Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-17895

Orden ECI/3377/2005, de 29 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Urafiki Humanitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2005, páginas 35627 a 35628 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-17895

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don José María Sáez Bravo, solicitando la inscripción de la Fundación Urafiki Humanitaria, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29), así como la inscripción de los poderes conferidos a don José Aguilar Torner, don Miguel Lozano Martínez-Santos, don Joaquín Tortosa Lorenzo y don José María Sáez Bravo,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don José María Sáez Bravo, don Joaquín Tortosa Lorenzo, don Francisco Coca Muela, don Miguel Lozano Martínez-Santos, don José Aguilar Torner, don Francisco Gómez Armenta y don Joaquín-Baldomero Sánchez Rodríguez, en Córdoba, el 19 de julio de 2005, según consta en la escritura pública número mil trescientos cincuenta y siete, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Sevilla, don Juan Antonio Campos Molero. El Patronato de la Fundación que se constituye acordó conferir los poderes a que antes se ha hecho referencia. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Córdoba, calle Reyes Católicos, 13, 4.º, 3, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100, mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Propiciar y potenciar programas y acciones que contribuyan a dar solución a los problemas de salud de la población de Mangola chini, distrito de Karatu en Tanzania con especial incidencia en las personas más deprimidas, así como de la sociedad en general, auspiciando y promoviendo la creación de grupos de voluntariado, la formación en ciencias de la salud y la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: don José Aguilar Torner, Vicepresidente: don Joaquín Tortosa Lorenzo, Secretario: don Miguel Lozano Martínez-Santos, Vicesecretario: don José María Sáez Bravo, Vocales: don Francisco Coca Muela, don Francisco Gómez Armenta y don Joaquín-Baldomero Sánchez Rodríguez. En la escritura de constitución y otra de ratificación, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (B.O.E. de 6 de marzo). El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (B.O.E. de 29 de marzo). La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero (B.O.E. del 28), de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Urafiki Humanitaria en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada Fundación Urafiki Humanitaria, de ámbito estatal, con domicilio en Córdoba, calle Reyes Católicos, 13, 4.º, 3, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir los poderes conferidos a don José Aguilar Torner, don Miguel Lozano Martínez-Santos, don Joaquín Tortosa Lorenzo y don José María Sáez Bravo, según consta en la escritura otorgada el 19 de julio de 2005 ante el notario de Córdoba, don Juan Antonio Campos Molero, número mil trescientos cincuenta y siete.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 29 de septiembre de 2005.-P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero de 2005, BOE del 28), el Secretario General Técnico, Javier Díaz Malledo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid