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Documento BOE-A-2005-15806

Resolución de 5 de septiembre de 2005, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se da publicidad al resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2005, páginas 31685 a 31692 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2005-15806

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace público el resumen de las cuentas anuales del Organismo Autónomo Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música correspondientes al ejercicio 2004.

Madrid, 5 de septiembre de 2005.-El Director General, José Antonio Campos Borrego.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA Cuentas anuales

Ejercicio 2004

IV. Memoria sobre organización

IV/1 Funciones y Normativa básica:

La Ley 50/84, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985, creó el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) como Organismo autónomo de carácter comercial, adscrito al Ministerio de Cultura, cuya estructura orgánica básica se regulaba por el Real Decreto 565/85, de 24 de abril, en virtud del cual asumía las funciones de los siguientes Organismos autónomos suprimidos: Junta Coordinadora de Actividades y Establecimientos Culturales.

Teatros Nacionales y Festivales de España Orquesta y Coro Nacionales de España

Posteriormente, aunque los fines y funciones del INAEM no han variado sustancialmente, durante los años 1996 a 2004 la normativa aplicable ha experimentado variaciones:

1) El Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, de reestructuración de Departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Educación y Cultura y le atribuye las competencias hasta entonces correspondientes a los Ministerios de Educación y Ciencia y de Cultura.

2) Los Reales Decretos 839/1996, de 10 de mayo y 1887/1996, de 2 de agosto, determinan la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Cultura al que se adscribe el INAEM, a través de la Secretaría de Estado de Cultura. 3) El Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, establece la estructura básica y funciones del INAEM, introduciendo como novedades más destacadas las que siguen:

Se suprimen: la Gerencia, con rango de Dirección General, que se sustituye por la Secretaría General, con nivel de Subdirección; y la Oficina de Coordinación Artística, con rango de Subdirección.

Se introducen, entre las funciones del Instituto, las adecuadas para su actuación en aquellas entidades públicas o privadas con fines similares, en las que participen éste o el Ministerio de Educación y Cultura.

4) Por Resolución de 12 de marzo de 1997 de la Dirección General del INAEM, se adscriben provisionalmente las unidades de producción y centros de documentación del Organismo a la Secretaría General y a las Subdirecciones de Música y Danza y de Teatro.

5) El R.D. 1292/1998, de 23 de julio, modifica el art. 6.1 del R.D. 2491/1996 de 5 de diciembre y determina que ya no es preciso que el Director General del Organismo ostente la condición de funcionario. 6) El artículo 60 Uno de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, incluye al INAEM entre los Organismos autónomos de carácter comercial, industrial, financiero o análogos que tienen la condición de Organismos autónomos de los previstos en el artículo 43, 1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, si bien, el punto tercero del Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de enero de 1999 (publicado por Resolución del 25 en el BOE de 4 de febrero) establece que los organismos que con anterioridad a su adaptación a la Ley 6/1997 (LOFAGE), tuvieran la condición de O.A. de carácter comercial, estarán sometidos como único sistema de control a control financiero permanente. Por lo tanto, de acuerdo con el punto Dos del indicado artículo 60, y a partir de su entrada en vigor, el INAEM se rige por la Ley 6/1997, de 14 de abril, por su normativa de creación en lo que no se oponga a la misma, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones de aplicación a los Organismos Autónomos de la Administración del Estado. Asimismo, le es aplicable la normativa reguladora de aquellas unidades de producción cuya competencia y funciones ha asumido 7) El Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de Departamentos Ministeriales crea el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que asume las competencias del de Educación y Cultura con excepción de las transferidas al de Ciencia y Tecnología. 8) Por Resolución del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música de 12 de septiembre de 2000 (BOE del 26) se delegan competencias en el Secretario General y otros cargos del Organismo. 9) El Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, suprime el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Secretaría de Estado de Cultura y crea el Ministerio de Cultura, que asume determinadas competencias hasta entonces atribuidas al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por medio de la Secretaría de Estado mencionada. 10) El Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, dispone que los organismos públicos quedarán adscritos a los departamentos ministeriales de acuerdo con la distribución de competencias establecidas en el mismo y en los términos que se determinen en los reales decretos por los que se apruebe la correspondiente estructura orgánica. Asimismo señala que continuarán en vigor las adscripciones y dependencias de los organismos públicos, con las modificaciones que se deriven del propio real decreto. 11) El Real Decreto 1601/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, adscribe el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música al Ministerio de Cultura, a través de la Subsecretaría. 12) Cabe señalar que, tras la publicación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (BOE del 27), conforme a lo dispuesto en su disposición transitoria primera, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de dicha ley, debe procederse a la adaptación de la normativa reguladora de los organismos autónomos a los que hemos hecho referencia en el anterior punto 6. Asimismo, en dicha disposición se prevé que, en tanto no se proceda a la adaptación, estos organismos se ajustarán en su régimen presupuestario a lo previsto para los organismos autónomos en la ley, sin perjuicio de las especialidades que se deriven de las operaciones de carácter comercial, industrial, financiero y análogo reguladas en el capítulo II del título II del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

Establece también que éstos, en su régimen económico-financiero, de contabilidad, intervención y control financiero, se rigen por lo dispuesto en los artículos 60, apartado cinco, y 61, uno, de la anteriormente citada Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

Por último, la disposición final de la ley fija su entrada en vigor, con determinadas excepciones, el día 1 de enero de 2005. El INAEM tiene personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines que, de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 2491/96, de 5 de diciembre, son los siguientes:

La promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones.

La proyección exterior de las actividades a que se refiere el apartado anterior. La comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas en las materias propias del Organismo, de acuerdo con ellas.

Para el cumplimiento de sus fines, el artículo 3 del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre le atribuye las siguientes funciones:

La realización de acciones de fomento y difusión, en particular mediante premios, ayudas y subvenciones.

La programación y gestión de las unidades de producción, musicales, líricas, coreográficas y teatrales del Organismo autónomo, así como las funciones adecuadas para su actuación en aquellas entidades públicas o privadas con fines similares en que participe el Instituto o el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (actualmente de Cultura). El inventario, catalogación y difusión del patrimonio musical y dramático. Cuantas otras funciones resulten precisas para la consecución de los fines que se le encomiendan.

Los bienes y medios económicos del INAEM son los siguientes:

Los bienes que constituyen su patrimonio y los productos y rentas del mismo.

Las transferencias y subvenciones que anualmente se le consignen en los Presupuestos Generales del Estado. Los ingresos de derecho público o privado que le corresponda percibir y los que se produzcan a consecuencia de sus actividades de gestión y explotación. Las subvenciones, aportaciones voluntarias, donaciones, herencias o legados que se concedan a favor del Organismo. Cualquier otro recurso que le sea legalmente atribuido.

IV/2 Estructura Organizativa Básica y Organización Contable

IV/2.1 Estructura Organizativa Básica. El INAEM cuenta con la estructura básica establecida en el Real Decreto 2491/96, de 5 de diciembre, siendo su organigrama el siguiente:

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La adscripción de las unidades de producción, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 12 de marzo de 1997 de la Dirección General del INAEM, es la siguiente: 1. Adscrita a la Secretaría General del Instituto: El Castillo Palacio de Magalia.

2. Adscritas a la Subdirección General de Música y Danza:

La Orquesta y Coro Nacionales de España

El Centro para la Difusión de la Música Contemporánea La Joven Orquesta Nacional de España El Auditorio Nacional de Música El Ballet Nacional de España La Compañía Nacional de Danza El Teatro de la Zarzuela El Centro de Documentación Musical y de Danza

3. Adscritas a la Subdirección General de Teatro:

El Centro Dramático Nacional

La Compañía Nacional de Teatro Clásico El Centro de Tecnología del Espectáculo El Centro de Documentación Teatral

IV/2.2 Organización Contable.

El INAEM cuenta con una organización contable centralizada.

La Unidad de Contabilidad, creada de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2145/85, de 23 de octubre, por el que se regulan las competencias contables en la Administración Institucional del Estado, con nivel orgánico de Servicio, está integrada en la Subdirección General Económico-Administrativa. Cuenta el Instituto, asimismo, con una Caja Pagadora Central, ubicada en los servicios centrales, que sirve a éstos, así como a la Compañía Nacional de Danza, a los centros de documentación y a aquellas unidades que no tienen caja pagadora, y con otras 9 cajas pagadoras en otras tantas unidades de producción, a saber:

Teatro de la Zarzuela.

Ballet Nacional de España (Desde el 7-5-99 hasta el 24-1-2000, se hizo cargo la central con carácter provisional). Orquesta y Coro Nacionales de España. Auditorio Nacional de Música. Centro para la Difusión de la Música Contemporánea (Desde 9-2-2000 se ha hecho cargo la central, hasta que se resuelvan los problemas de personal de la unidad). Joven Orquesta Nacional de España. Centro Dramático Nacional. Compañía Nacional de Teatro Clásico. Castillo-Palacio de Magalia.

IV/3 Actividades del INAEM.

La política del INAEM se estructura en cinco líneas de acción, que son las siguientes: 1. La producción de espectáculos teatrales, musicales y de danza. Ello se hace a través de las propias unidades de producción del INAEM. Los espectáculos se representan en los locales que el Organismo posee en Madrid o en giras por España y el extranjero cobrando el correspondiente caché o compartiendo costes con otro promotor, normalmente otra institución pública.

2. La presencia de la música, teatro y danza españoles en el exterior, bien sea de los espectáculos propios del INAEM o de empresarios privados a los que se apoya. Este apoyo, se da fundamentalmente en el caso de Latinoamérica, cuya situación económica no permite, en general, pagar al promotor o importador del espectáculo todos los costes originados. 3. El apoyo a las actividades musicales, teatrales y de danza de empresas privadas, instituciones públicas y artistas individuales, a través de subvenciones corrientes, o bien organizando directamente actividades en términos económicos deficitarios. 4. El alquiler de salas, especialmente del Auditorio Nacional, a otros organizadores de espectáculos, públicos o privados. 5. La ayuda a otras instituciones públicas para la construcción, reparación y equipamiento de locales.

Dichas acciones se realizan a través de una serie de unidades:

1. La Orquesta y Coro Nacionales de España (OCNE), con sede en el Auditorio Nacional de Música, que está formada por un conjunto estable de músicos (funcionarios en su mayoría, aunque se está tramitando la laboralización del colectivo), por cantantes (laborales fijos) y por personal laboral con contrato temporal, además de un equipo de dirección y producción reducido (funcionarios y laborales) que se encarga de la gestión artística y funcional. Organiza una temporada de conciertos, y realiza giras y conciertos extraordinarios, para los cuales incurre en costes de contratación artística, derechos de autor, edición de programas, publicidad, etc.

2. El Teatro Lírico Nacional la Zarzuela (TLNZ) o Teatro de la Zarzuela, que organiza una temporada de zarzuela y otra de danza y realiza conciertos, recitales, funciones de ópera y giras artísticas. Cuenta con un número reducido de funcionarios así como con una plantilla fija de personal laboral técnico del Teatro, del Coro, así como de personal de servicios (acomodadores, porteros, etc.) del Teatro, mucho más numerosa. Desde la inauguración del Teatro Real, en octubre de 1997, ha potenciado sus espectáculos de Zarzuela y ópera contemporánea y española. 3. La Compañía Nacional de Danza (CND), formada por una plantilla laboral de bailarines, se dedica a la danza contemporánea. Ocupa las Naves de Establos, en el antiguo Matadero Municipal de Madrid, junto con el Ballet Nacional de España. Incurre en costes de contratación de artistas (bailarines) así como los asociados a la producción de coreografías (composición, vestuarios, decorados, etc.), más los desplazamientos (viajes, alojamientos, dietas y transportes de material). 4. El Ballet Nacional de España (BNE), de características similares al anterior, sólo que referido a la danza española, hasta mayo de 1996 ocupaba una sede provisional, que abandonó con la rehabilitación y acondicionamiento de naves cedidas por el Ayuntamiento de Madrid en el antiguo Matadero Municipal de Legazpi, que comparte hoy con la Compañía Nacional de Danza y un Centro Cultural del citado Ayuntamiento. 5. La Joven Orquesta Nacional de España (JONDE), con sede en el Auditorio Nacional de Música, que enseña a jóvenes músicos a tocar en conjunto. Organiza una serie de encuentros anuales en los que los jóvenes músicos reciben formación práctica, además de ofrecer, al final, varios conciertos. 6. El Centro para la Difusión de la Música Contemporánea (CDMC), que se ocupa de esta parcela de la música a través de su laboratorio de música electrónica y por ordenador, del encargo de composiciones y mediante la organización de conciertos, del Festival Internacional de Música Contemporánea de Alicante y de la Academia de Música Contemporánea. Su sede está en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. 7. El Centro de Documentación Musical y de Danza (CDM) que reúne y difunde fondos documentales relativos a la música y la danza 8. El Auditorio Nacional de Música (ANM), donde tienen su sede la Orquesta y Coro Nacionales de España y la JONDE y realizan actividades ambas y el CDMC, es centro de celebración de conciertos de música sinfónica y de cámara, también de organizadores externos. Soporta los costes de funcionamiento del edificio (energía, acomodadores, etc.) y los derivados de ceder sus salas a todo tipo de entidades públicas y privadas para organizar sus conciertos. 9. La Subdirección General de Música y Danza que coordina a los anteriores centros, propone y ejecuta la política musical y coreográfica del Organismo, además de encargarse de aspectos muy concretos de dicha política: los Premios Nacionales de Música y Danza, la participación en diversos órganos directivos de distintas entidades, entre las que se cuentan el Festival de Granada, la Fundación del Teatro Lírico y el Consorcio del Teatro de la Maestranza, y la ejecución de la política de subvenciones tanto corrientes como de capital. 10. El Castillo-Palacio de Magalia, en la provincia de Ávila, es un inmueble de interés histórico -artístico dedicado a la celebración de cursos, seminarios y reuniones de trabajo de varios días de duración, por instituciones públicas y, ocasionalmente, empresas. Se adscribió al INAEM procedente del extinguido Organismo autónomo Junta Coordinadora de Actividades y Establecimientos Culturales, por ser entonces el único Organismo de carácter comercial del Ministerio de Cultura. Actualmente depende de la Secretaría General del Instituto. 11. El Centro Dramático Nacional (CDN), que tiene su sede en el Teatro María Guerrero de Madrid, propiedad del INAEM, cuyas obras de restauración han finalizado en el año 2003. De él depende también el Teatro Olimpia, actualmente en obras de remodelación por parte del Ayuntamiento, antigua sede del Centro Nacional de Nuevas Tendencias Escénicas, que se suprimió por OM de 20 de septiembre de 1995. El CDN produce teatro del repertorio mundial, tanto en sus sedes como en gira. El personal fijo (en su mayoría laboral) está constituido por los técnicos del teatro y el personal de servicios. Incurre en gastos de contratación de actores, compañías, escenografías, publicidad, además del mantenimiento de los centros y naves de almacenamiento. 12. La Compañía Nacional de Teatro Clásico (CNTC), que se dedica al teatro clásico español y extranjero. Su sede es el Teatro de la Comedia de Madrid, que se ha cerrado en 2002 para realizar obras de consolidación, seguridad y restauración. Por ello, para mantener la actividad de la Compañía, ha habido que alquilar otro teatro, el Pavón. Sus espectáculos se representan tanto en el teatro citado como en gira. Los costes en que incurre son similares a los del CDN. 13. El Centro de Documentación Teatral (CDT), de características similares al ya citado Centro de Documentación Musical y de Danza. 14. El Museo Nacional del Teatro, en Almagro (Ciudad Real), custodia, estudia, documenta y muestra al público fondos teatrales de valor histórico artístico y organiza exposiciones y conferencias. Durante el año 2003 han finalizado las obras de su nueva sede y en el año 2004 se ha completado la implantación del proyecto museográfico y se ha inaugurado el Museo. Cuenta también con locales cedidos por el Ayuntamiento de Almagro para realizar exposiciones y guardar parte de sus fondos. 15. El Centro de Tecnología del Espectáculo es un centro de formación en técnicas escénicas y de gestión, subvencionado en parte por el INEM como centro colaborador del Plan F.I.P. Organiza también cursos de formación del personal del Organismo. Ha asumido el antiguo servicio de «Asistencia Técnica» 16. La Subdirección General de Teatro, que coordina a los centros que se han numerado como 11 a 15, propone y ejecuta la política teatral del Organismo y lo representa en las estructuras de dirección de varios importantes festivales como los de Cádiz, Alicante, Almagro y Mérida. Es el órgano responsable de las subvenciones en materia teatral. 17. El «Edificio de Torregalindo», cedido por el Ministerio al Organismo y actual sede de los Centros de Documentación Musical y de Danza, Teatral y de Tecnología del Espectáculo. Se han realizado en él obras para adaptarlo a sus usuarios e incurre en gastos básicamente de mantenimiento, limpieza, seguridad y energía eléctrica. 18. Los «Servicios Generales», como centro de coste soportan los del Director General y la Secretaría General, con sus respectivos grupos de apoyo, y los de las Subdirecciones de Personal y Económico-Administrativa. También se incluyen aquí algunos gastos comunes a todo el Organismo o de difícil asignación a una unidad concreta, como son el seguro de responsabilidad civil o el programa informático de taquillas.

IV.4 Responsables políticos y de gestión.

La responsabilidad política es atribuible al Director General del Organismo así como a la Presidenta del mismo, la Ministra.

En el terreno de la gestión pueden distinguirse dos grandes áreas, la artística y la económico-administrativa y de personal, pudiéndose identificar a los responsables de ambas en lo que afecta a los Servicios Centrales. En las unidades de producción, la decisión no es tan clara.

a) Servicios Centrales: La gestión económico-administrativa y de personal se encuentra centralizada.

Los principales responsables de esta área, además del Director General y el Secretario General, son los dos Subdirectores Generales correspondientes. Los responsables de la gestión artística en los Servicios Centrales, son los Subdirectores Generales de Teatro y de Música y Danza bajo la común autoridad del Director General del Instituto. Su actividad se centra en dos líneas:

La coordinación de la actividad de las distintas unidades de producción teniendo en cuenta la autonomía artística de las mismas y la intervención del Director General en los temas de importancia a iniciativa propia o de las unidades.

La subvencionadora, que gestionan en casi todos sus aspectos.

b) Unidades de Producción:

Los responsables últimos de la gestión dentro de las unidades de producción son los directores de las mismas.

Si queremos identificar otros responsables dentro de las unidades, por las distintas áreas en las que se organizan, resulta muy difícil dar un esquema común a todos por su gran variedad. Sin embargo, si tenemos en cuenta las funciones que se consideran necesarias, en aquellos centros que realizan una actividad de producción artística, la estructura tipo, podría ser la siguiente:

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Director de la Unidad. Es el responsable de dirigir la unidad. En algunos centros, está apoyado por un director adjunto. Director Técnico. Le corresponde la dirección de todo el personal técnico. Director de Administración o Gerente. Encauza la relación con los servicios centrales del I.N.A.E.M, en orden a la gestión de personal y de ingresos y gastos, dentro del presupuesto asignado a cada unidad y de acuerdo con los procedimientos establecidos. Director de Producción. Tiene a su cargo la organización y contratación de todos los servicios necesarios para llevar a cabo la producción artística. A su vez, le corresponde el seguimiento y control de los gastos de la producción. Director de Publicidad. Su denominación varía en cada unidad, Director de Promoción, Relaciones Públicas, de Prensa, Publicaciones, etc.

