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Documento BOE-A-2005-173

Orden ECI/4335/2004, de 9 de diciembre, por la que se conceden ayudas económicas para la asistencia a actividades de formación del profesorado.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2005, páginas 221 a 223 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-173

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 18 de febrero de 2004 (Boletín Oficial del Estado del 8 de marzo), de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del profesorado, indicándose en la misma que la concesión o denegación de las ayudas se determinará semestralmente estableciendo un importe de 140.000 euros a distribuir en dicha Convocatoria. Por Orden de 28 de julio de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 8 de septiembre), se incrementaba hasta la cantidad de 160.000 euros el importe a distribuir en la referida Convocatoria y se resolvía la concesión de ayudas económicas individuales correspondientes al primer semestre de 2004 por importe total de 158.412,02 euros. Examinadas las solicitudes tramitadas en el segundo semestre de 2004 y la documentación justificativa de ayudas concedidas en el primer semestre de 2004, Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Debido a la insuficiencia del crédito establecido para atender la Convocatoria de 18 de febrero de 2004, se incrementa en 4.000 euros el importe total a distribuir, procediendo en consecuencia la concesión de ayudas al amparo de la citada Convocatoria hasta una cantidad máxima de 164.000 euros.

Segundo.-Conceder ayudas económicas individuales al personal con destino en Centros docentes y en Servicios Técnicos de Apoyo a los mismos del área de gestión directa de este Ministerio relacionados en el anexo I de la presente Orden, con las cantidades íntegras que en el mismo se detallan. Tercero.-Modificar el importe de la ayuda concedida al personal docente que se relaciona en el Anexo II de esta Orden, según las cantidades que en el mismo se indican, de acuerdo a los datos aportados en la documentación justificativa de realización de la actividad y a lo dispuesto al respecto en la Convocatoria de 18 de febrero de 2004. Cuarto.-Aceptar las renuncias presentadas por los profesores relacionados en el Anexo III de la presente Orden, por importe de 10.250,77 euros, dejando sin efecto en estos casos la Orden de 28 de julio de 2004 por la que se concedían ayudas económicas por el importe íntegro que se indica. Quinto.-Anular las ayudas concedidas por Orden de 28 de julio de 2004, a los profesores relacionados a continuación, debido a que la actividad para la que se concedió la ayuda no se ha realizado y finalizado en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2003 y el 30 de septiembre de 2004, requisito establecido en el apartado segundo de la Convocatoria de 18 de febrero de 2004:

1. D.ª Beatriz García Segura. NIF: 5099544V. 656,52 euros (solicitud n.º 1).

2. D.ª M.ª Jesús Hoyos Pérez. NIF: 45075851Z. 388,47 euros. 3. D.ª M.ª Belén Carnero Naharro. NIF: 45074495S. 622,61 euros.

Total importe ayudas anuladas: 1.667,60 euros.

Sexto.-Denegar las solicitudes de ayuda relacionadas en el anexo IV de esta Orden por alguna de las causas que a continuación se indican, correspondiendo los apartados que se citan a la convocatoria de 18 de febrero de 2004, haciéndose público el mencionado Anexo IV en los tablones de anuncios del Ministerio de Educación y Ciencia y en sus Direcciones Provinciales en Ceuta y Melilla y en la página de internet http://wwwn.mec.es/educa/formacion-profesorado/index.html.

04. No prestar servicios como personal docente en Centros docentes públicos o privados ubicados en las Ciudades de Ceuta y Melilla, o en Centros de convenio con el Ministerio de Defensa en Andalucía y Ferrol (A Coruña), de Educación Especial, Permanente de Adultos, Infantil, Primaria, Secundaria, Enseñanzas Artísticas y de Idiomas y en Servicios Técnicos de apoyo a los mismos con ubicación en el área de gestión directa del Ministerio de Educación y Ciencia (Apartado tercero. a).

05. Actividad de formación de idiomas incluida en el Programa Sócrates. (Apartado tercero.d). 10. Actividad de formación no considerada preferente (Apartado noveno.2).

