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Documento BOE-A-2005-15794

Orden ECI/2951/2005, de 1 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Educativa Solidaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2005, páginas 31660 a 31661 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-15794

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Jorge Muñagorri del Palacio, solicitando la inscripción de la Fundación Educativa Solidaria, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo), y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29),

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Francisco Javier Agudo García, don Zacarías Blanco Gago, don Ramiro Nava Muñoz, don Eladio Rodríguez Fernández, don José Mozuelos Baranda, don Celestino de Santiago Martínez, don Rafael Martín Morillo, don Urbano Peña Saiz, don Ignacio López Roitegui, don José González Martín, don Policarpo Sedano Gutiérrez, don Juan Manuel Fernández González, don Enrique Rodríguez Varas, don Bernardo Alonso Tudanca, don Enrique Alemany Grau, don Valeriano Rodríguez Saiz, don Antonio Zamanillo Rosales, don Rafael Fernández Vallejo, don Carles Such Hernández, don Aniano López Saiz, don Jorge Muñagorri del Palacio y don Carlos Ortiz de Zárate Sanz, en Madrid, el 21 de mayo de 2005, según consta en la escritura pública número mil doscientos ochenta y cinco, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Roberto Parejo Gamir. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Gaztambide, número 65, distrito postal 28015 del municipio de Madrid, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Dar apoyo y potenciar actividades educativas que se realicen en el ámbito de situaciones sociales deprimidas, especialmente en los países del denominado Tercer Mundo. Fomentar todas aquellas actividades de carácter nacional o internacional que fomenten la cooperación entre todos los países y naciones. Fomentar la información, la formación, la educación, la difusión, la recogida de datos y la investigación, sobre todos los temas que tengan relación con la Fundación y sus fines y con la cooperación con el Tercer Mundo, fundamentalmente en el ámbito educativo. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Francisco Javier Agudo García, Vicepresidente: Don Zacarías Blanco Gago, Tesorero: Don Celestino de Santiago Martínez, Vocales: Don Ramiro Nava Muñoz, don Eladio Rodríguez Fernández, don Carlos Ortiz de Zárate Sanz, don Urbano Peña Saiz, don Eloy Marqués Rodríguez y don Jorge Iván Ruiz Cortizo, Secretario no patrono: Don Jorge Muñagorri del Palacio. En la escritura de constitución y otras, de aceptación de cargo, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo). El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE de 29 de marzo). La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero (BOE del 28), de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Educativa Solidaria en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:

Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada Fundación Educativa Solidaria, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Gaztambide, número 65, distrito postal 28015 del municipio de Madrid, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 1 de septiembre de 2005.-P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, BOE del 28), el Secretario General Técnico, Javier Díaz Malledo.

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