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Documento BOE-A-2005-13957

Resolución de 30 de mayo de 2005, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se concede la modificación adicional séptima a la aprobación CE de modelo correspondiente al instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo báscula de gran alcance, modelo BE, con las marcas comerciales Coventry, Freeport, Isomo Group, Utilcell y Utilpes.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 2005, páginas 28428 a 28429 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2005-13957

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad Técnicas de Electrónica y Automatismos, S. A. (Calle Espronceda, n.º 176-180, 08018 Barcelona -España), en solicitud de modificación adicional séptima de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo báscula de gran alcance, modelo BE, con aprobación CE de modelo número E-96.02.10 de 18 de octubre de 1996, con modificación adicional primera de 3 de junio de 1998, con modificación adicional segunda de 4 de marzo de 1999, con modificación adicional tercera de 18 de julio de 2000, con modificación adicional cuarta de 26 de septiembre de 2001, con modificación adicional quinta de 15 de febrero de 2002, y con modificación adicional sexta de 7 de julio de 2003, emitidos por esta Dirección General (Organismo Notificado número 0315). De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratori General d'Assaigs i Investigacions, con referencia número 5011259, de 9 de mayo de 2005. Esta Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985 de 18 de marzo; el Decreto 199/1991 de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.-Autorizar a favor de la Entidad Técnicas de Electrónica y Automatismos, S. A., la modificación adicional séptima de la aprobación CE de modelo número E-96.02.10 del instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo báscula de gran alcance, modelo BE, con las marcas comerciales Coventry, Freeport, Isomo Group, Utilcell y Utilpes.

Segundo.-Esta modificación corresponde a la adición de nuevos dispositivos receptores de carga y a la adición del funcionamiento multirango. Tercero.-Se trata de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, graduado, de equilibrio automático, electrónico, con indicación digital de peso. Las características metrológicas son:

Como instrumento de pesaje de funcionamiento no automático monorango y monoescalón:

Clase de precisión media

(III)

Max.

30 t.

40 t.

50 t.

60 t.

Min.

200 kg.

400 kg.

e.

10 kg.

20 kg.

n ≤ nmax.

3000

2000

2500

3000

Temperatura.

-10.º C. a +40.º C.

Como instrumento de pesaje de funcionamiento no automático multirango:

Clase de precisión media

(III)

Max.

(Max1).

10 t.

20 t.

(Max2).

30 t.

40 t.

50 t.

60 t.

Min.

(Min1).

100 kg.

200 kg.

(Min2).

200 kg.

400 kg.

e.

(e1).

5 kg.

10 kg.

(e2).

10 kg.

20 kg.

n ≤ nmax.

(n1).

2000

(n2).

3000

2000

2500

3000

Temperatura.

-10.º C. a +40.º C.

Cuarto.-Esta modificación adicional séptima se efectúa con independencia de la resolución de aprobación CE de modelo número E-96.02.10 de 18 de octubre de 1996, de la resolución de modificación adicional primera de 3 de junio de 1998, de la resolución de modificación adicional segunda de 4 de marzo de 1999, de la resolución de modificación adicional tercera de 18 de julio de 2000, de la resolución de modificación adicional cuarta de 26 de septiembre de 2001, de la resolución de modificación adicional quinta de 15 de febrero de 2002 y de la resolución de modificación adicional sexta de 7 de julio de 2003, pudiendo la entidad solicitante seguir fabricando instrumentos de pesaje según el modelo aprobado por dichas resoluciones. Quinto.-Los instrumentos correspondientes a la modificación adicional séptima a que se refiere esta resolución deberán de cumplir las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales que figuran en el certificado de modificación adicional séptima número E-96.02.10 y su anexo. El modelo queda completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en esta Dirección General con el número de referencia 14/05. Sexto.-Esta modificación adicional séptima número E-96.02.10 estará afectada por los mismas plazos de validez de la resolución de aprobación CE de modelo número E-96.02.10 de 18 de octubre de 1996. Séptimo.-Los instrumentos de pesaje correspondientes a la modificación adicional séptima a que se refiere esta resolución, llevarán las inscripciones indicadas en el anexo técnico del certificado de aprobación CE de modelo número E-96.02.10, de 18 de octubre de 1996. Octavo.-Ninguna propiedad de este instrumento, descrita o no, puede ser contraria a la legislación en vigor.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 30 de mayo de 2005.-El Director General, Josep Isern i Sitjà.

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