Séptimo.-1. La percepción de la ayuda se encuentra condicionada a que el beneficiario de la misma justifique debidamente su participación en la actividad de formación. Para ello deberá remitir la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del documento que justifique la inscripción en el curso o actividad, en el que se especifique únicamente el importe del gasto realizado en concepto de matrícula y/o mensualidades.

b) Fotocopia compulsada del certificado de haber realizado la actividad, expedido por la entidad que desarrolle la actividad, o certificación académica de los estudios realizados, según proceda. En el caso de haber solicitado ayuda en concepto de desplazamiento, deberá constar en el citado certificado el número de días de asistencia. c) Declaración del interesado manifestando si es o no beneficiario de otra ayuda o beca procedente de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, con especificación, en su caso, de su cuantía y finalidad. d) En los casos en que se haya solicitado ayuda por desplazamiento, deberá remitirse documento en el que se especifique importe del viaje, así como de los gastos ocasionados por alojamiento y manutención.

2. En aquellos casos en que dicha documentación no hubiera sido remitida con anterioridad como consecuencia de la comunicación individual efectuada sobre la valoración de la solicitud, la indicada documentación será enviada al Instituto Superior de Formación del Profesorado, Servicio de Gestión Administrativa. Paseo del Prado, 28, sexta planta, 28014 Madrid, a la mayor brevedad posible y en todo caso en un plazo no superior a los quince días siguientes a la notificación de la presente Orden a los interesados.

3. En caso de renuncia a la ayuda económica concedida, se comunicará esta circunstancia a dicho Instituto Superior de Formación del Profesorado en el mismo plazo que el establecido en el apartado anterior.

Octavo.-El importe total de las ayudas económicas concedidas por la presente Orden asciende a un total de diecisiete mil trescientos noventa euros con cincuenta y nueve céntimos.

Noveno.-Las ayudas económicas se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 18.09.421B.485.

Décimo.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, ante este Ministerio en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 9 de diciembre de 2004.-P.D. (O.M. de1 de febrero de 2001, BOE del 9. Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, BOE del 6), el Secretario General de Educación, Alejandro Tiana Ferrer.

Sr. Director del Instituto Superior de Formación del Profesorado.

ANEXO I

Relación de solicitudes de ayuda concedidas

N.º

Apellidos y nombre

Identificador

Prov./país

Sol. nº

Importe Euros

1

Amador Ortega, José Luis

N 45280524X

Melilla

4

317,46

2

Barbarán Sánchez, Juan Jesús

N 8920033N

Ceuta

2

769,74

3

Blanco Aparicio, Gemma

N 9803803F

Melilla

3

140,00

4

Calvo Benítez, José Luis

N 45088217Y

Ceuta

1

586,90

5

Carrasco Vázquez, María Estela

N 45300343A

Melilla

3

267,06

6

Doménech Oses, Isabel Carolina

N 45270915S

Melilla

4

267,06

7

Ezquerro De Rueda, Victoria

N 45070844K

Ceuta

2

690,00

8

Forte Segura, José Narciso

N 45058091X

Ceuta

1

586,90

9

García Fernández, Eva

N 9400492R

Alicante

1

1.400,00

10

García Martín, José María

N 27324374Y

Ceuta

1

260,00

11

García Martín, José María

N 27324374Y

Ceuta

2

1.400,00

12

Gea Esteban, María

N 45299418K

Melilla

4

267,06

13

Lardín Blázquez, Josefina

N 45065965H

Ceuta

2

677,24

14

Liébana Gimeno, Ana María

N 26738326K

Melilla

1

1.169,00

15

Mallo Del Campo, Ma Luisa

N 10035410G

Ceuta

1

1.153,66

16

Marmolejo Mota, Isabel Gloria

N 45269855J

Melilla

3

267,06

17

Martínez Rabaneda, Isabel

N 45295723Y

Melilla

1

653,00

18

Morala Martínez, Paulina

N 45275373B

Melilla

3

182,06

19

Muñoz Hernández, Gema

N 45296104L

Melilla

3

265,06

20

Muñoz Hurtado de Mendoza, Teresa Gracia

N 24219518N

Ceuta

1

260,00

21

Olivares González, José A.

