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Documento BOE-A-2005-19761

Acuerdo de 27 de octubre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de adscribir al orden jurisdiccional civil, con carácter exclusivo, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 30 de noviembre de 2005, páginas 39385 a 39386 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2005-19761
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2005/10/27/(8)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre, por el que se dispone la dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de Juzgados para completar la programación correspondiente al año 2005 (Boletín Oficial del Estado del día 11 de octubre) dispone en su Art. 5. 2 y 3 que «con las plazas ya dotadas en las secciones tercera y cuarta de la Audiencia Provincial de Granada y de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, se crea la sección quinta de dicha Audiencia. La composición de las nuevas secciones en Audiencias Provinciales será de un presidente y dos magistrados. La Audiencia Provincial de Granada cuenta en la actualidad con cuatro Secciones en funcionamiento, la Primera y Segunda adscritas al orden jurisdiccional penal y la Tercera y Cuarta adscritas al orden jurisdiccional civil. La Sección Tercera tiene atribuido en exclusiva el conocimiento de la materia mercantil. La entrada en funcionamiento de la indicada Sección 5.ª de la Audiencia Provincial de Granada exige un acuerdo de este Consejo General del Poder Judicial sobre su especialización, por cuanto de no adoptarse el indicado acuerdo, la referida Sección debería asumir todas las competencias que, tanto en el ámbito civil como en el ámbito penal, atribuyen a las Audiencias Provinciales los artículos 82 y 83 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta consecuencia no es congruente con la situación actualmente existente en la Audiencia Provincial de Granada ni con el adecuado funcionamiento de este órgano judicial, habida cuenta la situación actual que la misma presenta, en la que dos Secciones están adscritas de manera exclusiva al orden civil de la jurisdicción y otras dos al orden penal de la jurisdicción. Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, a propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, previa propuesta por unanimidad de los Magistrados que integran las Secciones Civiles de la Audiencia Provincial de Granada, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 80.3 de la Ley del Poder Judicial, ha adoptado el siguiente acuerdo:

1.º Adscribir al orden jurisdiccional civil, con carácter exclusivo, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Granada, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

2.º Las Secciones de la Audiencia afectada continuarán conociendo de todos los asuntos que estuviesen ya repartidos a las mismas hasta su conclusión por resolución definitiva. 3.º La presente medida producirá efectos desde la fecha de inicio de actividad efectiva de la indicada Sección.

Publíquese el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de octubre de 2005.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 27/10/2005
  • Fecha de publicación: 30/11/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 80.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
  • CITA Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2005-19761).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Granada
  • Jurisdicción Civil
  • Reparto de asuntos

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