Se enumeran a continuación los principales responsables del Instituto durante el año 2004.

Ministra-Presidenta del Instituto: Doña Pilar del Castillo Vera (desde 2-4-00 a 17-4-04).

Doña Carmen Calvo Poyato (desde 17-4-04).

Secretario de Estado de Cultura: Don Luis Alberto de Cuenca y Prado (desde 5-5-00 a 19-4-04).

Subsecretario de Cultura: Don Antonio Hidalgo López (desde 19-4-04). Director General del Instituto:

Don Andrés Amorós Guardiola (desde 19-5-00 hasta 7-5-04).

Don José Antonio Campos Borrego (desde 7-5-04).

Secretario General del Instituto:

Doña Mercedes Elvira del Palacio Tascón (desde 1-10-02 hasta 23-4-04).

Don Luis Javier Rueda Vázquez (desde 31-5-04).

Subdirectora General de Música y Danza: Doña Elena Martín-Asín López (desde 25-2-01).

Subdirectora General de Teatro:

Doña Cristina Santolaria Solano (desde 1-7-00 hasta 30-4-04).

Don Fernando Cerón Sánchez-Puelles (desde 31-5-04).

Subdirector General de Personal:

Don Gabriel Veiga Nicole (desde 1-2-00 hasta 2-9-04).

Doña Teresa Díez García (desde 3-9-04).

Subdirectora General Económico-Administrativa: Doña María del Rosario de Madaria Ruvira (desde 31-1-90).

Jefe del Servicio de Contabilidad: Don Ricardo Camuñas Naval (desde 27-2-99). Director Técnico de la Orquesta y Coro Nacionales de España: Don Félix Palomero González (desde 3-10-00). Director de la Joven Orquesta Nacional de España: Don José Luis Turina de Santos (desde 1-2-01). Director del Centro para la Difusión de la Música Contemporánea: Don Jorge Fernández Guerra (Desde1-2-01). Director/a del Ballet Nacional de España:

Doña Elvira Andrés Huerta (desde 12-3-01 hasta 9-6-04).

Don José Antonio Ruiz de la Cruz (desde 1-9-04).

Gerente del Ballet Nacional de España: Doña Isabel Sánchez Barreno (desde 25-10-02).

Director de la Compañía Nacional de Danza: Don Juan Duato Barcia. Gerente de la Compañía Nacional de Danza: doña Carmen Bofarull Bruno (Desde 1-12-02). Directora del Auditorio Nacional de Música: Doña Isabel Vázquez Álvarez. Gerente del Teatro de la Zarzuela:

Doña M.ª José Gómez Núñez (desde 29-11-00 hasta 21-6-04).

Doña Marta Carrasco Elguezabal (desde 22-6-04)

Director sobreintendente del Teatro de la Zarzuela:

Don José Antonio Campos Borrego (desde 1-06-03 hasta 7-5-04).

Don Luis Olmos Remiro (desde 1-8-04).

Director del Centro Dramático Nacional:

Don Juan Carlos Pérez de la Fuente (desde1-7-96 hasta 14-6-04).

Don Gerardo Vera Perales (desde 14-6-04).

Director de la Compañía Nacional de Teatro Clásico:

Don José Luis Alonso de Santos (desde 12-6-00 hasta 14-9-04).

Don Eduardo Vasco San Miguel (desde 15-9-04).

Director del Centro de Documentación Teatral: Don Julio Huélamo Kosma (desde 1-11-00).

Director del Centro de Documentación Musical: Don Antonio Álvarez Cañibano. Director del Museo Nacional del Teatro: Don Andrés Peláez Martín (desde 1-1-93).

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