N 45282624V

Melilla

1

114,00

22

Padilla Ordóñez, Antonio Pedro

N 45267493C

Melilla

3

485,96

23

Pérez Iglesias, Nancy

N 45299492A

Melilla

1

745,90

24

Píriz López, Agustín

N 11925744Z

Ceuta

5

1.400,00

25

Pradas García, Ana Aurelia

N 45294746H

Melilla

2

50,00

26

Rodríguez Guerrero, Juan Carlos

N 45074496Q

Ceuta

1

377,80

27

Romero Bautista, María Nieves

N 45072322G

Ceuta

2

767,24

28

Rubio Quesada, Fermín

N 45265635W

Melilla

5

375,00

29

Ruiz Salmerón, Luis

N 34811914B

Madrid

1

242,42

30

Sánchez López, Elena María

N 45282963B

Melilla

3

267,06

31

Valero Iturbide, Tomás

N 4554693A

Melilla

5

205,45

32

Villena Barranco, María José

N 52583255B

Ceuta

3

780,50

Importe total

17.390,59

ANEXO II

Beneficiarios de ayuda a quienes se modifica el importe concedido por Orden de 28/07/2004 (B.O.E. de 08/09/2004), de acuerdo a los datos aportados en la documentación justificativa de realización de la actividad

N.º

Apellidos y Nombre

Identificador

Prov./País

Sol. n.º

Importe de la ayuda concedida según datos de la solicitud Euros

Cantidad a percibir según justificación y criterios establecidos en la convocatoria Euros

1

Benítez Suárez, Eduardo

N 45063549V

Ceuta

1

768,85

540,50

2

Casas Sánchez, Antonio

N 24099846D

Ceuta

1

1.400,00

1.314,45

3

Coronil Domínguez, Almudena

N 74927244Y

Ceuta

1

48,08

48,00

4

García-Parada Arias, Gabriel

N 45068649B

Ceuta

2

733,23

531,10

5

Gea Esteban, María

N 45299418K

Melilla

3

190,00

175,46

6

López Clares, María

N 17680773Y

Ceuta

1

270,00

239,20

7

Manzano Blanco, María Rosario

N 75882918F

Ceuta

1

861,68

491,79

8

Martín Reyes, Dolores

N 45073266M

Ceuta

1

861,68

695,48

9

Martínez Navarro, Pedro Juan

N 52511211ª

Ceuta

1

500,96

255,25

10

Nieto Jiménez, Francisco J.

N 45277680H

Melilla

1

816,70

517,70

11

Porras Fernández, María Dolores

N 2804713R

Ceuta

1

270,00

237,13

Importe total

6.721,18

5.046,06

ANEXO III

Beneficiarios de ayuda que han renunciado al importe concedido por Orden de 28/07/2004 (B.O.E. de 08/09/2004)

N.º

Apellidos y nombre

Identificador

Prov./País

Sol. n.º

Importe de la ayuda concedida según datos de la solicitud

1

Balbontin Tentor, Lourdes

N 24889467V

Ceuta

1

1.400,00

2

Benet Villar, Eva Tatiana

N 45285029F

Melilla

1

150,79

3

Chenard Palomino, Anselmo

N 45082920E

Ceuta

1

622,62

4

Ciriero Sánchez, Marcelino

N 6997264C

Ceuta

1

418,31

5

Hernández Chacón, María José

N 45081063M

Ceuta

1

559,12

6

Hormigo Pacheco, María

N 45075435N

Ceuta

1

465,00

7

Huerta Caballero, Cristina

N 45083954K

Ceuta

1

388,47

8

Hurtado Gil, María Milagros

N 45075780N

Ceuta

2

861,68

9

Iglesias Rivas, María Teresa

N 31250355W

Ceuta

1

345,28

10

Martínez Cintado, Carolina

N 27394278J

Ceuta

1

67,50

11

Moya Mesas, Josefa

N 52514797R

Ceuta

1

952,00

12

Píriz López, Agustín

N 11925744Z

Ceuta

2

1.400,00

13

Píriz López, Agustín

N 11925744Z

Ceuta

3

1.169,00

14

Poza Quintas, José Luis

N 50787505D

Melilla

1

786,70

15

Vázquez Fernández, Antonio

N 45262654B

Melilla

1

664,30

Importe total

10.250,77

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