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Documento BOE-A-2005-13790

Orden TAS/2614/2005, de 1 de agosto, por la que se acuerda ampliar el plazo de resolución de la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, publicada por Orden TAS/347/2005, de 17 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 2005, páginas 28133 a 28134 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-13790

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TAS/347/2005, de 17 de febrero (Boletín Oficial del Estado de 21 de febrero de 2005, Corrección de errores de 29 de marzo), se establecían las bases reguladoras y se convocaban subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El artículo 10, número 3, párrafo 3.º, de esta Orden determinaba que las resoluciones se dictarían y notificarían en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la Orden de bases y de convocatoria. Dado el importante volumen de solicitudes de subvenciones formuladas y los cambios producidos por la adecuación de la Orden a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, que han afectado al órgano instructor y al órgano colegiado, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999. En su virtud, dispongo:

Primero.-El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo 10, número 3, párrafo 3.º, de la Orden TAS/347/2005, de 17 de febrero, de 2005, corrección de errores de 29 de marzo, queda ampliado en tres meses.

Segundo.-Mediante la presente Orden quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.

Tercero.-Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 1 de agosto de 2005.

CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN

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