Visto el expediente de indulto de don Francisco Páez Moreno, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, sección primera, en sentencia de 15 de abril de 2002, como autor de un delito de lesiones, a la pena de tres años de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de diciembre de 2005,
Vengo en conmutar a don Francisco Páez Moreno la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de diciembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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