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Documento BOE-A-2005-14072

Orden ECI/2675/2005, de 28 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Medicina y Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 16 de agosto de 2005, páginas 28561 a 28561 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-14072

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña Pilar López Muñoz y doña Mónica Martínez Chamorro solicitando la inscripción de la Fundación Medicina y Salud, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29), así como la inscripción de los poderes conferidos a don Javier Gallastegui Goiburu y don Francisco Javier García Delgado,

Antecedentes de hecho

Primero.-Constitución de la Fundación: La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Isidoro González Maqueda, en Madrid, el 13 de junio de 2005, según consta en la escritura pública número mil setecientos veintiocho, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don José Luis Martínez-Gil Vich. El Patronato de la Fundación constituida, en su reunión celebrada el 14 de junio de 2004, acordó conferir los poderes a que antes se ha hecho referencia. Segundo.-Domicilio y ámbito de la Fundación: El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Acanto, número 22, distrito postal 28045 del municipio de Madrid, y su ámbito es estatal. Tercero.-Dotación: Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100, mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria, debiendo desembolsarse el resto en un plazo no superior a cinco años. Cuarto.-Fines de la Fundación: En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

Promover la educación, la prevención y la investigación de la salud, así como favorecer la formación, vertebración, participación y consenso de los agentes que trabajan por la salud de los ciudadanos, los profesionales sanitarios, los investigadores, las autoridades y Administraciones públicas, las universidades, los centros de investigación y cualquier otro agente interesado por la salud de los ciudadanos a través de la organización y/o gestión de congresos, conferencias, encuentros, seminarios, sesiones de estudio o cualquier otro medio de posible eficacia para la adquisición o el intercambio de nuevos conocimientos en el ámbito de cualquier especialidad médico-sanitaria, que permita la divulgación de los últimos avances científicos en materia de sanidad entre los especialistas médico-sanitarios como entre cualesquiera otros profesionales que desarrollen su actividad en alguna de las industrias relacionadas con la medicina y salud en general.

Quinto.-Patronato: El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Isidoro González Maqueda, Vicepresidente: Don Javier Gallastegui Goiburu, Vocal: Don Francisco Javier García Delgado. Secretario no patrono: Don José Manuel Cajigas García-Inés y Vicesecretario no patrono: Doña Mónica Martínez Chamorro. En documentos privados con firma legitimada por notario, y escritura otorgada el 22 de junio de 2005 ante el notario de Madrid don Ignacio Martínez-Gil Vich, número dos mil cuatrocientos cuarenta y uno, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (B.O.E. de 6 de marzo). El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (B.O.E. de 29 de marzo). La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, (B.O.E. del 28) de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Medicina y Salud en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia. Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada Fundación Medicina y Salud, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Acanto, número 22, distrito postal 28045 del Municipio de Madrid, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir los poderes conferidos a don Javier Gallastegui Goiburu y don Francisco Javier García Delgado, según consta en la escritura otorgada el 22 de junio de 2005 ante el notario de Madrid don Ignacio Martínez-Gil Vich, número dos mil cuatrocientos cuarenta y uno.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 28 de julio de 2005.-P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, BOE del 28), el Secretario general técnico, Javier Díaz Malledo.

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