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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 4 de octubre de 2005, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, en su reunión del día 20 de septiembre de 2005, en el que se aprueba la propuesta de la Junta Sectorial de Jueces de lo Contencioso-Administrativo de Granada, celebrada el 5 de septiembre de 2005, relativa a la modificación de las normas de reparto de los Juzgados del mencionado orden jurisdiccional, del siguiente tenor literal:
«Modificar los Grupos de la norma de reparto séptima, en el sentido de que los grupos sean los siguientes que a continuación se detallan: 1. Urbanismo.
2. Expropiación Forzosa. 3. Contratación administrativa. 4. Dominio público y propiedades especiales (Montes, Minas, Aguas, Costas). 5. Derecho Tributario. 6. Medio Ambiente. 7. Personal. 8. Actas de Infracción y Liquidación. 9. Extranjería. 10. Electoral. 11. Responsabilidad patrimonial. 12. Derechos Fundamentales. 13. Extensión de efectos. Artículo 110 Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 14. Autorizaciones de entrada. Artículo 8.5 Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 15. Medidas cautelares previas al recurso. 16. Exhortos. 17. Sanciones administrativas no incluidas en los apartados anteriores. 18. Otros.
Se suprime la norma de reparto octava por haber desaparecido las circunstancias que la motivaron.
La presente modificación de las normas de reparto, entrará en vigor el día uno de octubre de dos mil cinco.»
Madrid, 4 de octubre de 2005.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
HERNANDO SANTIAGO
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