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El apartado 2 del artículo 7 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, dispone que el Real Patronato del Museo estará integrado por un mínimo de veinte vocales y un máximo de treinta, nueve de los cuales, al menos, tendrán el carácter de natos conforme al Estatuto. El artículo 5.2 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, desarrolla las previsiones de la Ley y regula más detalladamente la composición del Real Patronato y el nombramiento de sus vocales. De acuerdo con este artículo corresponde a la Ministra de Cultura nombrar libremente hasta un máximo de 15 vocales designados entre personas de reconocida competencia en asuntos relacionados con el patrimonio histórico español o que se hayan distinguido por sus servicios a la cultura. Teniendo en cuenta lo anterior y dada la existencia de vacantes entre los vocales designados, he resuelto nombrar Vocales del Real Patronato del Museo Nacional del Prado a:
Doña Ana María Ruiz Tagle.
Don Alfonso Emilio Pérez Sánchez.
Don José Guirao Cabrera.
Madrid, 17 de enero de 2005.
CALVO POYATO
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
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