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Documento BOE-A-2005-20854

Resolución de 24 de noviembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueban las bases y se dispone la convocatoria para la provisión de la plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en Afganistán.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 19 de diciembre de 2005, páginas 41418 a 41419 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2005-20854

TEXTO ORIGINAL

La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, establece en su artículo 25, que la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional, y presidido por su titular, es el órgano de gestión de la política española de cooperación internacional para el desarrollo, sin perjuicio de las competencias asignadas a otros Departamentos ministeriales. La propia Ley, en su artículo 26, reconoce a las Oficinas Técnicas de Cooperación como unidades adscritas orgánicamente a las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución de los recursos de la cooperación en su demarcación. Por su parte el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, aprobado por Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre, dedica su artículo 15 a los órganos de la Agencia Española de Cooperación Internacional en el exterior, entre los que se encuentran, junto a los Centros de Formación de la Cooperación Española y los Centros Culturales, las Oficinas Técnicas de Cooperación. Los puestos directivos de estos centros podrán ser desempeñados por personal contratado bajo una relación de carácter especial de las previstas en el artículo 2.1.a) del Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, concedida la autorización preceptiva por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2005 y el procedimiento previsto en la Instrucción conjunta de 6 de mayo de 2002, de las Secretarías de Estado para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos, se anuncia, a convocatoria pública y abierta, la plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en Afganistán, de acuerdo con las siguientes

Bases

I. Características de la plaza y funciones

El Coordinador General de la Cooperación Española en Afganistán, ocupará plaza del Catálogo de Personal Laboral de la AECI en el exterior y prestará servicios en el equipo de Reconstrucción Provincial asumido por España en Afganistán quedando adscrito, provisionalmente a la Misión Diplomática Permanente de España en Pakistán. Será al responsable de las acciones de la Cooperación Española en Afganistán desempeñando las siguientes funciones:

Jefatura de los servicios que la Agencia Española de Cooperación Internacional establezca en el país.

Dirección del personal que realiza funciones por cuenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional en el país. Gestión y administración de los recursos económicos de la Agencia Española de Cooperación Internacional en el país así como la realización de las funciones que en calidad de Cajero Pagador en el exterior, establece el Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados «a justificar» y el Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre Anticipos de Caja Fija y normas de desarrollo. Gestión y administración, en su caso, de los recursos económicos de otras administraciones o instituciones públicas españolas que ejecuten proyectos de cooperación en el país. Apoyo a las organizaciones no Gubernamentales de Cooperación para el Desarrollo que operen en el país. Identificación, formulación, ejecución, seguimiento y control de los proyectos bilaterales de cooperación. Preparación y participación en las Comisiones Mixtas de Cooperación. Relación con las Autoridades competentes y con las instituciones contrapartes en temas de cooperación. Elaboración de informes y memorias de los programas de cooperación. Detección de oportunidades para proyectos de coinversión y ofertas de bienes y servicios españoles, generados por los proyectos de cooperación. Controlar, impulsar y dirigir las acciones del personal técnico de los proyectos de cooperación en el país.

II. Régimen de contratación

El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca, suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el R.D. 1382/85, de 1 de agosto, y de conformidad con lo establecido en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el contrato y en la Resolución de la Presidencia de la AECI, de 6 de mayo de 1992 (B.O.E. n.º 122, de 21 de mayo de 1992), corregida por Resolución de 29 de mayo de 1.992 (B.O.E. de 15 de junio siguiente). Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la categoría de Coordinador General de la Cooperación Española en Afganistán, por la Comisión Interministerial de Retribuciones, mediante Acuerdo de 1 de junio de 2005.

III. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el Artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores. c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia judicial firme. e) Poseer el título de Licenciado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o reconocimiento oficial por España. f) Poseer formación en el ámbito de la cooperación para el desarrollo. g) Tener experiencia demostrable en cooperación para el desarrollo, de al menos dos años. h) Dominio del idioma inglés, que será el idioma de trabajo.

IV. Méritos específicos

a) Experiencia adicional profesional demostrable en Instituciones públicas o privadas de desarrollo. b) Experiencia en metodología de proyectos de cooperación (diseño, gestión, seguimiento y evaluación). c) Conocimiento del funcionamiento de la Administración Pública española. d) Capacidad de gestión y dirección de equipos humanos. e) Conocimientos de la legislación laboral y administrativa española, especialmente en el ámbito de la cooperación para el desarrollo. f) Conocimiento de la región de actuación. g) Se valorarán conocimientos de idiomas locales.

V. Solicitud

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán hacerlo constar mediante instancia, acompañada de «Currículum Vitae» y fotocopia del Documento de Identidad, dirigida al Sr. Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, que podrá ser presentada directamente en el Registro General de la AECI (Avda. Reyes Católicos, 4-28040 Madrid) citando expresamente «Plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en Afganistán», o en el resto de formas previstas en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una Oficina española de Correos se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de su certificación, dirigiendo el envío a la Vicesecretaría General de la AECI (Avda. Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid). Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos de participación establecidos en la Base III) o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo o incumpliendo los términos formales de presentación señalados en los párrafos anteriores.

VI. Lista de admitidos y excluidos

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se expondrán en el Tablón de Anuncios de la AECI (Avda. Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid) las listas con los candidatos que, por reunir todos los requisitos de participación, hayan sido declarados provisionalmente admitidos al proceso selectivo, así como de aquellos otros que hayan sido declarados provisionalmente excluidos, con indicación de las causas que han motivado su exclusión. A efectos de su mayor difusión, estas listas podrán ser también publicadas en la Página Web de la AECI (http://www.aeci.es/) Contra estas listas los candidatos podrán presentar reclamaciones en el plazo de cinco días hábiles.

VII. Proceso de selección

La idoneidad de los aspirantes definitivamente admitidos será evaluada, de acuerdo con los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión constituida de la siguiente forma:

Presidente: El Director General de Cooperación con Africa, Asia y Europa Oriental o en quien delegue.

Vicepresidenta: La Subdirectora General de Cooperación con Países de África Subsahariana y Asia o quien delegue. Vocales: La Vicesecretaria General de la AECI, o en quien delegue y dos funcionarios nombrados por el Secretario General de la AECI, junto con sus suplentes. Secretario: El Jefe del Servicio de Personal en el Exterior de la AECI, que actuará con voz pero sin voto.

La Comisión de Valoración establecerá los criterios para evaluar los méritos de los candidatos en relación con los específicos requeridos en la presente convocatoria.

Aquellos que resulten preseleccionados podrán ser citados para la realización de entrevista personal. La entrevista versará sobre aspectos del «Currículum Vitae» del candidato, puntos concretos de los méritos aducidos, sus conocimientos sobre el país de destino y otros de su área geográfica y, en general, aquellos otros aspectos que permitan a la Comisión evaluar la idoneidad del candidato para el puesto.

Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá, disponiendo la contratación del candidato designado.

Madrid, 24 de noviembre de 2005.-La Presidenta, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000. B.O.E. de 12 de febrero de 2001), el Secretario General, Juan Pablo de Laiglesia y González de Peredo.

Sres. Directores Generales de Cooperación con Iberoamérica; de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental; de Relaciones Culturales y Científicas; Directora del Gabinete Técnico de la Secretaria General y Vicesecretaria General de la AECI.

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