Visto el expediente de indulto de don Abraham Martínez González, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz, en sentencia de 19 de noviembre de 1999, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 20 millones de pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de noviembre de 2005,
Vengo en conmutar a don Abraham Martínez González la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 4 de noviembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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