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Documento BOE-A-2005-12725

Orden DEF/2410/2005, de 14 de julio, por la que se declara el mes de agosto inhábil a efectos de cómputo de plazos en determinados procesos selectivos convocados por el Ministerio de Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2005, páginas 26367 a 26367 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2005-12725

TEXTO ORIGINAL

Actualmente se están desarrollando un conjunto de procesos selectivos de personal funcionario y laboral en el ámbito del Ministerio de Defensa. Durante el mes de agosto, debido a las dificultades de comunicación y localización que habitualmente se generan, tanto entre los aspirantes, como entre los miembros de los Tribunales que han de juzgar las distintas pruebas selectivas, puede verse comprometida la normal continuidad de los procesos selectivos en marcha. Esta circunstancia tiene especial importancia en relación al cumplimiento de los plazos establecidos en las diferentes convocatorias y con carácter general, en los exigidos en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Por ello, este Ministerio, en uso de las competencias atribuidas, resuelve lo siguiente:

Primero.-Declarar inhábil el mes de agosto de 2005 a efectos de cómputo de plazos en los procesos selectivos convocados por el Ministerio de Defensa que a continuación se relacionan: Personal Funcionario: Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Defensa, pruebas que se convocan en aplicación de la Disposición Transitoria Decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991.

Personal Laboral:

Categoría de Titulado Superior Docente y Cultural, pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, grupo profesional 1, que se convocan en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2005. En esta convocatoria la declaración del mes de agosto como inhábil, afectará únicamente al plazo fijado en la base 4.1. de la misma, referida a la publicación de la Resolución en la que se declara aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.

Categoría de Ordenanzas y categoría de Ayudantes de Servicios Sanitarios, pruebas selectivas convocadas en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, con el fin de cubrir plazas de personal laboral por el turno de promoción interna.

Segundo.-Contra la presente Orden, podrá interponerse, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, será potestativo del interesado interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 14 de julio de 2005.-P.D. (Orden DEF/1612/2004, de 1 de junio) El Director General de Personal, Vicente Salvador Centelles.

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