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Documento BOE-A-2005-14472

Resolución de 6 de junio de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación de los estatutos de la Fundación Paz y Aflición.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 24 de agosto de 2005, páginas 29458 a 29458 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2005-14472

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Paz y Aflicción, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero.-En fecha 29 de diciembre de 2004 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud de doña María Merlo Villalba, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato, Segundo.-La Fundación fue reconocida, y clasificada mediante Resolución de 19 de febrero de 2001 del Instituto Andaluz de Servicios Sociales. Tercero.-La modificación estatutaria afecta en general a la adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Cuarto.-A dicha solicitud se adjuntó copia autorizada y simple de la escritura de elevación a público del acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación, otorgada el 27 de diciembre de 2004 ante el notario don Mariano Toscano San Gil, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 2.184 de su protocolo. Quinto.-La escritura pública incorpora certificación del acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación el 23 de noviembre de 2004 y el texto íntegro de los Estatutos modificados.

Fundamentos de derecho

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Segundo.-Al presente expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 29 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre. Tercero.-Consta en el expediente que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, obteniendo un pronunciamiento favorable de la Secretaría General Técnica el 21 de enero de 2005. Cuarto.-El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Quinto.-La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Paz y Aflicción que se contienen en la escritura pública otorgada el 27 de diciembre de 2004, ante el notario don Mariano Toscano San Gil, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 2.184 de su protocolo.

Segundo.-Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 6 de junio de 2005.-La Directora General, María Luisa García Juárez.

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