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La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/73/2005, de 25 de enero, ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante el año 2005 y el mes de enero de 2006, y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2004. La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/73/2005, de 25 de enero, ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante el año 2005 y el mes de enero de 2006, y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2004. Para cumplimiento del calendario anunciado por esta Dirección General respecto de la Deuda a poner en oferta durante el cuarto trimestre de 2005, es necesario fijar las características de las Obligaciones del Estado a treinta años que se pondrán en circulación en el próximo mes de octubre y convocar la correspondiente subasta. A tal efecto, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, a fin de completar el volumen que requieren para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la referencia que se viene emitiendo y que tiene la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997. Por otra parte, según se autoriza en el apartado 5.3.2. de la Orden EHA/73/2005, y tras consulta a los Creadores de Mercado, se ha considerado oportuno no emitir Bonos del Estado en el mes de octubre. En consecuencia, no se convoca la subasta ordinaria prevista a tal efecto, publicada en el calendario del apartado 1. de la Resolución de 28 de enero de 2005. Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden EHA/73/2005, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer la emisión en el mes de octubre de 2005 de Obligaciones del Estado a treinta años denominadas en euros y convocar la correspondiente subasta, que habrá de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/73/2005, de 25 de enero, en las Resoluciones de 7 y 12 de enero de 2005 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de las Obligaciones en euros que se emiten.
a) El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron las Resoluciones de esta Dirección General de 7 y 12 de enero de 2005 para la emisión de Obligaciones del Estado a treinta años al 4,20 por 100, vencimiento el 31 de enero de 2037, siendo el primer cupón a pagar, por su importe completo, el de 31 de enero de 2006.
b) De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, las Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables.
3. La subasta tendrá lugar el próximo día 20 de octubre, conforme al calendario hecho público en el apartado 1. de la Resolución de 28 de enero de 2005. El precio de las peticiones competitivas que se presenten a la subasta se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará excupón. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/73/2005, es el 3,07 por 100.
4. La segunda vuelta de la subasta, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollará entre la resolución de la subasta y las doce horas del segundo día hábil posterior a su celebración, conforme a la normativa reguladora de estas entidades. 5. Las Obligaciones a treinta años que se emitan se pondrán en circulación el día 25 de octubre de 2005, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada en el apartado 1. de la Resolución de 28 de enero de 2005 para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, y se agregarán a la emisión reseñada en el apartado 2.a) anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación. 6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en la subasta, se incluye tabla de equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculada de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/73/2005, de 25 de enero.
7. De acuerdo con la autorización del apartado 5.3.2. de la Orden EHA/73/2005, de 25 de enero, y tras consulta a los Creadores de Mercado, se ha considerado oportuno no emitir Bonos del Estado en el próximo mes de octubre. En consecuencia, no se convoca la subasta ordinaria prevista para el día 6 de dicho mes, en el calendario publicado en el apartado 1 de la Resolución de 28 de enero de 2005, de esta Dirección General.»
Madrid, 23 de septiembre de 2005.-La Directora General, Soledad Núñez Ramos.
ANEXO Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 30 años al 4,20 %, vencimiento 31.1.2037 Subasta mes octubre (Porcentaje) |
||||
Precio excupón |
Rendimiento bruto* |
Precio excupón |
Rendimiento bruto* |
|
110,50 |
3,632 |
111,80 |
3,567 |
|
110,55 |
3,629 |
111,85 |
3,564 |
|
110,60 |
3,627 |
111,90 |
3,562 |
|
110,65 |
3,624 |
111,95 |
3,559 |
|
110,70 |
3,622 |
112,00 |
3,557 |
|
110,75 |
3,619 |
112,05 |
3,554 |
|
110,80 |
3,617 |
112,10 |
3,552 |
|
110,85 |
3,614 |
112,15 |
3,549 |
|
110,90 |
3,612 |
112,20 |
3,547 |
|
110,95 |
3,609 |
112,25 |
3,545 |
|
111,00 |
3,607 |
112,30 |
3,542 |
|
111,05 |
3,604 |
112,35 |
3,540 |
|
111,10 |
3,602 |
112,40 |
3,537 |
|
111,15 |
3,599 |
112,45 |
3,535 |
|
111,20 |
3,597 |
112,50 |
3,532 |
|
111,25 |
3,594 |
112,55 |
3,530 |
|
111,30 |
3,592 |
112,60 |
3,527 |
|
111,35 |
3,589 |
112,65 |
3,525 |
|
111,40 |
3,587 |
112,70 |
3,522 |
|
111,45 |
3,584 |
112,75 |
3,520 |
|
111,50 |
3,582 |
112,80 |
3,518 |
|
111,55 |
3,579 |
112,85 |
3,515 |
|
111,60 |
3,577 |
112,90 |
3,513 |
|
111,65 |
3,574 |
112.95 |
3,510 |
|
111,70 |
3,572 |
113.00 |
3,508 |
|
111,75 |
3,569 |
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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