julio de 2005 (BOE de 15 de agosto), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se convocó públicamente a los estudiantes universitarios interesados en solicitar los créditos a que se refiere la citada Resolución de 14 de marzo. Examinadas las solicitudes por la Comisión de evaluación constituida al efecto, ha elevado la propuesta de concesión de conformidad con el apartado 5 de la convocatoria, por lo que comprobada la disponibilidad de crédito suficiente en la aplicación presupuestaria 18.07.322C.783, he resuelto:

Primero.-Seleccionar a los solicitantes que figuran en el Anexo 1, relacionados por entidades bancarias colaboradoras en este programa, como beneficiarios de la subvención del préstamo solicitado para la convocatoria correspondiente al curso 2005-2006, que en cada caso se indica.

Segundo.-No admitir a trámite las solicitudes que se relacionan en el Anexo 2, por incumplir alguno de los requisitos de la convocatoria y que para cada caso se especifica. Tercero.-En los tablones de anuncio de la Dirección General de Universidades y en la página web: wwww.mec.es se publicará el Anexo 2 al que se refiere el punto anterior. Cuarto.-De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del punto 2.6 de la Resolución de 14 de marzo de 2005, de la Secretaria de Estado de Universidades e Investigación, por la que publican las condiciones que se exigen a las entidades bancarias interesadas en participar en el programa de préstamos a estudiantes universitarios en la convocatoria pública correspondiente al curso 2005-2006, la ayuda otorgada por el Ministerio de Educación y Ciencia se abonará directamente a la entidad colaboradora, que la destinará a la reducción de la cuantía inicial del principal del préstamo.

Quinto.-Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección General de Universidades. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 19 de diciembre de 2005.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, BOE de 28 de enero), la Directora General de Universidades, Carmen Ruiz-Rivas Hernando.

Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado.

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