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Documento BOE-A-2005-18537

Orden ECI/3500/2005, de 11 de octubre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Ramón Sota-Golf.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 2005, páginas 37018 a 37018 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-18537

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Manuel Garrido Martínez, solicitando la inscripción de la Fundación Ramón Sota-Golf, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29).

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Manuel Garrido Martínez, don Jesús Rodríguez Rey, don José Antonio Sota Sanz, don Gabriel Sota Sanz, don José Antonio Sánchez Escalada, don José Manuel Ocejo Ahedo, don Rafael Bedia Ocejo, don Manuel Paredes Peanilla, don José Antonio Balbas Manrique, don Miguel Bedia Bedia, don Manuel Pardo Castillo y las entidades mercantiles «SECA, Sociedad Anónima» y «Decoración y Plásticos, S. A.», en Santander, el 21 de marzo de 2005, según consta en la escritura pública número setecientos cuarenta y nueve, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Burgos, don Fernando Arroyo del Corral, que fue ratificada mediante diligencia autorizada el 30 de marzo de 2005 ante el mismo notario. La escritura de constitución fue subsanada por la otorgada el 14 de julio de 2005, ante el mencionado notario, con el número mil novecientos treinta y cinco de su protocolo y ratificada por la escritura número dos mil trescientos treinta y uno, autorizada el 2 de septiembre, ante el notario ya citado. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Pedreña (Cantabria), avenida Severiano Ballesteros, número 125, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 43,33 por 100, mediante la aportación de la cantidad de trece mil euros (13.000 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por los fundadores en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines fundacionales los siguientes: El desarrollo de ideas e iniciativas culturales y deportivas encaminadas al fomento, promoción, formación y competición en el deporte del golf y dirigidas principalmente a jóvenes jugadores de golf. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por Presidente: Don Manuel Garrido Martínez; Vicepresidente: Don Jesús Rodríguez Rey; Secretario: Don José Manuel Ocejo Ahedo; Tesorero: Don Miguel Bedia Bedia y Vocales: Don José Antonio Balbas Manrique; la entidad «Decoración y Plásticos, S. A.», representada por don Cándido Alonso Estévez; don Rafael Bedia Ocejo; don José Antonio Sánchez Escalada; don Manuel Pardo Castillo, don Manuel Paredes Peanilla; la entidad «SECA, Sociedad Anónima», representada por don Francisco Sebrango Campo; don Gabriel Sota Sanz y don José Antonio Sota Sanz. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo). El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE de 29 de marzo). La Orden de la Ministra de Educación y Ciencia, de 14 de enero de 2005 (BOE del 28), en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Ramón Sota-Golf en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:

Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada Fundación Ramón Sota-Golf, de ámbito estatal, con domicilio en Pedreña (Cantabria), avenida de Severiano Ballesteros, número 125, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 11 de octubre de 2005.-P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, BOE del 28), el Secretario general técnico, Javier Díaz Malledo.

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