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Documento BOE-A-2005-21235

Orden TAS/4041/2005, de 22 de noviembre, por la que se modifica, en ejecución de sentencia, la Orden TAS/2557/2004, de 23 de julio, por la que se resuelve el concurso específico convocado por Orden TAS/28/2004, de 12 de enero, para la provisión de puestos de trabajo Servicio Público de Empleo Estatal.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 26 de diciembre de 2005, páginas 42198 a 42198 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-21235

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TAS/2557/2004, de 23 de julio (BOE de 30-07), se adjudicaron los puestos de trabajo ofertados en el concurso convocado por Orden TAS/28/2004, de 12 de enero, para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal. En la misma resultaron adjudicatarias de los puestos números 313 y 314, correspondientes a «Jefe Área Oficina Prestaciones» N20, Zaragoza», doña M.ª Pilar Gil Lapeña y doña M.ª Fe Jiménez Orte. Disconforme con la puntuación asignada, doña Concepción Andaluz Muñoz presentó recurso de reposición contra dicha Orden, en concreto sobre la adjudicación de los puestos números 313 y 314, denominados «Jefe de Área de Oficina de Prestaciones», en el municipio de Zaragoza. Contra la desestimación presunta de dicho recurso de reposición, la interesada promovió recurso contencioso-administrativo n.º 29/2005, ante el Juzgado Central Contencioso-Administrativo n.º 6, de Madrid, por el que pretendía la anulación de la resolución recurrida, y el reconocimiento de la situación jurídica individualizada consistente en que se le reconozca su derecho a obtener 5 puntos por la valoración del mérito «trabajo desarrollado»; que se excluya a la concursante Gil Lapeña de las plazas de la provincia de Zaragoza; que se le asigne la puntuación total correspondiente y se dicte una Orden por la que resulte adjudicataria del puesto 313 ó 314 convocados; y que se le indemnice en los daños y perjuicios que se acrediten en ejecución de sentencia. Visto dicho recurso por el Juzgado Central Contencioso-Administrativo n.º 6, de Madrid, éste ha dictado sentencia con fecha 2 de junio de 2005, comunicada a este Departamento en escrito de fecha 22 de julio, con fecha de entrada del 28 de julio, por la que estima parcialmente las pretensiones de la recurrente. En cumplimiento de dicha Sentencia, este Departamento dictó Orden de fecha 5 de septiembre de 2005, por la que se dispuso que se convocase nuevamente a la Comisión de Valoración del Concurso, la cual, atendiendo a los argumentos recogidos en la sentencia y a la parte dispositiva del fallo, debería reconocer el derecho de la recurrente, en cuanto a la valoración del trabajo desarrollado. Como consecuencia de ello, y a la vista de la propuesta de adjudicación efectuada por la citada Comisión de Valoración, en su reunión de fecha 7 de octubre de 2005, Este Departamento, en virtud de las facultades que tiene conferidas, dispone:

Otorgar a la recurrente, doña Concepción Andaluz Muñoz, un total de 5 puntos en la valoración del mérito correspondiente al trabajo desarrollado, resultando adjudicatarias de los puestos números 313 y 314, «Jefe Área Oficina Prestaciones» N20, de Zaragoza, doña Concepción Andaluz Muñoz y doña M.ª Pilar Gil Lapeña.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, 22 de noviembre de 2005.-El Ministro, P.D. (O.M. 21.5.96, BOE del 27, y Disposición Adicional sexta del R.D. 1600/2004, de 2 de julio, BOE del 3), la Subsecretaria, Aurora Domínguez González.

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