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Documento BOE-A-2005-18736

Resolución de 27 de septiembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se conceden becas de la convocatoria general de «Becas MAEC-AECI» para ciudadanos extranjeros, para el año académico 2005/2006, para los Programas II.A y II.C.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 15 de noviembre de 2005, páginas 37403 a 37403 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2005-18736

TEXTO ORIGINAL

En el BOE n.º 245 de 11 de octubre de 2004 se publicó la Resolución de 26 de agosto de 2004 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se convocan los Programas de Becas MAEC-AECI (Becas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para ciudadanos extranjeros y españoles para 2005-2006). De acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 (B.O.E. de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 (BOE de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de intercambio y el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y en atención a lo establecido en el apartado 2.1.d) de la Resolución de 29.12.2000 (BOE 12 de febrero 2001), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario General de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias, y en virtud de la Resolución de 26 de agosto de 2004 (BOE n.º 245, de 11 de octubre de 2004) por la que se aprueba la Convocatoria General de «Becas MAEC-AECI», a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, Esta Presidencia de la AECI ha resuelto:

Primero.-La concesión de becas de estudios del Programa II.A «Becas para Extranjeros no Iberoamericanos para Estudios de Posgrado, Doctorado y Postdoctorado en Universidades y Centros Superiores en España», con cargo al concepto presupuestario 143 A 486.02 «Cooperación para el Desarrollo», a los 5 beneficiarios según se detalla a continuación por el período 01/11/2005-30/06/2006:

País de origen

Apellidos y nombre

Bulgaria

Valtcheva, Adelina.

Polonia

Marciniak, Pawel.

Rumanía

Pop, Cristina-laura.

Rusia

Kulibaev, Rezan.

Ucrania

Artemyeva, Alina.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria, consiste en:

1.200 euros mensuales.

Seguro médico, no farmacéutico, durante el período de vigencia de la beca, por un importe de 17,00 euros por mes. Ayuda individual de matrícula de hasta 2.000 euros. Ayuda individual de Viaje de 500,00 euros para incorporarse a sus estudios en España y Ayuda individual de Viaje de Regreso a su país de 500,00 euros.

Segundo.-La concesión de una beca de estudios del Programa II.C «Becas para Extranjeros Titulados Universitarios Superiores y Diplomáticos para el Curso-Magíster en Estudios Internacionales de la Escuela Diplomática de Madrid», con cargo al concepto presupuestario 143 A 486.02 «Cooperación para el Desarrollo», a D. Peter Slovák de República Eslovaca, por el período 01/11/2005-30/06/2006.

La dotación económica de esta beca, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria, consiste en:

1.200,00 euros mensuales.

Seguro médico, no farmacéutico, durante el período de vigencia de la beca, por un importe de 17,00 Euros por mes. Ayuda individual de Viaje de 500,00 euros para incorporarse a sus estudios en España y Ayuda individual de Viaje de Regreso a su país de 500,00 euros.

Tercero.-Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992 y Resolución de 26 de agosto de 2004.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 27 de septiembre de 2005.-La Presidenta, P.D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, BOE de 12.02.01), el Secretario General, Juan Pablo de Laiglesia y González de Peredo.

Sr. Director General de Relaciones Culturales y Científicas.

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