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Documento BOE-A-2005-19430

Resolución de 17 de noviembre de 2005, de la Comisión Permanente de Selección, por la que se hacen públicas las relaciones definitivas, de los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, para ingreso libre en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 25 de noviembre de 2005, páginas 38769 a 38781 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2005-19430

TEXTO ORIGINAL

Finalizadas las pruebas selectivas para ingreso libre en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, convocadas por Orden APU/669/2005 de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del día 18 de marzo), y de conformidad con el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), Esta Comisión Permanente de Selección ha resuelto:

Primero.-Hacer pública como Anexo de esta Resolución la relación definitiva de aspirantes que han superado las referidas pruebas selectivas, por orden de puntuación obtenida en cada ámbito territorial en función de la suma de las puntuaciones alcanzadas en los dos ejercicios de la fase de oposición y elevarlas a la autoridad convocante, de conformidad con lo dispuesto en el número 2 del apartado Decimotercero de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero.

Segundo.-De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, los aspirantes que figuran en las relaciones definitivas de aprobados aportarán ante la Administración, en las oficinas de registro de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno http://www.map.es/ministerio/delegaciones_gobierno/delegaciones, en la oficina del registro de la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, n.º 50, de Madrid), y en la oficina de registro del Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha, n.º 106, de Madrid), dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada relación definitiva en el «Boletín Oficial del Estado», los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar los documentos señalados en los números 13 y 14 del apartado Octavo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero.

b) Fotocopia compulsada del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente. Los aspirantes aprobados compulsarán las copias de los documentos originales ante las Oficinas de Registro donde se presenten los mismos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificar estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. d) En el caso de no poseer la nacionalidad española, además de la declaración jurada o promesa a que se refiere el apartado c) anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. e) Asimismo, los aspirantes extranjeros que no residan en España, deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación. f) Los aspirantes que hayan accedido por el cupo de reserva de discapacitados con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, precisando en el mismo la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Tercero.-La petición de destino se realizará de acuerdo con lo señalado en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública por la que se oferten vacantes a los aspirantes seleccionados.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director del Instituto Nacional de Administración Pública, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de noviembre de 2005.-El Presidente, Jaime Pérez de la Cruz.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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